ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ARANCEL
Resumen:
ESTABLECER EL ARANCEL PREVISTO EN EL ARTICULO 1° DE LA DISPOSICION N° 115 (AFIP) DEL 25 DE FEBRERO DE 1998 Y SU MODIFICATORIA, EN CONCEPTO DE TRAMITACION Y CONTESTACION DE OFICIOS Y PEDIDOS DE INFORMES, MEDIANTE LOS CUALES SE SOLICITE INFORMACION, DATOS, ANTECEDENTES, ETCETERA, OBRANTES EN ARCHIVOS, REGISTROS, BASES DE DATOS Y/O CUALQUIER FUENTE DE INFORMACION PROVENIENTE DE ESTE ORGANISMO, EN LA SUMA DE PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 350.-).
Observaciones:
ABROGADA POR ARTICULO 5° DE LA DISPOSICION N° 106/2021 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS B.O. 20/07/2021 PAGINA 29, VIGENCIA: EL PRIMER DIA HABIL DEL MES POSTERIOR AL DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL.