EDICTOS JUDICIALES
PUBLICACION DE EDICTOS JUDICIALES EN LA CAPITAL FEDERAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
13-Dic-1957
Resumen:
ESTABLECESE QUE A PARTIR DE LOS 90 DIAS DE LA PUBLICACION DEL PRESENTE DECRETO, LA PUBLICACION DE EDICTOS JUDICIALES EN LA CAPITAL FEDERAL SE HARA EN LOS DIARIOS QUE FIGUREN INSCRIPTOS EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE CONFECCIONARA LA CORTE SUPREMA.