Presidencia de la Nación

Disposición Conjunta 3 / 2018

DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

Disposición Conjunta 3 / 2018

DIRECCION NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA


TRANSITO SANITARIO

TRASLADO EN FRESCO DE RAICES, BULBOS Y TUBERCULOS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 15-Jun-2018
Resumen:

AMBITO DE APLICACION. EL DOCUMENTO DE TRANSITO SANITARIO VEGETAL DTV,(RESOLUCION SENASA N.° 31/2015), ES OBLIGATORIO PARA EL TRASLADO EN FRESCO DE RAICES, BULBOS Y TUBERCULOS CON DESTINO A CONSUMO E INDUSTRIALIZACION DE BATATA (IPOMOEA BATATAS); LA PAPA (SOLANUM TUBEROSUM); LOS TUBERCULOS INDIGENAS, TALES COMO PAPA INDIGENA (SOLANUM TUBEROSUM SUBSP. ANDIGENA), OLLUCO O PAPA LISA (ULLUCUS TUBEROSUS), OCA (OXALIS TUBEROSA), MASHUA (TROPAEOLUM TUBEROSUM) Y OTRAS ESPECIES DE SOLANUM SECT. TUBERARIUM; EL AJO (ALLIUM SATIVUM) Y LA CEBOLLA (ALLIUM CEPA), QUE PUDIESEN COMERCIALIZARSE DENTRO DEL PAIS, IMPORTARSE O EXPORTARSE, CUALQUIERA FUERE SU CALIDAD Y MODALIDAD, INDEPENDIENTEMENTE DE SU ORIGEN. SE ABROGA LA DISPOSICION N° 9/2002 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2002, DE LA EX COORDINACION DE CUARENTENAS, FRONTERAS Y CERTIFICACIONES DEL SENASA.

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