ZONAS DE DESASTRE
MEDIDAS DE CARACTER FINANCIERO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
18-Jun-1998
Resumen:
ADOPTANSE MEDIDAS DE CARACTER FINANCIERO PAR LA ATENCION DE LA SITUACION DE EMERGENCIA PRODUCIDA EN LAS PROVINCIAS Y/O REGIONES AFECTADAS POR INUNDACIONES, INCLEMENCIAS CLIMATICAS Y DESASTRES NATURALES. AMPLIANSE LAS FACULTADES OTORGADAS AL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS POR EL ART. 5ª DE LA LEY Nª 24.959.-