Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES

Disposición 2/2022

DI-2022-2-APN-INJUVE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 04/02/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-08532126- -APN-INJUVE#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 606 del 20 de julio de 2020, 732 del 4 de septiembre de 2020 y 139 del 4 de marzo de 2021, la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 916 del 26 de julio de 2016, las Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 771 del 24 de agosto de 2021 y 864 del 19 de noviembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 916 del 26 de julio de 2016 y sus modificatorias, se aprobó el PLAN NACIONAL DE JUVENTUD, cuyo objetivo primordial es promover la inclusión social de jóvenes de entre QUINCE (15) y VEINTINUEVE (29) años, a través de la implementación de políticas públicas de abordaje integral destinadas a la construcción y desarrollo de sus proyectos de vida.

Que en el marco de la resolución previamente referida, fue creado el Programa “DESARROLLARTE” como línea de acción programática del PLAN NACIONAL DE JUVENTUD, cuyo objetivo es incentivar y potenciar las cualidades artísticas y emprendedoras de los jóvenes, brindando herramientas que sirvan de base para el desarrollo integral de su persona.

Que en virtud de los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y 606 del 20 de julio de 2020, es competencia del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD perteneciente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS entender en el diseño e implementación de políticas destinadas a jóvenes; articular la intervención de los organismos gubernamentales competentes en toda materia que se vincule a problemáticas relacionadas con la juventud, comprendiendo aspectos como la capacitación en oficios y primer empleo, terminalidad educativa, políticas culturales, artísticas, iniciativas deportivas, turismo, prevención de adicciones, prevención de situación de calle, salud reproductiva, participación ciudadana, violencia institucional o escolar; promover la institucionalización y articulación de los espacios de juventud en todas las jurisdicciones del territorio nacional; entre otras.

Que mediante el Decreto N° 732 del 4 de septiembre de 2020 se modificó la denominación del citado organismo desconcentrado por INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES.

Que por el artículo 1º de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 864 del 19 de noviembre de 2021 se estableció que el PLAN NACIONAL DE JUVENTUD, se ejecutará en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES, comprendiendo los Programas “DESARROLLARTE”; “CASAS DEL FUTURO”; “HABLEMOS DE TODO”; “NUESTRO FUTURO” y “JUVENTUDES SOLIDARIAS”.

Que el artículo 3º de la citada Resolución N° 864/21 facultó a la Directora Ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES a la modificación y reestructuración de los programas aprobados por la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 916/16 y sus modificatorias.

Que en el marco de las competencias mencionadas, resulta necesario modificar y reestructurar del programa denominado “DESARROLLARTE”, bajo la nueva órbita en la cual se ejecutará, estableciendo sus nuevos lineamientos y con ello el alcance del mismo.

Que dichas modificaciones permitirán a este Instituto incentivar, potenciar y fomentar las diversas cualidades emprendedoras y artísticas, y el bienestar personal y social de las juventudes de entre DIECIOCHO (18) a VEINTINUEVE (29) años de edad, mediante el impulso de actividades recreativas y de esparcimiento de carácter deportivo, musical, cultural y turístico a través de encuentros, talleres, concursos, intercambios, visitas y viajes que sirvan de base para el desarrollo integral de su persona, favoreciendo el intercambio social y regional a lo largo del territorio nacional.

Que mediante IF-2022-09893908-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 3º de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 864/21.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Modifíquese dentro del “PLAN NACIONAL DE JUVENTUD” el Programa “DESARROLLARTE”, cuyo objetivo será, a partir de la entrada en vigencia de la presente, incentivar, potenciar y fomentar las diversas cualidades emprendedoras y artísticas, y el bienestar personal y social de las juventudes de entre QUINCE (15) a VEINTINUEVE (29) años de edad, mediante el impulso de actividades recreativas y de esparcimiento de carácter deportivo, musical, cultural y turístico a través de encuentros, talleres, concursos, intercambios, visitas y viajes que sirvan de base para el desarrollo integral de su persona, favoreciendo el intercambio social y regional a lo largo del territorio nacional.

ARTÍCULO 2º.- Apruébense los Lineamientos Generales y Objetivos Específicos del programa “DESARROLLARTE” establecidos en el Anexo I identificado como IF-2022-10319034-APN-INJUVE#JGM, que forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 3°.- Determínase que para la ejecución de las objetivos indicados en los artículos 1º y 2º de la presente será de aplicación el “MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE ASISTENCIA FINANCIERA, la realización de EVENTOS, JORNADAS y sus correspondientes RENDICIONES DE CUENTAS del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES”, aprobado por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 771 del 24 de agosto del 2021.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Macarena Sanchez Jeanney

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/02/2022 N° 5152/22 v. 08/02/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)




ANEXO I - Programa 'DESARROLLARTE'

Lineamientos Generales

1- OBJETIVOS GENERALES

Es objetivo general del programa 'Desarrollarte' incentivar, potenciar y fomentar las diversas cualidades emprendedoras y artísticas, y el bienestar personal y social de las juventudes de entre DIECIOCHO (18) a VEINTINUEVE (29) años de edad, mediante el impulso de actividades recreativas y de esparcimiento de carácter deportivo, musical, cultural y turístico a través de encuentros, talleres, concursos, intercambios, visitas y viajes que sirvan de base para el desarrollo integral de su persona, favoreciendo el intercambio social y regional a lo largo del territorio nacional.

2- OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. El fomento del potencial artístico y emprendedor de las juventudes;

2. La creación de espacios de encuentro regionales a lo largo del territorio nacional;

3. La integración y vinculación de las juventudes en actividades de recreación y esparcimiento;

4. La promoción de la inclusión social, fomentando en las juventudes el acceso a la cultura y al turismo nacional;

4. La generación de lazos de pertenencia con la comunidad, desarrollando la creatividad y autonomía personales.

5. La capacitación y acompañamiento de las juventudes emprendedoras y artistas para el desarrollo de sus obras y proyectos.

3- DESTINATARIOS/AS. TITULARES DE DERECHO

Serán destinatarios del presente programa las personas jóvenes de entre 15 y 29 años.

4- ENTIDADES PARTICIPANTES

Se entenderá por entidades participantes a aquellos organismos del Estado Nacional, Provinciales o Municipales, que tengan como objetivo la implementación de actividades artísticas, turísticas y recreativas vinculadas con los presentes lineamientos, y la participación conjunta con el Instituto Nacional de Juventudes en la ejecución de los mismos.


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