MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA
DISPOSICION DNM N° 4880/15 - MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Abr-2017
Resumen:
SUSTITUYESE EL ARTICULO 2° DE LA DISPOSICION DNM N° 4880 DEL 1° DE OCTUBRE DE 2015, POR EL SIGUIENTE: “TENGASE COMO REQUISITO SUFICIENTE PARA OTORGAR RESIDENCIA PERMANENTE A UN MENOR DE EDAD, EL DE REQUERIR EL CONSENTIMIENTO EXPRESO DE UNO DE LOS PROGENITORES, EN LOS CASOS EN QUE EL MENOR TENGA DOBLE VINCULO PARENTAL (CONFORME ARTICULO 9º DEL ANEXO II DEL DECRETO N° 616/10), SIEMPRE QUE NO MEDIARE CONFLICTO MANIFIESTO DE ALGUNA NATURALEZA QUE PUDIERE AFECTAR EL INTERES SUPERIOR DEL NIÑO O EXPRESA OPOSICION DEL OTRO PROGENITOR (CONFORME ARTICULO 641, INCISOS A) Y B), CCCN)”.