REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS
ENTES PUBLICOS ESTATALES Y NO ESTATALES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Sep-2006
Resumen:
INCORPORASE AL MENCIONADO REGISTRO, LA INSCRIPCION DE ARCHIVOS, REGISTROS O BASES O BANCOS PUBLICOS DE DATOS PERSONALES PERTENECIENTES A LOS ENTES PUBLICOS ESTATALES NO INCLUIDOS EN LA DISPOSICI ON NRO. 2/2006 Y ENTES PUBLICOS NO ESTATALES, QUE SE ENCUENTREN INTERCONECTADOS EN REDES DE ALCANCE INTERJURISDICCIONAL, NACIONAL O INTERNACIONAL, CONFORME LO ESTIPULADO EN EL ARTICULO 44 DE LA LEY NRO. 25.326.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION 132/2018 DE LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA, B.O. 22/10/2018, PAGINA 17. VIGENCIA: VER ARTICULO 8° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.