SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL
LEY N° 17751 - NORMA COMPLEMENTARIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Oct-1968
Resumen:
LA SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA DETERMINARA CUALES SERAN LOS PRODUCTOS FORMULADOS A QUE SE REFIERE LA LEY N° 17.751 QUE DEBAN SER EXPROPIADOS POR NO PODER DESTINARSE A OTROS USOS ACEPTADOS. LA CITADA SECRETARIA FIJARA EL JUSTO PRECIO DE EXPROPIACION DE LOS PRODUCTOS INTERVENIDOS.