SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
SOLICITUDES ELECTRONICAS DE COTIZACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
10-Ago-2018
Resumen:
ESTABLECESE QUE DURANTE EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 7° DE LA RESOL-2018-47-APN-SRT#MT, EL EMPLEADOR PODRA REALIZAR HASTA CINCO (5) SOLICITUDES ELECTRONICAS DE COTIZACION. EN CADA CASO, PARA EFECTUAR UNA NUEVA SOLICITUD, LA ANTERIOR DEBERA ESTAR FINALIZADA, SEA PORQUE LA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) HAYA CONTESTADO O PORQUE TRANSCURRIO EL PLAZO CON QUE LA MISMA CONTABA PARA DAR RESPUESTA.