DEFENSA DEL CONSUMIDOR
COMERCIALIZACION DE BICICLETAS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
12-Sep-2005
Resumen:
ESTABLECESE QUE POR EL PLAZO DE UN AÑO LA COMERCIALIZACION DE BICICLETAS, YA SEAN DE PRODUCCION NACIONAL O IMPORTADAS, ESTARA CONDICIONADA AL CUMPLIMIENTO DE LA TOTALIDAD DE LOS ENSAYOS ESPECIFICADOS EN LA NORMA IRAM 40020, CON EXCEPCION DEL ENSAYO IDENTIFICADO COMO 2.13 RETRORREFLECTORES, DE LA CITADA NORMA.