REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
DISPOSICION RENAR N° 417/15 - PRORROGA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
25-Ago-2016
Resumen:
PRORROGUESE POR IGUAL TERMINO EL PLAZO DE CIENTO OCHENTA (180) DIAS ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 17 DE LA DISPOSICION RENAR N° 417/15 A FIN DE QUE LAS ENTIDADES AUTORIZADAS A FUNCIONAR POR EL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ADECUEN A LAS PRESCRIPCIONES DE LA MISMA, LAS “INSTALACIONES COMPLETA O PARCIALMENTE BLINDADAS” QUE POSEAN.