Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 59/99

Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Culto.

Bs. As., 29/1/99

B.O.: 4/2/99

VISTO el Decreto N° 905 del 4 de agosto de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se transfirió la SECRETARIA DE CULTO del ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO al ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que resulta necesario dotar a la SECRETARIA DE CULTO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION de una Estructura Organizativa que le permita la consecución de las acciones encomendadas.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 13° del Decreto N° 977 del 6 de julio de 1995.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Apruébase la Estructura Organizativa de la SECRETARIA DE CULTO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, conforme al organigrama, responsabilidades primarias y acciones y cargos que como Anexos I, II, IIIa y IIIb, respectivamente, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 2°-Facúltase a la SECRETARIA DE CULTO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION a cubrir en forma interina los cargos vacantes existentes en la estructura organizativa que se aprueba por el artículo 1° del presente acto por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, hasta tanto se sustancien los concursos previstos por el Decreto N° 993/91 (T.O. 1995). Dichas designaciones caducan indefectiblemente al vencimiento del plazo establecido o cuando asuma el titular del cargo concursado, en caso de producirse tal circunstancia con anterioridad.

Art. 3°-El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a las partidas específicas de la Jurisdicción 20-01 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Programa 27 - Registro y Sostenimiento de Cultos.

Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Alberto J. Mazza.

ANEXO I

Organigrama

ANEXO II

SECRETARIA DE CULTO

SUBSECRETARIA DE CULTO

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES CON LA IGLESIA CATOLICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar y ejecutar los políticas fijadas por el Secretario de Culto, en todo lo atinente a las relaciones institucionales del Estado con la Iglesia Católica Apostólica Romana, sus Autoridades, los Institutos de Vida Consagrada, asociaciones seglares, así como con cualquier persona eclesiástica e intervenir en el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento de culto católico.

ACCIONES

1. Intervenir en todos los trámites y peticiones que realice la Iglesia Católica y las personas jurídicas, movimientos, organizaciones que la integran, así como en las actividades generadas desde la misma, ante los poderes públicos nacionales, provinciales o municipales.

2. Supervisar el funcionamiento del Registro de Institutos del Vida Consagrada y asesorar al Secretario de Culto sobre las propuestas de erección de nuevas circunscripciones eclesiásticas o modificaciones de las ya existentes.

3. Intervenir en los trámites referidos al ingreso en la República, la prórroga de su permanencia y la radicación definitiva de clérigos, religiosos o seglares católicos.

4. Intervenir en la entrega de las credenciales eclesiásticas y la legalización de las firmas de los documentos emanados de las autoridades de la Iglesia Católica en la República.

5. Intervenir en el otorgamiento y pago de los beneficios otorgados por las leyes 21.540; 21.950; 22.162; 22.430 y 22.950.

6. Intervenir y coordinar la promoción de las relaciones institucionales del Estado con los movimientos laicales que desarrollan actividades en el país.

7. Intervenir y coordinar las relaciones institucionales del Estado con las diversas actividades organizadas por la Iglesia Católica.

8. Proponer las medidas de cooperación necesarias para asegurar la armonía entre el estado y la iglesia Católica.

9. Intervenir en los casos en que cualquier acción u omisión del Estado Nacional, Provincial o Municipal pudiera perjudicar la autonomía de la Iglesia Católica o colocar al Estado en situación de incumplimiento de los deberes asumidos ante la misma.

SECRETARIA DE CULTO

SUBSECRETARIA DE CULTO

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Analizar y tramitar las solicitudes de reconocimiento de las iglesias, comunidades y confesiones religiosas existentes en Argentina y desarrollar y ejecutar las políticas fijadas por el Secretario de Culto en relación a ellas.

ACCIONES

1. Tramitar el ingreso a la República, la prórroga de permanencia y la radicación definitiva de los pastores, ministros o dirigentes de las iglesias, confesiones o comunidades religiosas registradas.

2. Intervenir en todos los trámites y peticiones que realicen las iglesias, confesiones y comunidades religiosas ante los poderes públicos.

3. Extender la documentación que acredite el reconocimiento de iglesias, comunidades o confesiones religiosas, así como de sus sedes, filiales y autoridades.

4. Intervenir en toda gestión ante la autoridad pública promovida por personas o entidades que no pertenezcan a la Iglesia Católica Apostólica Romana en Relación a la actividad religiosa que desarrollan.

5. Tramitar el ingreso a la República, la prórroga de permanencia y la radicación definitiva de pastores, ministros o dirigentes de las asociaciones religiosas registradas

6. Extender la documentación que acredite a las entidades inscriptas en el registro haber cumplido con los requisitos legales establecidos, otorgándoles el comprobante de inscripción para sus sedes centrales, los certificados para sus locales filiales y registrar las firmas de sus autoridades.

7. Legalizar las firmas de los documentos expedidos por las iglesias y asociaciones religiosas registradas.

8. Informar al Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos en cumplimiento de las reglamentaciones vigentes las entidades religiosas que soliciten exenciones impositivas.

9. Tramitar solicitudes de permiso presentadas por las asociaciones religiosas inscriptas para realizar reuniones públicas fuera de los lugares expresamente reconocidos.

SECRETARIA DE CULTO

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS Y DESPACHO

ACCIONES

1. Dictaminar sobre los proyectos de leyes, decretos y resoluciones y sobre demás cuestiones jurídicas que se sometan a su consideración.

2. Redactar o colaborar en la redacción de los proyectos de leyes y decretos, como así también de otros actos administrativos que le requiera la Superioridad.

3. Intervenir en la sustanciación de recursos y denuncias administrativas.

4. Llevar un registro actualizado de normas legales reglamentarias, dictámenes y material jurisprudencial que resulte de interés para la Secretaría y mantener un archivo sistematizado de los Boletines Oficiales como fuente informativa y de consulta.

5. Llevar un registro actualizado de los dictámenes que se produzcan en todas aquellas áreas de la Administración Pública que puedan resultar de interés general o de competencia específica para la Secretaría.

6. Suministrar a las distintas áreas de la Secretaría la información jurídica que se precise para el mejor desempeño de sus funciones.

7. Atender el despacho de la documentación y protocolizar los actos administrativos de la Secretaría, autenticar, archivar y custodiar los ejemplares originales.

8. Orientar el trámite de la documentación, elaborando los informes, providencias y notas correspondientes, así como instar el mismo en los asuntos cuya atención y vigilancia le sean expresamente encomendados.

ANEXO IIIa

PLANTA PERMANENTE

JURISDICCION: 20 - 01 SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

ENTIDAD: SECRETARIA DE CULTO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

ESCALAFON: DECRETO N° 993/91

Actividad Presupuestaria

01 - 02

Descripción de la actividad Registro y Sostenimiento Cultos

Unidad Organizativa

SECRETARIA DE CULTO

Dirección de Asuntos

Jurídicos y Despacho

A

B

 

 

1

C

 

 

1

D

 

 

-

E

 

 

2

F

 

 

-

Subtotal

 

 

4

.

.

SUBSECRETARIA DE

CULTO

Dirección Nacional de

Relaciones Institucionales

con la Iglesia Católica

 

 

 

 

1

 

 

 

 

1

 

 

 

 

2

 

 

 

 

-

 

 

 

 

3

 

 

 

 

-

 

 

 

 

7

.

.

Dirección General del

Registro Nacional de Cultos

 

1

 

1

 

2

 

-

 

2

 

-

 

6

TOTAL

.

.

2

3

5

-

7

-

17

ANEXO IIIb

JURISDICCION: 20 - 01 SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

ENTIDAD: SECRETARIA DE CULTO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

ESCALAFON: 600 PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION

Actividad

01

Descripción de

la actividad

Registro y

Sostenimiento

de Cultos

Unidad Organizativa

SECRETARIA DE

CULTO

 

1

1

 

1

 

1

Personal del Servicio Exterior

Ministro Plenipotenciario de Primera Clase

Consejero de Embajada y Cónsul General - Consejero

Económico y Comercial

Secretario de Embajada y Cónsul de la Clase

Secretario Comercial de 1° Clase

Secretario de Embajada y Cónsul de 2a Clase

Secretario Comercial de 2a Clase

TOTAL

4

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