ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Disposición 18/2020
DI-2020-18-E-AFIP-DGSESO
Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2020
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-00389390-AFIP-DGSESO y la Disposición Nº DI-2020-112-E-AFIP-AFIP de fecha 19 de junio de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición citada en el VISTO, se aprobó la estructura orgánico funcional de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social con el objetivo de propender a la efectividad en los procesos de investigación, fiscalización y gestión técnico – jurídica en materia de los Recursos de la Seguridad Social y Monotributo, regionalizando dicha gestión a efectos de facilitar la implementación de acciones concretas tendientes a propiciar la inclusión social y el descubrimiento de delitos vinculados a los recursos de la seguridad social.
Que asimismo, se realizaron cambios en el desarrollo y planificación de nuevas metodologías de control y fiscalización en materia de Recursos de la Seguridad Social, teniendo como principal objetivo la inclusión social, y optimizando los procesos de distribución de los fondos recaudados con destino a los distintos Organismos que conforman el Sistema de Seguridad Social.
Que, por otra parte, en virtud del principio de especialidad, se realizaron modificaciones a los procesos de gestión técnico – jurídica en materia de los Recursos de la Seguridad Social y Monotributo.
Que por la Disposición citada en el VISTO, se aprobó el ANEXO C (IF-2020-00348259-AFIPSDGADVCOAD#SDGCTI) correspondiente a Áreas Centrales, otorgándose veinticinco (25) cupos de sección a esta Dirección General y 5 cupos de sección a Áreas Operativas Metropolitanas.
Que la presente medida se dicta en virtud del Decreto Nº 1231/01 de fecha 2 de octubre de 2001 y sus normas modificatorias y complementarias, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 3° de la Disposición N° 129/98 (AFIP) del 9 de marzo de 1998.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Anexo I (IF-2020-00390393-AFIP-DGSESO) “DEPENDENCIA JERÁRQUICA DE LAS SECCIONES”, que forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Anexo II (IF-2020-00390671-AFIP-DGSESO) “ACCIONES Y TAREAS DE LAS SECCIONES” que forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3º.- Dejar sin efecto toda norma que se oponga a la presente Disposición.
ARTÍCULO 4º.- La presente Disposición entrará en vigencia en la misma fecha que la Disposición N° DI-2020-112-E-AFIP-AFIP, de fecha 19 de junio de 2020.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Carlos Daniel Castagneto
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
DIRECCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Disposición 18/2020
DI-2020-18-E-AFIP-DGSESO
Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2020
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-00389390-AFIP-DGSESO y la Disposición Nº DI-2020-112-E-AFIP-AFIP de fecha 19 de junio de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición citada en el VISTO, se aprobó la estructura orgánico funcional de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social con el objetivo de propender a la efectividad en los procesos de investigación, fiscalización y gestión técnico – jurídica en materia de los Recursos de la Seguridad Social y Monotributo, regionalizando dicha gestión a efectos de facilitar la implementación de acciones concretas tendientes a propiciar la inclusión social y el descubrimiento de delitos vinculados a los recursos de la seguridad social.
Que asimismo, se realizaron cambios en el desarrollo y planificación de nuevas metodologías de control y fiscalización en materia de Recursos de la Seguridad Social, teniendo como principal objetivo la inclusión social, y optimizando los procesos de distribución de los fondos recaudados con destino a los distintos Organismos que conforman el Sistema de Seguridad Social.
Que, por otra parte, en virtud del principio de especialidad, se realizaron modificaciones a los procesos de gestión técnico – jurídica en materia de los Recursos de la Seguridad Social y Monotributo.
Que por la Disposición citada en el VISTO, se aprobó el ANEXO C (IF-2020-00348259-AFIPSDGADVCOAD#SDGCTI) correspondiente a Áreas Centrales, otorgándose veinticinco (25) cupos de sección a esta Dirección General y 5 cupos de sección a Áreas Operativas Metropolitanas.
Que la presente medida se dicta en virtud del Decreto Nº 1231/01 de fecha 2 de octubre de 2001 y sus normas modificatorias y complementarias, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 3° de la Disposición N° 129/98 (AFIP) del 9 de marzo de 1998.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Anexo I (IF-2020-00390393-AFIP-DGSESO) “DEPENDENCIA JERÁRQUICA DE LAS SECCIONES”, que forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Anexo II (IF-2020-00390671-AFIP-DGSESO) “ACCIONES Y TAREAS DE LAS SECCIONES” que forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3º.- Dejar sin efecto toda norma que se oponga a la presente Disposición.
ARTÍCULO 4º.- La presente Disposición entrará en vigencia en la misma fecha que la Disposición N° DI-2020-112-E-AFIP-AFIP, de fecha 19 de junio de 2020.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Carlos Daniel Castagneto
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-