Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS


MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS

Disposición 13-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 29/03/2017

VISTO el Expediente identificado como EXP-2017-03646285-SSRH#MI del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AYSA) ha puesto a consideración de esta Subsecretaría de Recursos Hídricos una propuesta tarifaria que reúne elementos consistentes con la producción de un régimen de aplicación de normas tarifarias cuyo acento se vincula con el consumo de los usuarios y con su capacidad de pago.

Que teniendo en cuenta la necesidad de analizar los efectos de corto y largo plazo de la propuesta tarifaria presentada, resulta necesario evitar medidas que pudieran alterar su implementación.

Que mediante Artículo 5° de la Disposición SSRH N° 62/2016 actualmente vigente, para los usuarios cuyos inmuebles se localizan en áreas de Coeficientes Zonales 1,45; 1,30 y 1,10 se había dispuesto la aplicación de un descuento en las facturas por servicios básicos del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) a partir del 1° de Abril de 2016 y hasta el 31 de Marzo de 2017.

Que el mantenimiento de la mencionada disposición determina la modificación de las facturas de los usuarios a partir del 1° de abril de 2017, momento en el cual aún estaría bajo análisis una nueva propuesta tarifaria.

Que hasta la finalización del análisis y adopción de una decisión respecto de la propuesta tarifaria mencionada resulta conveniente mantener el régimen de facturación actualmente vigente.

Que han intervenido el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) y la AGENCIA DE PLANIFICACION (APLA) según lo establecido en las normas aplicables y conforme sus propias competencias, emitiendo los informes correspondientes en orden a lo solicitado.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio también ha tomado la intervención correspondiente

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20 del Marco Regulatorio y Artículo 16 y concordantes del “Anexo E RÉGIMEN TARIFARIO”, de dicho Marco, aprobado por Ley N° 26.221.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° - Manténgase a partir del 1° de abril de 2017 una reducción del Veinticinco por ciento (25%) al valor definido en el Artículo 1° de la Disposición SSRH N° 62/2016 para los usuarios cuyos inmuebles se localizan en áreas de Coeficientes Zonales 1,45; 1,30 y 1,10.

ARTÍCULO 2° - Encomiéndase al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) el control y la regulación de la implementación y del desarrollo de lo dispuesto en la presente.

ARTÍCULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Pablo Jose Bereciartua.

e. 31/03/2017 N° 19960/17 v. 31/03/2017
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