ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 414/2011
Administración Federal de Ingresos Públicos. Estructura organizativa. Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior. S/Creación de la Aduana de Santiago del Estero.
Bs. As., 15/11/2011
VISTO la Ley Nº 26.681 del 4 de mayo de 2011 y la Actuación SIGEA Nº 15196-51-2011 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley mencionada en el VISTO se crea una aduana con asiento en el Parque Industrial del Departamento de La Banda, en la Provincia de Santiago del Estero, atendiendo razones de mejor control, eficiencia y racionalización del servicio aduanero.
Que, con el fin de facilitar la gestión aduanera de las actividades vinculadas al comercio exterior, por medio del Artículo Nº 11 del Decreto Nº 618/97, se facultó a esta Administración Federal a fijar su competencia territorial.
Que en tal sentido, por Actuación SIGEA Nº 15196-51-2011 la Dirección General de Aduanas propone para la aduana en trato el límite jurisdiccional en el ámbito de la. Dirección Regional Aduanera Córdoba resultando necesario, a su vez, modificar la actual jurisdicción de la Aduana de Tucumán.
Que la presente propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General de Aduanas.
Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada “Aduana de Santiago del Estero”, en el Departamento La Banda de la Provincia de Santiago del Estero, dependiente jerárquicamente de la Dirección Regional Aduanera Córdoba, en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
ARTICULO 2º — Crear DOS (2) cargos de Jefe de Sección y UN (1) cargo de Jefe de Oficina para el cupo de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
ARTICULO 3º — Asignar a la unidad orgánica creada por el Artículo 1º, idénticas acción y tareas que las establecidas para sus similares en la Disposición Nº 128 (AFIP) del 9 de marzo de 1998 y sus modificatorias.
ARTICULO 4º — Asignar a las unidades orgánicas que a continuación se detallan, la jurisdicción que en cada caso se indica:
ADUANA DE TUCUMAN: Departamentos de Burruyacú, Capital, Chicligasta, Cruz Alta, Famaillá, Graneros, Juan Bautista Alberdi, La Cocha, Leales, Lules, Monteros, Río Chico, Simoca, Tafí del Valle, Tafí Viejo, Trancas, Yerba Buena (Provincia de Tucumán).
ADUANA DE SANTIAGO DEL ESTERO: Departamentos de Aguirre, Alberdi, Atamisqui, Avellaneda, Banda, Belgrano, Capital, Choya, Copo, Figueroa, General Taboada, Guasayán, Jiménez, Juan Felipe Ibarra, Loreto, Mitre, Moreno, Ojo de Agua, Pellegrini, Quebrachos, Río Hondo, Rivadavia, Robles, Salavina, San Martín, Sarmiento, Silípica (Provincia de Santiago del Estero).
ARTICULO 5º — Reemplazar en la estructura organizativa los Anexos A17, parte pertinente, y C correspondiente a las Direcciones Regionales Aduaneras del Interior, por los que se aprueban por la presente.
ARTICULO 6º — La presente disposición entrará en vigencia a partir de los NOVENTA (90) días corridos, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 7º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.
Disposición Nº 414/2011
Administración Federal de Ingresos Públicos. Estructura organizativa. Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior. S/Creación de la Aduana de Santiago del Estero.
Bs. As., 15/11/2011
VISTO la Ley Nº 26.681 del 4 de mayo de 2011 y la Actuación SIGEA Nº 15196-51-2011 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley mencionada en el VISTO se crea una aduana con asiento en el Parque Industrial del Departamento de La Banda, en la Provincia de Santiago del Estero, atendiendo razones de mejor control, eficiencia y racionalización del servicio aduanero.
Que, con el fin de facilitar la gestión aduanera de las actividades vinculadas al comercio exterior, por medio del Artículo Nº 11 del Decreto Nº 618/97, se facultó a esta Administración Federal a fijar su competencia territorial.
Que en tal sentido, por Actuación SIGEA Nº 15196-51-2011 la Dirección General de Aduanas propone para la aduana en trato el límite jurisdiccional en el ámbito de la. Dirección Regional Aduanera Córdoba resultando necesario, a su vez, modificar la actual jurisdicción de la Aduana de Tucumán.
Que la presente propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General de Aduanas.
Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada “Aduana de Santiago del Estero”, en el Departamento La Banda de la Provincia de Santiago del Estero, dependiente jerárquicamente de la Dirección Regional Aduanera Córdoba, en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
ARTICULO 2º — Crear DOS (2) cargos de Jefe de Sección y UN (1) cargo de Jefe de Oficina para el cupo de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
ARTICULO 3º — Asignar a la unidad orgánica creada por el Artículo 1º, idénticas acción y tareas que las establecidas para sus similares en la Disposición Nº 128 (AFIP) del 9 de marzo de 1998 y sus modificatorias.
ARTICULO 4º — Asignar a las unidades orgánicas que a continuación se detallan, la jurisdicción que en cada caso se indica:
ADUANA DE TUCUMAN: Departamentos de Burruyacú, Capital, Chicligasta, Cruz Alta, Famaillá, Graneros, Juan Bautista Alberdi, La Cocha, Leales, Lules, Monteros, Río Chico, Simoca, Tafí del Valle, Tafí Viejo, Trancas, Yerba Buena (Provincia de Tucumán).
ADUANA DE SANTIAGO DEL ESTERO: Departamentos de Aguirre, Alberdi, Atamisqui, Avellaneda, Banda, Belgrano, Capital, Choya, Copo, Figueroa, General Taboada, Guasayán, Jiménez, Juan Felipe Ibarra, Loreto, Mitre, Moreno, Ojo de Agua, Pellegrini, Quebrachos, Río Hondo, Rivadavia, Robles, Salavina, San Martín, Sarmiento, Silípica (Provincia de Santiago del Estero).
ARTICULO 5º — Reemplazar en la estructura organizativa los Anexos A17, parte pertinente, y C correspondiente a las Direcciones Regionales Aduaneras del Interior, por los que se aprueban por la presente.
ARTICULO 6º — La presente disposición entrará en vigencia a partir de los NOVENTA (90) días corridos, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 7º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.
ANEXO A17
(1) CORRESPONDE A:
DIRECCION REGIONAL ADUANERA POSADAS, ADUANAS DE:
B. DE IRIGOYEN, IGUAZU, OBERA, PASO DE LOS LIBRES, POSADAS, SAN JAVIER Y SANTO TOME.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA CORDOBA, ADUANAS DE:
CORDOBA, LA RIOJA, TINOGASTA, GENERAL DEHEZA, TUCUMAN Y SANTIAGO DEL ESTERO.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA MENDOZA, ADUANAS DE:
MENDOZA, SAN JUAN, SAN LUIS Y SAN RAFAEL.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA ROSARIO, ADUANAS DE:
DIAMANTE, PARANA, ROSARIO, SAN LORENZO, SANTA FE, VILLA CONSTITUCION, SAN NICOLAS Y SAN PEDRO.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA LA PLATA, ADUANAS DE:
CAMPANA, LA PLATA, COLON, CONCEPCION DEL URUGUAY, CONCORDIA Y GUALEGUAYCHU.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA COMODORO RIVADAVIA LAS ADUANAS DE:
SAN ANTONIO OESTE, COMODORO RIVADAVIA, CALETA OLIVIA, PUERTO DESEADO, PUERTO MADRYN, RIO GALLEGOS, RIO GRANDE, SANTA CRUZ, USHUAIA Y ESQUEL.
(2) DIVISION FISCALIZACION DE OPERACIONES ADUANERAS Y DIVISION INVESTIGACION, CONTROL Y PROCEDIMIENTOS EXTERNOS DE LA DIRECCION REGIONAL ADUANERA COMODORO RIVADAVIA
CON COMPETENCIA SOBRE LAS ADUANAS DE: SAN ANTONIO OESTE, COMODORO RIVADAVIA, CALETA OLIVIA, PUERTO DESEADO, PUERTO MADRYN Y ESQUEL.
(3) DEPARTAMENTO FISCALIZACION E INVESTIGACIONES ESPECIALIZADAS DE LA DIRECCION REGIONAL ADUANERA COMODORO RIVADAVIA
CON SEDE EN LA CIUDAD DE RIO GALLEGOS Y COMPETENCIA SOBRE LAS ADUANAS DE: RIO GALLEGOS, RIO GRANDE, SANTA CRUZ Y USHUAIA.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA POSADAS, ADUANAS DE:
B. DE IRIGOYEN, IGUAZU, OBERA, PASO DE LOS LIBRES, POSADAS, SAN JAVIER Y SANTO TOME.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA CORDOBA, ADUANAS DE:
CORDOBA, LA RIOJA, TINOGASTA, GENERAL DEHEZA, TUCUMAN Y SANTIAGO DEL ESTERO.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA MENDOZA, ADUANAS DE:
MENDOZA, SAN JUAN, SAN LUIS Y SAN RAFAEL.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA ROSARIO, ADUANAS DE:
DIAMANTE, PARANA, ROSARIO, SAN LORENZO, SANTA FE, VILLA CONSTITUCION, SAN NICOLAS Y SAN PEDRO.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA LA PLATA, ADUANAS DE:
CAMPANA, LA PLATA, COLON, CONCEPCION DEL URUGUAY, CONCORDIA Y GUALEGUAYCHU.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA COMODORO RIVADAVIA LAS ADUANAS DE:
SAN ANTONIO OESTE, COMODORO RIVADAVIA, CALETA OLIVIA, PUERTO DESEADO, PUERTO MADRYN, RIO GALLEGOS, RIO GRANDE, SANTA CRUZ, USHUAIA Y ESQUEL.
(2) DIVISION FISCALIZACION DE OPERACIONES ADUANERAS Y DIVISION INVESTIGACION, CONTROL Y PROCEDIMIENTOS EXTERNOS DE LA DIRECCION REGIONAL ADUANERA COMODORO RIVADAVIA
CON COMPETENCIA SOBRE LAS ADUANAS DE: SAN ANTONIO OESTE, COMODORO RIVADAVIA, CALETA OLIVIA, PUERTO DESEADO, PUERTO MADRYN Y ESQUEL.
(3) DEPARTAMENTO FISCALIZACION E INVESTIGACIONES ESPECIALIZADAS DE LA DIRECCION REGIONAL ADUANERA COMODORO RIVADAVIA
CON SEDE EN LA CIUDAD DE RIO GALLEGOS Y COMPETENCIA SOBRE LAS ADUANAS DE: RIO GALLEGOS, RIO GRANDE, SANTA CRUZ Y USHUAIA.
ANEXO C
DIRECCIONES REGIONALES ADUANERAS | ||
JURISDICCION ADMINISTRATIVA | CARGOS DE JEFATURA | |
SECCION | OFICINA | |
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior1 | 287 | 157 |
TOTAL DE CARGOS | 289 | 158 |
(1) Corresponde a las Aduanas del Interior. Hasta el 5% del cupo establecido a nivel de Sección podrá ser asignado a las Direcciones Regionales Aduaneras por la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior a propuesta de la Dirección Regional Aduanera respectiva y previa intervención del Comité de Análisis de la Estructura Organizacional (Disposición Nº 404/03).
e. 22/11/2011 N°15379/11 v. 22/11/2011