DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
PASO FRONTERIZO IGUAZU FOZ DE IGUAZU - SUSPENDASE INGRESO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
30-Mar-2020
Resumen:
SUSPENDASE EN FORMA TRANSITORIA, EL INGRESO AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA DE LA SUBCATEGORIA “TRIPULANTES DEL TRANSPORTE INTERNACIONAL” ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 24 DE LA LEY N° 25.871 A TRAVES DEL PASO FRONTERIZO IGUAZU – FOZ DE IGUAZU (TANCREDO NEVES) HASTA EL 31 DE MARZO DEL CORRIENTE AÑO INCLUSIVE, UTILIZANDOSE PARA TAL FIN CUALQUIER OTRO PASO INTERNACIONAL HABILITADO QUE PERMITA LA OPERACION DE CARGAS. DICHO PLAZO PODRA SER AMPLIADO O ABREVIADO CONFORME A LA EVOLUCION DE LA SITUACION EPIDEMIOLOGICA