Presidencia de la Nación

GERENCIA GENERAL


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

GERENCIA GENERAL

Disposición Nº 23/2010

Bs. As., 11/5/2010

VISTO el Expediente Nº 10.506/07 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.549, Nº 24.557 y 26.425, las Resoluciones S.R.T. Nº 1.925 de fecha 21 de noviembre de 2007, Nº 1380 de fecha 10 diciembre de 2008, Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, y la Disposición G.G. Nº 129 de fecha 24 de setiembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo ha creado la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.).

Que la Resolución S.R.T. Nº 1380 de fecha 10 de diciembre de 2008 aprobó el Reglamento de Procedimientos Administrativos de esta S.R.T., regulando en el punto 3 de su Anexo, el ingreso, egreso y registro de documentación.

Que sobre el particular se establece que toda documentación enviada a esta S.R.T. debe ser ingresada únicamente por Mesa de Entradas de la Secretaría General, área responsable del registro de ingresos y de individualizar las presentaciones asignándoles número de ingreso, con fecha y hora de recepción.

Que mediante el dictado de la Resolución S.R.T. Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, se aprobó la actual estructura orgánico funcional de esta S.R.T., determinando que el Departamento de Secretaría General, dependiente de la Gerencia de Operaciones, es el responsable de coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa y de controlar la gestión administrativa de las actuaciones.

Que de conformidad a la regla dispuesta en el inciso e), apartado 2 del artículo 1 de la Ley Nº 19.549, en los procedimientos administrativos los plazos se contarán por días hábiles administrativos.

Que mediante la Disposición G.G. Nº 129 del 24 de septiembre de 2007, se estableció que la Mesa de Entradas de la entonces Unidad de Secretaría General de esta S.R.T. funcionaría de Lunes a Viernes de 09:30 a 17:30 hs para la recepción de toda la documentación presentada con destino a este Organismo.

Que por Resolución S.R.T. Nº 1925 de fecha 21 de noviembre de 2007, se aprobó el Régimen para la Administración del Presentismo para el personal de la S.R.T., estableciendo como horario de funcionamiento central del Organismo el comprendido entre las 09:00 hs. y las 17:00 hs., de lunes a viernes hábiles.

Que en tal sentido, es menester unificar el horario de Atención de la Mesa de Entradas de esta S.R.T. al horario de funcionamiento del Organismo dispuesto en la norma precedentemente citada.

Que es necesario poner en conocimiento de todos los interesados los días y horario de atención de la Mesa de Entradas.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 36, apartado 1, inciso e) de la Ley Nº 24.557 y de la Resolución S.R.T. Nº 772/09.

Por ello,

EL GERENTE GENERAL

DISPONE:

ARTICULO 1º — Establécese que la Mesa de Entradas dependiente del Departamento de Secretaría General de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) funcionará de Lunes a Viernes, en el horario de 09:00 a 17:00 horas para la recepción de toda documentación que se presente con destino a este Organismo.

ARTICULO 2º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FABIAN H. BAEZ, Gerente General.

e. 26/05/2010 Nº 56616/10 v. 26/05/2010

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