ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 863/2021
DCTO-2021-863-APN-PTE - Decreto N° 740/2021. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-117683153-APN-DSGA#SLYT, el Decreto N° 740 del 28 de octubre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que se ha advertido que en el decreto citado en el Visto se ha deslizado un error material involuntario.
Que en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017 se establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.
Que atento lo indicado precedentemente, corresponde rectificar el error material involuntario referido.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 740/21 por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I –Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría- aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, por el siguiente:
“VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
· SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NACIONALES
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR
· SUBSECRETARÍA LEGAL
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
· SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR
· SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE AMÉRICA LATINA
SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
· SUBSECRETARÍA DEL MERCOSUR Y NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
· SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL COMERCIO E INVERSIONES
· SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS MULTILATERALES Y BILATERALES
SECRETARÍA DE CULTO”.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur
Decreto 863/2021
DCTO-2021-863-APN-PTE - Decreto N° 740/2021. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-117683153-APN-DSGA#SLYT, el Decreto N° 740 del 28 de octubre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que se ha advertido que en el decreto citado en el Visto se ha deslizado un error material involuntario.
Que en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017 se establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.
Que atento lo indicado precedentemente, corresponde rectificar el error material involuntario referido.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 740/21 por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I –Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría- aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, por el siguiente:
“VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
· SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NACIONALES
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR
· SUBSECRETARÍA LEGAL
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
· SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR
· SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE AMÉRICA LATINA
SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
· SUBSECRETARÍA DEL MERCOSUR Y NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
· SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL COMERCIO E INVERSIONES
· SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS MULTILATERALES Y BILATERALES
SECRETARÍA DE CULTO”.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur
e. 21/12/2021 N° 99108/21 v. 21/12/2021