IMPUESTOS INTERNOS
ALICUOTA - REDUCCION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
28-Ene-1993
Resumen:
REDUCESE AL 64 POR CIENTO LA ALICUOTA ESTABLECIDA EN LOS INC. A), B) Y C) DEL ART. 23 DE LA LEY DE IMPUESTOS INTERNOS, TEXTO ORDENADO EN 1979 Y SUS MODIFICATORIOS.
Observaciones:
ABROGADO POR ART. 3º DEL DECRETO Nº 105/1995 - B.O. 30/01/1995