ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 332/2012
Estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior. S/Adecuación.
Bs. As., 12/9/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº 13330-91-2012 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior dependiente de la Dirección General Impositiva.
Que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS lleva adelante un proceso permanente de evaluación organizacional, orientada por los principios de economía, eficiencia y eficacia con la firme convicción de que no existen estructuras pétreas en su organización, sino más bien, que ésta debe ser concebida con un grado de flexibilidad necesario para atender las cuestiones que generan una realidad en permanente cambio.
Que en tal sentido, para mejorar el control del comportamiento fiscal necesariamente debe procurarse su gestión primaria, así como la potenciación de la fiscalización y verificación presencial de la misma manera que la inducción sistemática al cumplimiento, resultando necesario para llevar adelante esas tareas, volcar una mayor cantidad de esfuerzos y recursos en la faz operativa del funcionamiento de la Agencia Unica Tributaria, dotándola de un esquema que permita reducir los tiempos de control de los hechos imponibles, con el objetivo final de que estos últimos sean contemporáneos a su control pertinente.
Que tales principios, así como la realidad dominante en el ámbito de la Dirección Regional Mar del Plata, indican la necesidad de conferir a la misma mayores recursos operativos tendientes a la realización de dichos controles.
Que la Dirección General Impositiva y la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior han prestado su conformidad.
Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada “Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social Nº 1”, dependiente de la Dirección Regional Mar del Plata, en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior de la Dirección General Impositiva.
ARTICULO 2° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social” dependiente de la Dirección Regional Mar del Plata y con sede en la ciudad de Bahía Blanca, pase a denominarse “Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social Nº 2”.
ARTICULO 3° — Crear DOS (2) cargos de Jefe de Sección y UN (1) cargo de Jefe de Oficina para el cupo de la Dirección Regional Mar del Plata.
ARTICULO 4° — Reemplazar en la estructura organizativa la parte pertinente de los Anexos A07, B07 y C, correspondiente a la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, por los que se aprueban por la presente.
ARTICULO 5° — La presente disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.
Efectuar, en el ámbito de su competencia, los relevamientos de personal y la verificación y control de actividades sobre contribuyentes y/o responsables con obligaciones para con el Sistema de la Seguridad Social.
Practicar, en el ámbito de su competencia, fiscalizaciones a efectos de confirmar los desvíos provenientes de las acciones realizadas y de las tareas del área de investigación.
1. Realizar en el ámbito de su competencia los relevamientos de personal, en el marco normativo del Plan Nacional de Regularización del Trabajo - PNRT, a efectos de determinar desvíos por omisión de declaración de empleados o declaración en defecto.
2. Intervenir en acciones de fiscalización masiva dentro del ámbito de su competencia, incluyendo aquellos operativos que se realicen fuera del horario habitual de la jornada laboral.
3. Ejecutar controles a través de un enfoque horizontal, por sectores o zonas, verificando el cumplimiento de las obligaciones de los recursos de la seguridad social.
4. Realizar, de acuerdo a los planes establecidos, las fiscalizaciones previsionales, en su ámbito de actuación.
5. Determinar la deuda, multas y demás accesorios en materia de los recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables verificados.
6. Entender en la recepción y despacho de la documentación que ingresa a la División, en el control formal y técnico de las actuaciones descargadas y en el destino de las mismas; y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos del área.
Disposición Nº 332/2012
Estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior. S/Adecuación.
Bs. As., 12/9/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº 13330-91-2012 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior dependiente de la Dirección General Impositiva.
Que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS lleva adelante un proceso permanente de evaluación organizacional, orientada por los principios de economía, eficiencia y eficacia con la firme convicción de que no existen estructuras pétreas en su organización, sino más bien, que ésta debe ser concebida con un grado de flexibilidad necesario para atender las cuestiones que generan una realidad en permanente cambio.
Que en tal sentido, para mejorar el control del comportamiento fiscal necesariamente debe procurarse su gestión primaria, así como la potenciación de la fiscalización y verificación presencial de la misma manera que la inducción sistemática al cumplimiento, resultando necesario para llevar adelante esas tareas, volcar una mayor cantidad de esfuerzos y recursos en la faz operativa del funcionamiento de la Agencia Unica Tributaria, dotándola de un esquema que permita reducir los tiempos de control de los hechos imponibles, con el objetivo final de que estos últimos sean contemporáneos a su control pertinente.
Que tales principios, así como la realidad dominante en el ámbito de la Dirección Regional Mar del Plata, indican la necesidad de conferir a la misma mayores recursos operativos tendientes a la realización de dichos controles.
Que la Dirección General Impositiva y la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior han prestado su conformidad.
Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada “Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social Nº 1”, dependiente de la Dirección Regional Mar del Plata, en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior de la Dirección General Impositiva.
ARTICULO 2° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social” dependiente de la Dirección Regional Mar del Plata y con sede en la ciudad de Bahía Blanca, pase a denominarse “Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social Nº 2”.
ARTICULO 3° — Crear DOS (2) cargos de Jefe de Sección y UN (1) cargo de Jefe de Oficina para el cupo de la Dirección Regional Mar del Plata.
ARTICULO 4° — Reemplazar en la estructura organizativa la parte pertinente de los Anexos A07, B07 y C, correspondiente a la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, por los que se aprueban por la presente.
ARTICULO 5° — La presente disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.
ANEXO A07
ANEXO B07
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DEL INTERIOR
DIRECCION REGIONAL - INTERIOR
(TIPO)
DIVISION FISCALIZACION DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(Corresponde a 2 unidades iguales en Mar del Plata)
ACCION
Efectuar, en el ámbito de su competencia, los relevamientos de personal y la verificación y control de actividades sobre contribuyentes y/o responsables con obligaciones para con el Sistema de la Seguridad Social.
Practicar, en el ámbito de su competencia, fiscalizaciones a efectos de confirmar los desvíos provenientes de las acciones realizadas y de las tareas del área de investigación.
TAREAS
1. Realizar en el ámbito de su competencia los relevamientos de personal, en el marco normativo del Plan Nacional de Regularización del Trabajo - PNRT, a efectos de determinar desvíos por omisión de declaración de empleados o declaración en defecto.
2. Intervenir en acciones de fiscalización masiva dentro del ámbito de su competencia, incluyendo aquellos operativos que se realicen fuera del horario habitual de la jornada laboral.
3. Ejecutar controles a través de un enfoque horizontal, por sectores o zonas, verificando el cumplimiento de las obligaciones de los recursos de la seguridad social.
4. Realizar, de acuerdo a los planes establecidos, las fiscalizaciones previsionales, en su ámbito de actuación.
5. Determinar la deuda, multas y demás accesorios en materia de los recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables verificados.
6. Entender en la recepción y despacho de la documentación que ingresa a la División, en el control formal y técnico de las actuaciones descargadas y en el destino de las mismas; y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos del área.
ANEXO C
REGIONALES DEL INTERIOR | ||
JURISDICCION ADMINISTRATIVA | CARGOS | |
SECCION | OFICINA | |
Dirección Regional Salta | 10 | 3 |
Agencia Sede Salta | 5 | 4 |
Agencia Jujuy | 3 | 1 |
Distrito San Ramón de la Nueva Orán | 0 | 1 |
Dirección Regional Tucumán | 10 | 2 |
Agencia Sede Tucumán | 5 | 4 |
Agencia Santiago del Estero | 3 | 1 |
Agencia Catamarca | 3 | 1 |
Distrito Concepción | 0 | 1 |
Dirección Regional Resistencia | 10 | 3 |
Agencia Sede Resistencia | 5 | 4 |
Agencia Formosa | 3 | 1 |
Agencia Corrientes | 3 | 1 |
Distrito Clorinda | 0 | 1 |
Distrito Pres. Roque Sáenz Peña | 0 | 2 |
Distrito Goya | 0 | 2 |
Dirección Regional Posadas | 10 | 2 |
Agencia Sede Posadas | 5 | 4 |
Distrito Eldorado | 0 | 2 |
Distrito Paso de los Libres | 0 | 1 |
Distrito Curuzú Cuatiá | 0 | 1 |
Dirección Regional Paraná | 10 | 2 |
Agencia Sede Paraná | 5 | 5 |
Distrito Concordia | 0 | 2 |
Distrito Concepción del Uruguay | 0 | 2 |
Distrito Gualeguaychú | 0 | 2 |
Distrito Gualeguay | 0 | 1 |
Dirección Regional Santa Fe | 10 | 2 |
Agencia Sede Santa Fe | 5 | 4 |
Agencia Rafaela | 3 | 1 |
Distrito Reconquista | 0 | 2 |
Distrito San Jorge | 0 | 1 |
Distrito Gálvez | 0 | 1 |
Dirección Regional Rosario I | 11 | 2 |
Agencia Sede Rosario I | 5 | 4 |
Distrito Cañada de Gómez | 0 | 2 |
Dirección Regional Rosario II | 11 | 2 |
Agencia Sede Rosario II | 5 | 4 |
Agencia Venado Tuerto | 3 | 1 |
Distrito Casilda | 0 | 2 |
Dirección Regional Córdoba | 12 | 2 |
Agencia Sede Córdoba Nº 1 | 5 | 4 |
Agencia Sede Córdoba Nº 2 | 5 | 4 |
Agencia San Francisco | 3 | 1 |
Distrito Cruz del Eje | 0 | 1 |
Distrito Villa Dolores | 0 | 1 |
Dirección Regional Río Cuarto | 10 | 2 |
Agencia Sede Río Cuarto | 5 | 4 |
Distrito Villa María | 0 | 2 |
Distrito Hernando | 0 | 2 |
Distrito Bell Ville | 0 | 2 |
Distrito Marcos Juarez | 0 | 1 |
Distrito Corral de Bustos | 0 | 1 |
Distrito La Carlota | 0 | 1 |
Distrito Laboulaye | 0 | 2 |
Dirección Regional San Juan | 10 | 2 |
Agencia Sede San Juan | 5 | 4 |
Agencia La Rioja | 3 | 1 |
Distrito Chilecito | 0 | 1 |
Dirección Regional Mendoza | 11 | 2 |
Agencia Sede Mendoza Nº 1 | 5 | 4 |
Agencia Sede Mendoza Nº 2 | 5 | 4 |
Agencia San Luis | 3 | 1 |
Distrito San Martín | 0 | 2 |
Distrito Villa Mercedes | 0 | 2 |
Distrito San Rafael | 0 | 2 |
Distrito General Alvear | 0 | 1 |
Dirección Regional Junín | 10 | 2 |
Agencia Sede Junín | 5 | 5 |
Agencia Santa Rosa | 3 | 1 |
Distrito Chacabuco | 0 | 2 |
Distrito Lincoln | 0 | 1 |
Distrito General Villegas | 0 | 1 |
Distrito 9 de Julio | 0 | 2 |
Distrito General Pico | 0 | 2 |
Distrito Pehuajó | 0 | 1 |
Distrito Trenque Lauquen | 0 | 1 |
Distrito Bolívar | 0 | 1 |
Distrito Olavarría | 0 | 2 |
Distrito Carhué | 0 | 1 |
Distrito Coronel Suárez | 0 | 1 |
Distrito Coronel Pringles | 0 | 1 |
Dirección Regional Mercedes | 10 | 2 |
Agencia Sede Mercedes | 5 | 4 |
Agencia Pergamino | 3 | 1 |
Agencia Luján | 3 | 1 |
Agencia Zárate | 3 | 1 |
Agencia Pilar | 3 | 1 |
Distrito San Nicolás | 0 | 2 |
Distrito San Pedro | 0 | 1 |
Distrito Chivilcoy | 0 | 2 |
Distrito Bragado | 0 | 1 |
Dirección Regional La Plata | 10 | 2 |
Agencia Sede La Plata Nº 1 | 5 | 4 |
Agencia Sede La Plata Nº 2 | 5 | 4 |
Distrito Cañuelas | 0 | 2 |
Distrito 25 de Mayo | 0 | 1 |
Distrito Chascomús | 0 | 1 |
Distrito Las Flores | 0 | 1 |
Distrito Dolores | 0 | 1 |
Dirección Regional Mar del Plata | 13 | 3 |
Agencia Sede Mar del Plata Nº 1 | 5 | 4 |
Agencia Sede Mar del Plata Nº 2 | 5 | 4 |
Agencia Bahía Blanca | 3 | 1 |
Agencia Tandil | 3 | 2 |
Distrito Azul | 0 | 1 |
Distrito Balcarce | 0 | 1 |
Distrito Tres Arroyos | 0 | 2 |
Distrito Necochea | 0 | 2 |
Distrito Pinamar | 0 | 2 |
Dirección Regional Neuquén | 10 | 2 |
Agencia Sede Neuquén | 5 | 4 |
Agencia General Roca | 3 | 1 |
Agencia San Carlos de Bariloche | 3 | 1 |
Agencia Viedma | 3 | 1 |
Distrito Zapala | 0 | 1 |
Distrito Esquel | 0 | 1 |
Dirección Regional Comodoro Rivadavia | 10 | 2 |
Agencia Sede Comodoro Rivadavia | 5 | 4 |
Agencia Trelew | 3 | 1 |
Distrito Caleta Olivia | 0 | 1 |
Distrito Puerto Madryn | 0 | 1 |
Dirección Regional Río Gallegos | 10 | 2 |
Agencia Sede Río Gallegos | 5 | 4 |
Agencia Ushuaia | 3 | 1 |
Distrito Río Grande | 0 | 1 |
TOTAL DE CARGOS EN DIRECCIONES REGIONALES DEL INTERIOR | 379 | 246 |
e. 19/09/2012 N° 96327/12 v. 19/09/2012