Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


CONVENIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEO

Decreto 977/2001

Danse por aprobados los Convenios celebrados entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales adheridos y los representantes empresariales y sindicales de diversos sectores de la economía, en el marco de la Ley N° 25.414.

Bs. As., 31/7/2001

VISTO los CONVENIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEO, suscriptos en el marco de la Ley N° 25.414, entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales adheridos y los representantes empresariales y sindicales de diversos sectores de la economía, y

CONSIDERANDO:

Que en los referidos Convenios, celebrados con el objeto de mejorar la competitividad nacional e internacional del sistema productivo argentino, cada una de las partes asumió una serie de compromisos, a fin de crear las condiciones favorables a la inversión y al empleo y contribuir a la paz social.

Que, asimismo, el Gobierno Nacional se comprometió a propiciar políticas activas, tendientes a reactivar la producción y estimular la creación de puestos de trabajo.

Que, en esta instancia, corresponde dar por aprobados los convenios de que se trata, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos tenidos en cuenta al momento de su celebración.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 1° de la Ley N° 25.414.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Danse por aprobados, a partir de las fechas de su suscripción, los CONVENIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEO, celebrados en el marco de la Ley N° 25.414, entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales adheridos y los representantes empresariales y sindicales de diversos sectores de la economía, los cuales, en copia autenticada, forman parte integrante del presente decreto como Anexo.

Art. 2° — El acceso total o parcial a los beneficios acordados en los Convenios aprobados por el presente decreto, por parte de cada empresa, estará condicionado por la incidencia que para ella tenga la actividad prevista en los mismos.

A tales efectos, los Organismos competentes del PODER EJECUTIVO NACIONAL, fijarán los límites para el acceso a cada uno de los beneficios y la proporción en que se gozará de cada uno de ellos, de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Domingo F. Cavallo. — Patricia Bullrich.

ANEXO

CONVENIOS PARA MEJORAR LA

COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE

EMPLEO

PARTES:

— ESTADO NACIONAL

— ESTADOS PROVINCIALES

— ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y HORTALIZAS DE SALTA (APFHS)

— CAMARA FRUTIHORTICOLA DE JUJUY (CFI)

— ASOCIACION DE PRODUCTORES FRUTIHORTICOLAS DE FORMOSA (APFF)

— UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE)

— ASOCIACION DE PLANTADORES DEL NORDESTE

— ASOCIACION DE PRODUCTORES DE LA ZONA CENTRO DE MISIONES

— ASOCIACION DE PRODUCTORES DE LA ZONA SUR DE MISIONES

— ASOCIACION RURAL YERBATERA ARGENTINA

— CENTRO AGRARIO YERBATERO ARGENTINO

— FEDERACION DE COOPERATIVAS AGRICOLAS DE CORRIENTES

— FEDERACION DE COOPERATIVAS AGRICOLAS DE MISIONES

— MOVIMIENTO AGRARIO DE MISIONES

— UNION DE AGRICULTORES MISIONEROS

— ASOCIACION SECADEROS ALTO PARANA

— ASOCIACION SECADEROS DE YERBA MATE

— COOPERATIVA LAS TUNAS – SECADEROS ZONA SUR

— CAMARA DE MOLINEROS DE YERBA MATE DE LA ZONA PRODUCTORA

— FEDERACION DE MOLINEROS DE YERBA

— ASOCIACION TUCUMANA DEL CITRUS

— FEDERACION ARGENTINA DEL CITRUS

— ASOCIACION DE VIÑATEROS DE MENDOZA

— ASOCIACION VITIVINICOLA ARGENTINA

— CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES Y EXPORTADORES DE MOSTO

— CAMARA DE BODEGUEROS DE SAN JUAN

— CAMARA DE BODEGUEROS DEL OESTE RIOJANO

— CAMARA DE COMERCIO EXTERIOR DE SAN JUAN

— CAMARA RIOJANA DE PRODUCTORES AGRICOLAS

— CAMARA VITIVINICOLA DE SAN JUAN

— CENTRO DE BODEGUEROS DE MENDOZA

— CENTRO DE BODEGUEROS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

— CENTRO DE VIÑATEROS Y BODEGUEROS DEL ESTE

— FEDERACION DE COOPERATIVAS VITIVINICOLAS ARGENTINAS (FECOVITA)

— FEDERACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS DE RIO NEGRO Y NEUQUEN

— UNION VITIVINICOLA ARGENTINA

— FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES

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