Ministerio de Economía
CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO
DECRETO N° 8.541.
Coordinación de los programas relacionados con la Alianza para el Progreso.
Bs. As., 22/8/62.
VISTO: El Decreto N° 7.290/61, que crea el Consejo Nacional de Desarrollo como organismo de la Presidencia de la Nación, y
CONSIDERANDO:
Que la Alianza para el Progreso representa la oportunidad continental para intensificar el ritmo de desarrollo a través de una acción cooperativa que hará viable la mejor utilización de los recursos disponibles;
Que la Carta de Punta del Este ha instituido mecanismos de acción inmediata para alcanzar los objetivos que se establezcan en los respectivos programas nacionales;
Que siendo el Consejo Nacional de Desarrollo el organismo natural encargado de la preparación y formulación de tales programas, es conveniente que el mismo coordine los procedimientos para la acción en este campo;
Por ello,
El Presidente de la Nación Argentina,
Decreta:
Artículo 1° — Desígnase al Vicepresidente del Consejo Nacional de Desarrollo representante de la República Argentina para la coordinación de los programas relacionados con la Alianza para el Progreso.
Art. 2° — El representante designado mantendrá contacto con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en lo referente a las relaciones con Gobiernos extranjeros y organismos internacionales.
Art. 3° — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y de Relaciones Exteriores y Culto.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese.
GUIDO. — Alvaro C. Alsogaray. Bonifacio Del Carril.