ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Disposición 397/2019
DI-2019-397-E-AFIP-AFIP
Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2019
VISTO el Expediente Electrónico N°EX-2019-00344297- AFIP-DVDIIM#DGIMPO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico mencionado en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de las unidades dependientes de la Dirección General Impositiva.
Que por Disposición AFIP N°329 del 24 de Septiembre de 2019, se crearon Secciones adicionales de Verificación en determinadas Agencias, con el objetivo de promover acciones orientadas a reducir la brecha de evasión y la baja del costo de cumplimiento.
Que resulta conducente incorporar a otras Agencias en la misma medida.
Que en virtud de lo expuesto, la Dirección de Gestión Organizacional, el Comité de Análisis de Estructura Organizacional, y las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior, y la Dirección General Impositiva, han tomado la intervención que resulta de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Crear UN (1) cargo de Jefe de Sección para cada cupo de las Agencias Sedes N°2 Mendoza, N°1 Córdoba, N° 2 Córdoba y Bahía Blanca, existentes en el ámbito de las Direcciones Regionales Impositivas del Interior.
ARTÍCULO 2°.- Reemplazar en la parte pertinente, el anexo C (IF-2019-00413504-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) correspondiente a las regionales del interior, por el que se aprueba en la presente.
ARTÍCULO 3°.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde el día de su publicación.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Leandro German Cuccioli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Disposición 397/2019
DI-2019-397-E-AFIP-AFIP
Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2019
VISTO el Expediente Electrónico N°EX-2019-00344297- AFIP-DVDIIM#DGIMPO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico mencionado en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de las unidades dependientes de la Dirección General Impositiva.
Que por Disposición AFIP N°329 del 24 de Septiembre de 2019, se crearon Secciones adicionales de Verificación en determinadas Agencias, con el objetivo de promover acciones orientadas a reducir la brecha de evasión y la baja del costo de cumplimiento.
Que resulta conducente incorporar a otras Agencias en la misma medida.
Que en virtud de lo expuesto, la Dirección de Gestión Organizacional, el Comité de Análisis de Estructura Organizacional, y las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior, y la Dirección General Impositiva, han tomado la intervención que resulta de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Crear UN (1) cargo de Jefe de Sección para cada cupo de las Agencias Sedes N°2 Mendoza, N°1 Córdoba, N° 2 Córdoba y Bahía Blanca, existentes en el ámbito de las Direcciones Regionales Impositivas del Interior.
ARTÍCULO 2°.- Reemplazar en la parte pertinente, el anexo C (IF-2019-00413504-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) correspondiente a las regionales del interior, por el que se aprueba en la presente.
ARTÍCULO 3°.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde el día de su publicación.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Leandro German Cuccioli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/10/2019 N° 83083/19 v. 30/10/2019
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)