ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición 275/2009
Estructura organizativa. Su modificación.
Bs. As., 1/6/2009
VISTO la Actuación SIGEA Nº 10036-83-2009 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada, en el ámbito de la Subdirección General de Fiscalización, con el objeto de introducir acciones que permitan evaluar el impacto de las estrategias de fiscalización implementadas.
Que a tales fines, resulta menester disponer áreas encargadas de asistir y colaborar en el desarrollo de las actividades de fiscalización llevadas a cabo por las áreas operativas del Organismo, analizando y evaluando los procesos involucrados mediante la realización de actividades de campo que permitan establecer hipótesis de fiscalización, evaluar sus resultados, relevar las necesidades emergentes de la gestión operativa de fiscalización impositiva y previsional y proponer los prototipos para la optimización de los procesos de fiscalización.
Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.
Que la presente propuesta cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Fiscalización.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
Artículo 1º — Eliminar de la estructura vigente las unidades orgánicas con nivel Departamento denominadas "Especializado en Sectores Primario y Secundario" y "Especializado en Sector Terciario" y sus unidades dependientes, existentes en el ámbito de la Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada de la Subdirección General de Fiscalización.
Art. 2º — Crear 2 (DOS) unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas "Gestión de la Fiscalización" y "Especializado en Análisis Sectoriales", dependientes de la Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
Art. 3º — Crear 2 (DOS) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Gestión y Apoyo Zona Nº 1" y "Gestión y Apoyo Nº 2" respectivamente, dependientes del Departamento Gestión de la Fiscalización.
Art. 4º — Crear 4 (CUATRO) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Agropecuaria", "Industria", "Comercio" y "Entidades Financieras y de Servicios" respectivamente, dependientes del Departamento Especializado en Análisis Sectoriales.
Art. 5º — Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A25 y B25, por los que se aprueban por la presente.
Art. 6º — La presente disposición entrará en vigencia a partir de los 20 (VEINTE) días corridos, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 7º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO A25
ANEXO B25
SUBDIRECION GENERAL DE FISCALIZACION
DIRECCION DE ANALISIS DE FISCALIZACION ESPECIALIZADA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar las acciones tendientes a comprobar el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias y previsionales por parte de los contribuyentes y/o responsables, mediante el desarrollo y la aplicación de programas de fiscalización.
Entender en las tareas de verificaciones de los sujetos promovidos y sus inversionistas, como así también de los sujetos y/o responsables que se adhieran a los regímenes especiales de acreditación y/o devolución de los créditos fiscales establecidos por la normativa vigente y resolver los recursos de apelación resultantes, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Superioridad.
Entender en la realización de actividades de fiscalización para evaluar el impacto de las estrategias y procesos de fiscalización implementados así como en el relevamiento de las necesidades de las áreas operativas de fiscalización, brindando apoyo en la gestión de las actividades desarrolladas.
ACCIONES
1. Coordinar el desarrollo de acciones de investigación de modalidades operativas y puntos de control tendientes a la fiscalización de los contribuyentes y/o responsables de las diferentes actividades económicas.
2. Desarrollar modelos de fiscalización planificados por actividad.
3. Entender en el desarrollo de técnicas para la fiscalización de contribuyentes y/o responsables seleccionados a tal efecto.
4. Diseñar procesos de investigación y fiscalización a desarrollar en el ámbito de la Dirección, realizar el seguimiento de las acciones y planes diseñados, ponderando los resultados obtenidos.
5. Entender, en coordinación con las áreas competentes, en el relevamiento de las necesidades operativas de las áreas de fiscalización, aportando soluciones alternativas a los temas planteados.
6. Entender en las tareas de verificación de los sujetos promovidos y sus inversionistas.
7. Entender en la ejecución de actividades que permitan validar hipótesis de investigación y fiscalización.
8. Entender en las tareas de verificación de los sujetos y/o responsables que se adhieran a los regímenes especiales de acreditación y/o devolución de los créditos fiscales establecidos por la normativa vigente.
9. Coordinar con la unidad de planeamiento y programación de la actividad fiscalizadora, la homologación y transferencia de las experiencias obtenidas en las fiscalizaciones desarrolladas, para que las mismas sean contempladas en los programas y normas que se emitan a tales efectos.
10. Coordinar, con el área competente, las acciones de capacitación que deriven de su accionar, tendientes al perfeccionamiento del personal afectado a las tareas de fiscalización del Organismo.
11. Recepcionar, registrar y despachar la documentación que ingrese a la Dirección, realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales asignados, ejecutar las distintas tareas administrativas, atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y administrar y comunicar al área pertinente los movimientos de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.
DEPARTAMENTO GESTION DE LA FISCALIZACION
ACCION
Entender en la evaluación del impacto de las estrategias y los procesos de fiscalización llevados a cabo sobre un universo de contribuyentes seleccionados, a partir de los lineamientos e información generada por las áreas competentes, propiciando su implementación y ejecución en las áreas operativas de fiscalización.
Entender en las actividades de apoyo y colaboración con las áreas operativas de investigación y fiscalización y en el desarrollo de las fiscalizaciones realizadas sobre contribuyentes involucrados en maniobras investigadas que revistan complejidad.
TAREAS
1. Entender en el diseño y ejecución de hipótesis de investigación y fiscalización que permitan determinar contribuyentes con presunto interés fiscal.
2. Evaluar los resultados obtenidos en la aplicación de las hipótesis generadas y propiciar su implementación en las áreas operativas de fiscalización e investigación.
3. Diseñar operativos de fiscalización para un universo determinado, estableciendo prototipos de inspección y controles específicos.
4. Entender en la realización de inspecciones aplicando prototipos, técnicas y estándares, para el universo de contribuyentes seleccionados.
5. Entender en actividades de colaboración con las áreas operativas en la ejecución de las fiscalizaciones resultantes, aplicando las técnicas desarrolladas.
6. Propiciar la elaboración de instrucciones, pautas, objetivos y metas que normen la gestión de fiscalización de las áreas operativas.
7. Entender en las actividades de apoyo a las áreas operativas en relación con los procedimientos de fiscalización y en las acciones de control desarrolladas por las mismas.
DIVISION GESTION Y APOYO
(Tipo)
ACCION
Elaborar, implementar y evaluar estrategias de fiscalización sobre un universo de contribuyentes específico que posibiliten detectar riesgo fiscal, para ser replicadas en las áreas operativas de fiscalización, así como asistir a las mismas, en los procedimientos de investigación y fiscalización llevados a cabo.
TAREAS
1. Realizar inspecciones aplicando los prototipos, técnicas y estándares desarrollados en el ámbito del Departamento, para ser replicadas por las áreas operativas de fiscalización.
2. Elaborar hipótesis investigativas a partir del análisis de la información contenida en las bases de datos de la AFIP y en aquellas que sean provistas por otros Organismos.
3. Promover la optimización de los planes y programas de fiscalización a partir de los resultados obtenidos en las actividades de fiscalización desarrolladas por el Departamento.
4. Propiciar operativos y elaborar prototipos de fiscalizaciones que permitan la detección de situaciones fiscalmente irregulares.
5. Proponer cargos de fiscalización que resulten de la validación de las hipótesis respectivas.
6. Remitir, en caso de corresponder, la totalidad de la información relevada al área de inspección competente.
7. Asistir a las áreas operativas en las tareas vinculadas a los procedimientos de fiscalización.
8. Elaborar informes de gestión y estadísticas sobre los resultados de las investigaciones y las fiscalizaciones implementadas.
9. Relevar las necesidades operativas en materia de investigación y fiscalización de las áreas en cuestión, ajustando las estrategias y procedimientos implementados.
DEPARTAMENTO ESPECIALIZADO EN ANALISIS SECTORIALES
ACCION
Entender en las tareas de análisis de los contribuyentes y/o responsables de las actividades de los sectores primarios, secundarios y terciarios y de sus respectivos registros, así como también en la optimización de los conocimientos y el desempeño del personal afectado a las tareas de fiscalización.
Tramitar los recursos de apelación de los sectores promocionados y de sus inversionistas.
TAREAS
1. Intervenir en la obtención y actualización de la información estratificada del universo de contribuyentes y/o responsables de cada actividad bajo su responsabilidad.
2. Coordinar el desarrollo de hipótesis investigativas para fiscalizar a los contribuyentes y/o responsables comprendidos en cada actividad.
3. Planificar y coordinar la ejecución de fiscalizaciones aplicando las técnicas desarrolladas.
4. Elaborar las conclusiones del trabajo de campo y la aplicación de las mismas para la reformulación y transferencia de los patrones de trabajo por actividad.
5. Tramitar los recursos de apelación que presenten los sujetos promovidos y los inversionistas, resultantes de las verificaciones llevadas a cabo por la División Industria.
6. Tramitar los recursos de apelación que presenten los sujetos y/o responsables que se adhieran a los regímenes especiales de acreditación y/o devolución de los créditos fiscales establecidos por la normativa vigente, resultantes de las verificaciones llevadas a cabo por la División Industria.
7. Entender en la supervisión y análisis de la información contenida en los distintos registros de contribuyentes y/o responsables de los sectores económicos y/o rubros de su competencia.
8. Entender en las tareas relacionadas con la optimización de los conocimientos y el desempeño del personal afectado a las tareas de fiscalización.
DIVISION AGROPECUARIA, PESQUERA Y MINERA
ACCION
Realizar las tareas inherentes a la ejecución de controles que aseguren un trámite rápido y preciso de las fiscalizaciones de contribuyentes y/o responsables de las actividades de los sectores de su competencia.
TAREAS
1. Realizar relevamientos, consultas, entgrevistas y toda otra gestión que resulte de utilidad para el acabado conocimiento de los modos de operación y las prácticas de elusión y evasión de las actividades del sector a su cargo.
2. Obtener la información necesaria para la clasificación de los contribuyentes por segmentos de importancia y de grado de cumplimiento con relación al conjunto de cada actividad.
3. Realizar inspecciones aplicando los prototipos, técnicas y estándares de producción desarrollados para la actividad en cuestión.
4. Analizar y homologar lo actuado por los equipos de trabajo direccionando, según corresponda, los expedientes y actuaciones para su trámite en la unidad jurisdiccional pertinente.
5. Analizar la incidencia que las fiscalizaciones de las actividades bajo análisis tienen en el comercio exterior, tanto de importación como de exportación.
6. Entender en el ordenamiento, archivo y custodia de la documentación y antecedentes de los contribuyentes y/o responsables fiscalizados.
DIVISION INDUSTRIA
ACCION
Entender en las tareas que aseguren un trámite rápido y preciso de las fiscalizaciones a los contribuyente y/o responsables de las actividades de los sectores de su competencia, así como también entender en las verificaciones sobre el cumplimiento de la normativa vigente sobre regímenes especiales de acreditación y/o devolución de créditos fiscales y en materia promocional por parte de los titulares de los proyectos promovidos y, de proceder, sus inversionistas.
TAREAS
1. Realizar relevamientos, consultas, entrevistas y toda otra gestión que resulte de utilidad para el acabado conocimiento de los modos de operación y prácticas de elusión y evasión de las actividades del sector a su cargo.
2. Obtener la información necesaria para la clasificación de los contribuyentes por segmentos de importancia y de grado de cumplimiento con relación al conjunto de cada actividad.
3. Realizar las inspecciones aplicando los prototipos, técnicas y estándares de producción desarrollados para la actividad en cuestión.
4. Analizar y homologar lo actuado por los equipos de trabajo direccionando, según corresponda, los expedientes y actuaciones para su trámite en la unidad jurisdiccional pertinente.
5. Analizar la incidencia que las fiscalizaciones de las actividades bajo análisis tienen en el comercio exterior, tanto de importación como de exportación.
6. Validar o rechazar las presentaciones de los solicitantes de los beneficios conforme lo establecido en la normativa inherente a los regímenes de reintegro de créditos fiscales.
7. Autorizar o denegar la habilitación de la cuenta corriente cuando de la verificación surgiera el cumplimiento o el incumplimiento de los requisitos u obligaciones establecidos, y/o la acreditación correspondiente a los proyectos en la medida no demeritada.
8. Entender en la determinación y cuantificación de los montos de los costos fiscales teóricos incluidos en la normativa vigente, así como también con lo dispuesto en el artículo 5º del Decreto Nº 839/97, emergente de los actos administrativos dictados con arreglo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 804/96.
9. Evaluar, en el ámbito de su competencia, el grado de cumplimiento de las obligaciones promocionales, así como la aplicación de la escala de deméritos correspondientes a los titulares de proyectos promovidos, según lo dispuesto por la normativa vigente.
10. Controlar la correcta aplicación de los beneficios tributarios mediante la utilización de bonos de crédito fiscal para la compra de materias primas y productos semielaborados de origen nacional por parte de las empresas promovidas.
11. Verificar el cumplimiento dispensado por los titulares de los proyectos cuyos objetos hayan sido modificados en virtud de los dispuesto por el Artículo 2º del Decreto Nº 1295/03, a las obligaciones promocionales correspondientes al objeto original, hasta el anterior al de aprobación de la modificación del objeto, en la medida no demeritada.
12. Entender en el ordenamiento, archivo y custodia de la documentación y antecedentes de los contribuyentes y/o responsables fiscalizados.
DIVISION COMERCIO
ACCION
Realizar las tareas inherentes a la ejecución de controles que aseguren un trámite rápido y preciso de las fiscalizaciones a los contribuyentes y/o responsables, de las actividades de los sectores de su competencia.
TAREAS
1. Realizar relevamientos, consultas, entrevistas y toda otra gestión que resulte de utilidad para el acabado conocimiento de los modos de operación y prácticas de elusión y evasión de las actividades del sector a su cargo.
2. Obtener la información necesaria para la clasificación de los contribuyentes por segmentos de importancia y de grado de cumplimiento con relación al conjunto de cada actividad.
3. Realizar las inspecciones aplicando los prototipos, técnicas y estándares de producción desarrollados para la actividad en cuestión.
4. Analizar y homologar lo actuado por los equipos de trabajo direccionado, según corresponda, los expedientes y actuaciones para su trámite en la unidad jurisdiccional pertinente.
5. Analizar la incidencia que las fiscalizaciones de las actividades bajo análisis tienen en el comercio exterior, tanto de importación como de exportación.
6. Realizar relevamientos, consultas y toda otra gestión que resulte de utilidad para el análisis de las operaciones de comercio exterior, operaciones electrónicas y demás operaciones comerciales especiales, tendientes a detectar prácticas de elusión y evasión.
7. Entender en el ordenamiento, archivo y custodia de la documentación y antecedentes de los contribuyentes y/o responsables fiscalizados.
DIVISION ENTIDADES FINANCIERAS Y DE SERVICIOS
ACCION
Realizar las tareas inherentes a la ejecución de controles que aseguren un trámite rápido y preciso de las fiscalizaciones a los contribuyentes y/o responsables de las actividades de los sectores de su competencia.
TAREAS
1. Realizar relevamientos, consultas, entrevistas y toda otra gestión que resulte de utilidad para el acabado conocimiento de los modos de operación y prácticas de elusión y evasión de las actividades del sector a su cargo.
2. Obtener información necesaria para la clasificación de los contribuyentes por segmentos de importancia y de grado de cumplimiento con relación al conjunto de cada actividad.
3. Realizar las inspecciones aplicando los prototipos, técnicas y estándares de producción desarrollados para la actividad en cuestión.
4. Analizar y homologar lo actuado por los equipos de trabajo direccionando, según corresponda, los expedientes y actuaciones para su trámite en la unidad jurisdiccional pertinente.
5. Analizar la incidencia que las fiscalizaciones de las actividades bajo análisis tienen en el comercio exterior, tanto de importación como de exportación.
6. Entender en las normas del Banco Central de la República Argentina, Comisión de Valores, como así también en las emanadas de la Superintendencia de Seguros, que puedan ser utilizadas en la fiscalización de los contribuyentes y/o responsables.
7. Obtener información acerca de la modalidad operativa así como de las transacciones financieras realizadas a través de entidades bancarias, financieras, bolsas y mercados de valores.
8. Entender en el ordenamiento, archivo y custodia de la documentación y antecedentes de los contribuyentes y/o responsables fiscalizados.