CONVENIOS
Decreto 775/2014
Acta complementaria del Convenio de transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social. Aprobación.
Bs. As., 26/5/2014
VISTO el Expediente Nº 024-99-814803607-796 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nros. 24.241, 24.463, 26.417 y 26.425 y sus respectivas modificatorias y el Decreto Nº 63 de fecha 23 de enero de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 63 de fecha 23 de enero de 1997 se ratificó el CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS AL ESTADO NACIONAL celebrado entre la PROVINCIA DE SAN LUIS y el ESTADO NACIONAL a través de los entonces MINISTERIOS DEL INTERIOR, DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL en fecha 18 de setiembre de 1996.
Que, en el marco de dicho Convenio y en fecha 18 de diciembre de 2013 se suscribió el ACTA COMPLEMENTARIA del CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS AL ESTADO NACIONAL suscripta entre la PROVINCIA DE SAN LUIS y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y por la cual se estableció que los Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia que hayan ejercido o ejercieran los cargos detallados en el Anexo Unico de dicha Acta, podrán obtener el beneficio jubilatorio según las normas y requisitos tipificados en los artículos 8° a 17 y 26 a 33 de la Ley Nº 24.018 y los que se señalan en el Acta referida.
Que deviene necesario facultar a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para la elaboración de las disposiciones aclaratorias necesarias para la implementación del acuerdo, por cuanto es el organismo público que interviene en el otorgamiento de las jubilaciones y pensiones.
Que por todo lo expuesto, corresponde aprobar el ACTA COMPLEMENTARIA del CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS AL ESTADO NACIONAL suscripta entre la PROVINCIA DE SAN LUIS y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), en fecha 18 de diciembre de 2013.
Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el ACTA COMPLEMENTARIA del CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA PROVINCIAL DE PREVISION SOCIAL rubricado entre la PROVINCIA DE SAN LUIS y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el 18 de diciembre de 2013, protocolizada bajo el número 047 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), que como Anexo forma parte integrante del presente.
Art. 2° — Facúltase a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) a emitir las normas aclaratorias necesarias para la efectiva instrumentación del Acta aprobada por el ARTICULO 1° del presente Decreto.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.
______
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Decreto 775/2014
Acta complementaria del Convenio de transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social. Aprobación.
Bs. As., 26/5/2014
VISTO el Expediente Nº 024-99-814803607-796 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nros. 24.241, 24.463, 26.417 y 26.425 y sus respectivas modificatorias y el Decreto Nº 63 de fecha 23 de enero de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 63 de fecha 23 de enero de 1997 se ratificó el CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS AL ESTADO NACIONAL celebrado entre la PROVINCIA DE SAN LUIS y el ESTADO NACIONAL a través de los entonces MINISTERIOS DEL INTERIOR, DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL en fecha 18 de setiembre de 1996.
Que, en el marco de dicho Convenio y en fecha 18 de diciembre de 2013 se suscribió el ACTA COMPLEMENTARIA del CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS AL ESTADO NACIONAL suscripta entre la PROVINCIA DE SAN LUIS y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y por la cual se estableció que los Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia que hayan ejercido o ejercieran los cargos detallados en el Anexo Unico de dicha Acta, podrán obtener el beneficio jubilatorio según las normas y requisitos tipificados en los artículos 8° a 17 y 26 a 33 de la Ley Nº 24.018 y los que se señalan en el Acta referida.
Que deviene necesario facultar a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para la elaboración de las disposiciones aclaratorias necesarias para la implementación del acuerdo, por cuanto es el organismo público que interviene en el otorgamiento de las jubilaciones y pensiones.
Que por todo lo expuesto, corresponde aprobar el ACTA COMPLEMENTARIA del CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS AL ESTADO NACIONAL suscripta entre la PROVINCIA DE SAN LUIS y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), en fecha 18 de diciembre de 2013.
Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el ACTA COMPLEMENTARIA del CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA PROVINCIAL DE PREVISION SOCIAL rubricado entre la PROVINCIA DE SAN LUIS y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el 18 de diciembre de 2013, protocolizada bajo el número 047 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), que como Anexo forma parte integrante del presente.
Art. 2° — Facúltase a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) a emitir las normas aclaratorias necesarias para la efectiva instrumentación del Acta aprobada por el ARTICULO 1° del presente Decreto.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).