ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
REGIMEN ECONOMICO FINANCIERO
Resumen:
DETERMINAR QUE LA DIRECCION DE COMPRAS DEPENDIENTE DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION FINANCIERA, LAS DIRECCIONES REGIONALES IMPOSITIVAS Y ADUANERAS Y LA DIVISION SERVICIO ADMINISTRATIVO INTEGRADO DEPENDIENTE DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS, QUEDEN COMPRENDIDAS EN EL REGIMEN ECONOMICO FINANCIERO Y COMO UNIDADES CON CAPACIDAD DE CONTRATACION. DEJAR SIN EFECTO LA DISPOSICION N° 538 (AFIP) DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2005, LA DISPOSICION N° 14 (AFIP) DEL 9 DE ENERO DE 2015 Y LA DISPOSICION N° 271 (AFIP) DEL 9 DE AGOSTO DE 2016 Y SU NORMA MODIFICATORIA.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - DISPOSICION N° 538/2005 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL. ABROGADA POR EL ARTICULO 15 DE LA DISPOSICION 71 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, B.O. 09/03/2020, PAGINA 67.