Presidencia de la Nación

Disposición 2692 / 2011

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES


MINISTERIO DEL INTERIOR

RESIDENCIA TRANSITORIA ESPECIAL

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 19-Oct-2011
Resumen:

SE PODRA CONCEDER RESIDENCIA TRANSITORIA ESPECIAL A TENOR DE LO NORMADO POR EL ARTICULO 24 INCISO H) DE LA LEY Nº 25.871 Y DEL DECRETO Nº 616/2010, POR EL TERMINO DE HASTA DOS (2) MESES, PRORROGABLE POR UNICA VEZ, A AQUELLOS EXTRANJEROS QUE ACREDITEN SER VISITANTES A FERIAS, CONGRESOS, EXPOSICIONES Y/O AQUELLOS QUE INGRESEN AL PAIS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE MERCADO. MODIFICACION DE LA DISPOSICION 1171/2010.

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