Presidencia de la Nación

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE


Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

Disposición Técnico Registral 3/2008

Dispónese la aplicación de un formulario unificado para solicitar informes (Artículo 27 – Ley 17.801).

Bs. As., 27/6/2008

VISTO lo actuado en el expediente de secretaría Nº 208/05 y

CONSIDERANDO:

Que los procedimientos vigentes permiten brindar un servicio mediante un formulario unificado que simplifique la utilización de los distintos formularios registrales de informes para los usuarios del sistema de registración.

Que los diseños de los formularios que se aplican en la actualidad responden a un diseño del año 1979 conforme el servicio en esa fecha, y que por la evolución en los medios que aplica el servicio no se ajustan a los procedimientos vigentes insumiendo además, mayor tinta de impresión que la necesaria y espacios que no se utilizan.

Que el nuevo diseño propuesto, además de la versión en papel, prevé su versión electrónica y estará a disposición de los usuarios a través de la web del Ministerio.

Que los formularios que son utilizados en la actualidad (Nº 1, 2, 3, 4, 5 y 6) coexistirán con esta nueva modalidad respecto al formulario en el cual se solicita el servicio durante un plazo prudencial de adaptación que del mismo hagan los usuarios y empleados del Registro, cesando en su utilización cuando así lo disponga esta Dirección General mediante la correspondiente normativa

Que el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, ha prestado conformidad expresa con la presente y con el formulario propuesto.

Que asimismo, a fs. 165 del expediente de secretaría Nº 208/05 se encuentra la instrucción del Superior para implementar el modelo de formulario que se pone en aplicación.

Que por lo expuesto se pone en aplicación el nuevo formulario único que como anexo I forma parte de la presente.

Por ello, en uso de las facultades que le acuerda la ley,

EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

DISPONE:

Artículo 1º — Póngase en aplicación el formulario único, el cual permite ser utilizado para solicitar "informes" en cualquiera de las modalidades denominadas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, las cuales son individualizadas para conocimiento del usuario tanto al frente superior como al pie del "formulario único".

Art. 2º — Apruébese al efecto el diseño del formulario único que se agrega como anexo I del presente. El mismo será de aplicación a partir del día 21 de julio del corriente año.

Art. 3º — Los formularios que actualmente se usan continúan coexistiendo con el formulario único. Transcurrido un plazo de adaptación de este nuevo modo de brindar el servicio, y por medio de la correspondiente normativa cesará la utilización de los mismos.

Art. 4º — Hágase saber al Sr. Subsecretario de Asuntos Registrales, al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires en su carácter de Administrador de los fondos del Sistema de la Ley 17.050, así como a los restantes Colegios Profesionales vinculados, a los efectos respectivos. Comuníquese a los Departamentos que integran el Registro. Tome nota el Departamento Técnico Jurídico y Administrativo. Publíquese en el Boletín Oficial. Dése adecuada difusión, para conocimiento de los usuarios. Regístrese. Archívese. — Alberto F. Ruiz de Erenchun.

ANEXO I

ANEXO II

Scroll hacia arriba