Presidencia de la Nación

Disposición 13522 / 2005

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES


RESIDENTES TEMPORARIOS

PERIODISTAS PROFESIONALES EXTRANJEROS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 21-Abr-2005
Resumen:

INCLUYESE A LOS PERIODISTAS PROFESIONALES EXTRANJEROS QUE RESIDIENDO EN EL EXTERIOR DESEEN TRAMITAR SU RESIDENCIA TEMPORARIA EN EL PAIS EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 23 INCISO A) DE LA LEY NRO. 25.871 SI LOS MISMOS SE HALLAN EN RELACION DE DEPENDENCIA CON EL MEDIO QUE LOS ACREDITA, EN LO ESTABLE CIDO EN EL INCISO E) DEL MISMO ARTICULO DE LA NORMA SI NO REVISTEN RELACION DE DEPENDENCIA CON EL O LOS MEDIOS QUE LOS ACREDITAN, Y EN EL INCISO N) DEL MENCIONADO ARTICULO A QUIENES SE DESEMPEÑEN EN FORMA AUTONOMA, SIN QUE LOS ACREDITE UN MEDIO DE PRENSA.

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