Ministerio de Cultura y Educación
UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE MAR DEL PLATA
Decreto N° 605/1970
Inclúyese en su plan de estudios la carrera de psicología y el Curso de doctorado en psicología.
Bs. As., 12/8/70.
VISTO las constancias del Expediente número 56.540/68 del Registro del Ministerio de Cultura y Educación y lo aconsejado por dicho Departamento de Estado en el Expediente número 79.904/69, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.351/70 obrante en el Expediente N° 56.540/68, se autoriza a la Universidad Provincial de Mar del Plata a funcionar bajo el régimen de la Ley 17.778;
Que en la nómina contenida en el artículo 2° del citado decreto, por el que se aprueban en su estructura general los planes de estudios en el establecimiento, no se menciona la carrera de Psicología;
Que la Universidad Provincial de Mar del Plata, por nota del 14 de abril del corriente año, solicita la inclusión de dicha carrera y sus correspondientes título y grados, medida sin duda procedente, atento el dictamen producido por la Dirección Nacional de Altos Estudios y, obrante a fs. 3103:3109 del Expediente N° 56.540/68;
Que el Ministerio de Cultura y Educación aconseja proceder de conformidad con el pedido efectuado;
Que la medida se encuadra en las disposiciones de la Ley N° 17.778 y del Decreto N° 1.617/69:
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° - Inclúyase la carrera de Psicología y el Curso de Doctorado en Psicología e la nómina contenida en el artículo 2° de Decreto N° 1.351/70, por el que se autoriza a la Universidad Provincial de Mar del Plata a funcionar bajo el régimen de la Ley N° 17.778.
Art. 2° - Comuníquese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE MAR DEL PLATA
Decreto N° 605/1970
Inclúyese en su plan de estudios la carrera de psicología y el Curso de doctorado en psicología.
Bs. As., 12/8/70.
VISTO las constancias del Expediente número 56.540/68 del Registro del Ministerio de Cultura y Educación y lo aconsejado por dicho Departamento de Estado en el Expediente número 79.904/69, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.351/70 obrante en el Expediente N° 56.540/68, se autoriza a la Universidad Provincial de Mar del Plata a funcionar bajo el régimen de la Ley 17.778;
Que en la nómina contenida en el artículo 2° del citado decreto, por el que se aprueban en su estructura general los planes de estudios en el establecimiento, no se menciona la carrera de Psicología;
Que la Universidad Provincial de Mar del Plata, por nota del 14 de abril del corriente año, solicita la inclusión de dicha carrera y sus correspondientes título y grados, medida sin duda procedente, atento el dictamen producido por la Dirección Nacional de Altos Estudios y, obrante a fs. 3103:3109 del Expediente N° 56.540/68;
Que el Ministerio de Cultura y Educación aconseja proceder de conformidad con el pedido efectuado;
Que la medida se encuadra en las disposiciones de la Ley N° 17.778 y del Decreto N° 1.617/69:
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° - Inclúyase la carrera de Psicología y el Curso de Doctorado en Psicología e la nómina contenida en el artículo 2° de Decreto N° 1.351/70, por el que se autoriza a la Universidad Provincial de Mar del Plata a funcionar bajo el régimen de la Ley N° 17.778.
Art. 2° - Comuníquese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LEVINGSTON.
José L. Cantini.
Eduardo F. Mc Loughlin.
José L. Cantini.
Eduardo F. Mc Loughlin.