Presidencia de la Nación

DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL


Dirección Nacional de Protección Vegetal

SANIDAD VEGETAL

Disposición 17/2006

Declárase Area Libre de la Plaga Mosca de los Frutos a los valles de los Departamentos de San Rafael y General Alvear, de la provincia de Mendoza, en el marco del Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos.

Bs. As., 4/12/2006

VISTO el expediente Nº EXP-S01:0003590/2006 y la Resolución Nº 515 del 16 de noviembre de 2001, ambos del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y

CONSIDERANDO:

Que el Programa de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos de la Provincia de Mendoza (PROCEM MENDOZA) presenta antecedentes técnicos de la situación fitosanitaria de los Valles de los Departamentos de San Rafael y General Alvear (Oasis Sur), de la citada provincia, en el status de área libre de la plaga Mosca de los Frutos (Díptero, Tephritidae) de importancia económica a nivel mundial.

Que los antecedentes de referencia responden a la información requerida por la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF Nº 26) de FAO 'Establecimiento de Area Libre de plagas para moscas de los frutos (tephritidae)' y al Sub Estándar Regional en Protección Fitosanitaria (SUB-ERPF 3.2.1.) referente a los requisitos para el reconocimiento de Areas Libres de Mosca de los Frutos, desarrollado y aprobado por el COMITÉ DE SANIDAD VEGETAL DEL CONO SUR (COSAVE).

Que el Area Objetivo presenta resultados negativos de Ceratitis capitata en los registros de índices operacionales (trampeo y muestreo), desde la Semana Nº 37 de las campañas 2004/2005, y 2005/2006, manteniéndose tal situación hasta la fecha.

Que dicha Area presenta asimismo condiciones de aislamiento con respecto a otras áreas productivas, producto de la discontinuidad en la disponibilidad de hospederos potenciales para Mosca de los Frutos.

Que las condiciones climáticas (bajas temperatura y corto período libre de heladas) además de escasa cantidad de hospederos invernales (cítricos), prácticamente circunscriptos a las áreas urbanas, dificulta el pasaje invernal de la plaga.

Que en virtud de los antecedentes de monitoreo (trampeo y muestreo) negativos para Anastrepha fraterculus desde el año 1994, la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SENASA, declaró mediante Disposición Nº 5/ 2005 a la provincia de Mendoza como Area Libre de esta plaga.

Que mediante la Disposición DNPV Nº 15/ 2004 se declara como Area Libre de Mosca de los Frutos de importancia económica al Valle de Uco (Oasis Centro) de la provincia de Mendoza.

Que los otros Oasis productivos de Mendoza (Norte-Este) poseen un status de Escasa Prevalencia con relación a Ceratitis capitata de acuerdo a lo establecido por la Disposición DNPV Nº 1/2002.

Que para el mes de marzo de 2007, la provincia de Mendoza instalará puestos de control de movimiento de artículos reglamentados en las rutas de acceso a los Oasis Centro y Sur, a fin de disminuir el riesgo de introducción de Ceratitis capitata en fruta originaria de las Areas de Escasa Prevalencia.

Que las supervisiones técnicas realizadas por la COORDINACION GENERAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL Y ERRADICACION DE MOSCA DE LOS FRUTOS (PROCEM), avalan la documentación presentada por la Coordinación del PROCEM - Mendoza.

Que el reconocimiento del Area Libre de la plaga, facilitará las gestiones a nivel internacional lo que permitirá acceder a mercados con restricciones cuarentenarias para esta plaga sin la aplicación de medidas fitosanitarias.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 3º de la Resolución Nº 515 del 16 de noviembre de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

DISPONE:

Artículo 1º — Declárase como Area Libre de la Plaga Mosca de los Frutos de importancia económica (Díptero, Tephritidae) a los valles de los Departamentos de San Rafael y General Alvear, Oasis Sur, de la provincia de MENDOZA, en el marco del Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM).

Art. 2º — La COORDINACION GENERAL del Programa Nacional de Control y Erradicación de Moscas de Los Frutos (PROCEM), continuará realizando el seguimiento del Programa en el Area Objetivo y verificará el mantenimiento del status de Area Libre.

Art. 3º — La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Diana M. Guillén.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 8/2016 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal B.O. 4/8/2016 se suspende la declaración establecida por la presente Disposición, hasta tanto se rectifiquen los desvíos detectados en los procedimientos técnicos y administrativos.)

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