PREVISION SOCIAL
JUBILACION ORDINARIA PROPIETARIOS DE AUTOMOVILES DE ALQUILER
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
18-Dic-1973
Resumen:
TENDRAN DERECHO A LA JUBILACION ORDINARIA CON SESENTA (60) AÑOS DE EDAD Y TREINTA (30) AÑOS DE ACTIVIDAD, LOS PROPIETARIOS DE AUTOMOVILES DE ALQUILER QUE EXPLOTEN PERSONALMENTE Y EN FORMA HABITUAL SUS VEHICULOS.