ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
Disposición 183/2019
DI-2019-183-E-AFIP-DGIMPO
Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2019
VISTO las Disposiciones N° 329/19 (AFIP), N° 159/19 (DGIMPO) y N° 2/01 (DGI), y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición N° 329/19 (AFIP) citada en el VISTO se realizaron modificaciones en la estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas.
Que mediante la Disposición N° 159/19 (DGIMPO) esta Dirección General aprobó la “DENOMINACIÓN Y DEPENDENCIA JERÁRQUICA” correspondiente a las Secciones dependientes de la División Administrativa, en el ámbito de cada Dirección Regional de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas.
Que a tales efectos procede aclarar lo aprobado en la Disposición N° 329/19 (AFIP), para lo cual resulta necesario dictar una ampliatoria de la Disposición N° 159/19 (DGIMPO).
Que las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas han prestado su conformidad.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art 2º de la Disposición Nº 4 (AFIP) del 5 de enero de 2001, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Entender que los Dos (2) cargos de jefe de oficina eliminados según lo dispuesto en el Artículo 2° de la Disposición N° 329/19 (AFIP) corresponden a las unidades orgánicas con nivel de oficina dependientes de las Secciones Administrativas de las Direcciones Regionales de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas.
ARTÍCULO 2°.- Determinar que las Secciones Administrativas pasarán a denominarse “Sección Gestión de Recursos”, dependiente de la División Administrativa de cada Dirección Regional.
ARTÍCULO 3°.- Determinar que las unidades orgánicas con nivel de Sección correspondiente a los cargos de Jefe de Sección creados en el Artículo 3° de la Disposición N° 329/19 (AFIP) se denominarán “Sección Gestión de Compras y Financiera”, dependiente de la División Administrativa de cada Dirección Regional.
ARTÍCULO 4°.- Asignar a las Secciones indicadas en los Artículos 2° y 3° las acciones y tareas establecidas en el Anexo I aprobado por Disposición N° 159/19 (DGIMPO).
ARTÍCULO 5°.- Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese a las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas, pase a la Dirección de Personal y dése conocimiento a la Dirección de Gestión Organizacional, y archívese. Marcelo Pablo Costa
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
Disposición 183/2019
DI-2019-183-E-AFIP-DGIMPO
Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2019
VISTO las Disposiciones N° 329/19 (AFIP), N° 159/19 (DGIMPO) y N° 2/01 (DGI), y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición N° 329/19 (AFIP) citada en el VISTO se realizaron modificaciones en la estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas.
Que mediante la Disposición N° 159/19 (DGIMPO) esta Dirección General aprobó la “DENOMINACIÓN Y DEPENDENCIA JERÁRQUICA” correspondiente a las Secciones dependientes de la División Administrativa, en el ámbito de cada Dirección Regional de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas.
Que a tales efectos procede aclarar lo aprobado en la Disposición N° 329/19 (AFIP), para lo cual resulta necesario dictar una ampliatoria de la Disposición N° 159/19 (DGIMPO).
Que las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas han prestado su conformidad.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art 2º de la Disposición Nº 4 (AFIP) del 5 de enero de 2001, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Entender que los Dos (2) cargos de jefe de oficina eliminados según lo dispuesto en el Artículo 2° de la Disposición N° 329/19 (AFIP) corresponden a las unidades orgánicas con nivel de oficina dependientes de las Secciones Administrativas de las Direcciones Regionales de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas.
ARTÍCULO 2°.- Determinar que las Secciones Administrativas pasarán a denominarse “Sección Gestión de Recursos”, dependiente de la División Administrativa de cada Dirección Regional.
ARTÍCULO 3°.- Determinar que las unidades orgánicas con nivel de Sección correspondiente a los cargos de Jefe de Sección creados en el Artículo 3° de la Disposición N° 329/19 (AFIP) se denominarán “Sección Gestión de Compras y Financiera”, dependiente de la División Administrativa de cada Dirección Regional.
ARTÍCULO 4°.- Asignar a las Secciones indicadas en los Artículos 2° y 3° las acciones y tareas establecidas en el Anexo I aprobado por Disposición N° 159/19 (DGIMPO).
ARTÍCULO 5°.- Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese a las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas, pase a la Dirección de Personal y dése conocimiento a la Dirección de Gestión Organizacional, y archívese. Marcelo Pablo Costa
e. 12/11/2019 N° 86719/19 v. 12/11/2019