ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 585/2018
Modificación. Decreto N° 174/2018.
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-29904876-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y Nº 575 de fecha 21 de junio de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 y modificatorios se aprobó, entre otros aspectos, el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional hasta nivel de Subsecretaría estableciendo sus respectivas competencias.
Que a través del Decreto Nº 575/18 se suprimió el MINISTERIO DE FINANZAS, concentrando sus competencias en el MINISTERIO DE HACIENDA.
Que, asimismo, por el referido Decreto se transfirieron las competencias relativas a la política minera del ámbito del entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGIA, a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que como consecuencia de dicha modificación, resulta pertinente modificar el artículo 6° del Decreto Nº 1344/07 en relación al Órgano Responsable de la coordinación de los Sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional.
Que, por otra parte, resulta necesario realizar modificaciones en los objetivos de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a fin de excluir su intervención en los aspectos relativos a la normatización y registración de productos y establecimientos elaboradores de alimentos.
Que, en virtud de las nuevas conformaciones ministeriales, resulta necesario adecuar el Decreto Nº 174/18 y modificatorios.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Suprímese, del Anexo I del artículo 1º, del Anexo II del artículo 2º, del Anexo III del artículo 3º y del Anexo IV del artículo 4º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el APARTADO IX, correspondiente al ex MINISTERIO DE FINANZAS.
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, por el siguiente:
“VIII. - MINISTERIO DE HACIENDA
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NORMATIVOS
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE REGULACIÓN FINANCIERA
SECRETARÍA DE HACIENDA
- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA
SECRETARÍA DE FINANZAS
- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y SERVICIOS FINANCIEROS
SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA”
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada- aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por el siguiente:
“X- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y PLANEAMIENTO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE INDUSTRIA
- SUBSECRETARÍA DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SECRETARÍA DE COMERCIO
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
- SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA”
ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado XXIV, correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, por el siguiente:
“XXIV - MINISTERIO DE ENERGÍA
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURIFEROS
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
- SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA ENERGÉTICA”
ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese, del Anexo II –Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, conforme al detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-30220670- APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 6º.- Suprímense, del Anexo II –Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, en el Apartado XXIV correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, los Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO, de la SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA y de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA MINERA.
ARTÍCULO 7º.- Incorpóranse al Anexo II –Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, en el Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, los Objetivos de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA y de sus dependientes SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO y SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA, conforme al detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-30221683-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 8º.- Sustitúyense, del Anexo III - Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, el Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y el Apartado XXIV, correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, por los obrantes en planilla anexa al presente artículo (IF-2018-30222789-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 9º.-Sustitúyense, del Anexo IV – Conformación Organizativa de la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 4º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, el Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y el Apartado XXIV, correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, por los obrantes en planillas anexas al presente artículo (IF-2018-30223571-APN-DNDO#JGM, IF-2018-30224291-APN-DNDO#JGM e IF-2018-30225144-APN-DNDO#JGM), que forman parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 10.- Sustitúyese, del Anexo II –Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, en el Apartado XI, correspondiente al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en la parte correspondiente a la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA, el Objetivo 5, por el siguiente: “5. Coordinar la actualización del Código Alimentario Argentino, así como el desarrollo y organización de la Comisión Nacional de Alimentos, de acuerdo a las competencias establecidas en la normativa vigente.”
ARTÍCULO 11.- Sustitúyese el Apartado I del Artículo 6° del Anexo al Decreto 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“I. Las funciones de Órgano Responsable de la coordinación de los sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas conjuntamente por la SECRETARÍA DE HACIENDA y la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del MINISTERIO DE HACIENDA.”
ARTÍCULO 12.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría del ex MINISTERIO DE FINANZAS, del MINISTERIO DE HACIENDA, del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 13.-Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente.
ARTÍCULO 14.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del dictado de la medida.
ARTÍCULO 15.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
MINISTERIO DE HACIENDA
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
OBJETIVOS
1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.
2. Entender en la coordinación de las relaciones institucionales con Organismos y Autoridades en el ámbito Nacional, Provincial o Municipal, así como con los distintos sectores del ámbito público y privado, en el marco de las competencias asignadas al Ministerio.
3. Asistir en las relaciones con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y en lo referido a los proyectos legislativos de materia de la Jurisdicción y efectuar su seguimiento.
4. Asistir y asesorar al señor Ministro en la articulación entre las diferentes áreas del Ministerio.
5. Asistir al señor Ministro en todo lo concerniente a las relaciones institucionales, ceremonial, protocolo, prensa y difusión.
6. Supervisar todo lo vinculado con el servicio de información bibliográfica y documental de la jurisdicción en materia económica y técnica.
7. Coordinar las acciones vinculadas con el desarrollo e implementación de diseño web y contenidos digitales de la jurisdicción ministerial.
8. Coordinar las acciones vinculadas con la recuperación y conservación del patrimonio cultural de la Jurisdicción.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades del servicio jurídico permanente,y de apoyo legal,
técnico y administrativo de la jurisdicción ministerial.
2. Intervenir en la elaboración de los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones y disposiciones vinculadas con las actividades sustantivas del área de su competencia.
3. Dirigir el diseño y aplicación de la política administrativa, presupuestaria y financiera de la jurisdicción, la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos, de despacho y gestión de la documentación administrativa, y los sumarios administrativos disciplinarios.
4. Coordinar la aplicación de las medidas de normalización patrimonial del Sector Público Nacional.
5. Entender en la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.
6. Supervisar todo lo vinculado con la liquidación de los fondos fiduciarios que comprometen bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE HACIENDA, como así también de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.
7. Coordinar la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público.
8. Dirigir lo vinculado con los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia.
9. Entender en todo lo relativo a los Programas de Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, en lo que es materia de su competencia.
10. Entender en lo relativo a la defensa judicial y arbitral del ESTADO NACIONAL en el ámbito nacional e internacional, en lo que es materia de su competencia.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
OBJETIVOS
1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos.
4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de las actividades de administración.
5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos e informáticos y entender en la administración de los espacios físicos de la Jurisdicción ministerial.
6. Entender en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera- contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.
7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financi amiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.
8. Dirigir la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa así como coordinar todo lo vinculado con la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE HACIENDA, como así también de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.
9. Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.
10. Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas vigentes.
11. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en empresas con participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción y la representación del MINISTERIO DE HACIENDAen aquellos órganos societarios donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria.
12. Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDAy la gestión en sede administrativa vinculada con la cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.
MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NORMATIVOS
OBJETIVOS
1. Dirigir el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE HACIENDA, en lo que respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos y supervisar el accionar de los servicios jurídicos de los organismos descentralizados y entes en liquidación.
2. Intervenir en los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones y disposiciones que creen nuevas normas, o modifiquen normas vinculadas con la Jurisdicción.
3. Asesorar jurídicamente en materia impositiva, aduanera y presupuestaria.
4. Asesoraren cuestiones vinculados con materias administrativas, financieras y de empleo público.
5. Asesorar en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.
6. Asesorar respecto de la cancelación de pasivos mediante bonos de consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la Administración Pública Nacional.
7. Asesorar en los programas vinculados con la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.
8. Supervisar el despacho y gestión de la documentación administrativa.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
OBJETIVOS
1. Dirigir la defensa judicial del ESTADO NACIONAL en los asuntos litigiosos concernientes a la Jurisdicción y la contestación de los requerimientos del Poder Juridicial
2. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor delTesoro Nacional.
3. Dirigir la actividad sumarial administrativo-disciplinaria del MINISTERIO DE HACIENDA.
4. Coordinar y asesorar en la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en asuntos prejudiciales, judiciales y arbitrales, en el ámbito nacional, en lo que es materia de competencia del MINISTERIO DE HACIENDA.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE REGULACIÓN FINANCIERA
OBJETIVOS
1. Asesorar en los aspectos técnico-legales de las propuestas relativas a la coordinación y regulación de los servicios financieros, mercados de capitales, sistema de financiamiento colectivo e inclusión financiera.
2. Asesorar en el análisis legal de los contratos que se suscriban con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales y con inversores.
3. Asesorar en el análisis legal de las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL.
4. Asistir en el análisis de los aspectos legales de las acciones orientadas a preservar el crédito público.
5. Asesorar en el análisis de los aspectos legales, regulatorios y contractuales de las cuestiones vinculadas al régimen de Participación Público-Privada.
6. Asesorar en la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en asuntos prejudiciales, judiciales y arbitrales internacionales del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, coordinando su accionar, cuando correspondiere, con la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y otros organismos.
7. Coordinar el seguimiento de los asuntos litigiosos internacionales, en lo que es materia de su competencia.
8. Participar y asesorar en los aspectos legales de las negociaciones financieras y acuerdos de pago internacionales.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE HACIENDA
OBJETIVOS
1. Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.
2. Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad, y ejercer con la SECRETARÍA DE FINANZAS las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
3. Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.
4. Intervenir en la definición de las necesidades de financi amiento del Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
5. Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional.
6. Participar en el control y análisis presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas correspondientes de otras jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con competencia en la materia.
7. Participar en los procesos de modernización y transparencia del Estado Nacional en el ámbito de su competencia.
8. Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y económicos, en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y elaborar propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL.
9. Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales coparticipables y desarrollar en coordinación con el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, políticas y programas de asistencia a las mismas, en lo que es materia de su competencia.
10. Coordinar la participación del MINISTERIO DE HACIENDA y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los foros financieros internacionales y en los organismos internacionales de crédito, incluyendo al FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI).
11. Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda, al MINISTERIO DE HACIENDA en los grupos intergubernamentales o foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.
12. Entender en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.
13. Entender en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.
14. Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público No Financiero Provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Municipal, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de su endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.
15. Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.
16. Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
OBJETIVOS
1. Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector
Público Nacional.
2. Coordinar la implementación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.
3. Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.
4. Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Financiera.
5. Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
6. Asistir a la Secretaría de Hacienda en los procesos de modernización y transparencia del Estado Nacional en el ámbito de su competencia.
7. Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.
8. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisis presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las Jurisdicciones con competencia del Estado Nacional.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
OBJETIVOS
1. Asesorar en las negociaciones y en la representación del país ante los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.
2. Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales.
3. Entender en el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con los organismos financieros internacionales de crédito.
4. Entender en la programación, formulación, negociación y gestión de la cartera de préstamos con los organismos internacionales, multilaterales, bilaterales y regionales de crédito y la revisión de las operaciones de cartera existentes.
5. Entender en la supervisión de la administración de programas y proyectos con financiamiento externo del Sector Público Nacional y efectuar su seguimiento, evaluación y control.
6. Intervenir, en coordinación con las áreas competentes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el diligenciamiento de las actuaciones correspondientes a la aprobación y suscripción de Convenios de Donación y Cooperación Técnica no Reembolsable.
7. Participar en la programación presupuestaria en lo relativo a los proyectos y/o programas financiados con los organismos internacionales de crédito.
8. Intervenir en la programación de la cartera de préstamos con los organismos financieros internacionales, proponiendo las asignaciones en los programas y/o proyectos de inversión pública financiados con recursos externos.
9. Intervenir en la identificación de fuentes y modalidades de financiamiento externo de los programas y proyectos que conforman el Plan Nacional de Inversión Pública en el marco de la Ley N° 24.354 -Inversión Pública-.
10. Informar a la SECRETARIA DE HACIENDA las desviaciones detectadas en la ejecución de los proyectos y proponer medidas correctivas tendientes a resolver los desvíos detectados.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
OBJETIVOS
1. Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.
2. Participar en el diseño de regímenes de promoción económica, en lo atinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que se persigan a través de ellos.
3. Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera, en coordinación con las unidades competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
4. Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución de los recursos tributarios nacionales.
5. Dirigir el desarrollo e instrumentación de mecanismos de articulación y coordinación institucional con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), con las áreas pertinentes de los Gobiernos Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencias en materia tributaria.
6. Asistir al Ministro en la representación ante la Organización para la Cooperación yel Desarrollo Económico (OCDE), y participar en los Comités Técnicos vinculados con su competencia específica.
7. Participar en la Comisión Federal de Impuestos, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, en los distintos comités de la Organización Mundial de las Aduanas (ex- Consejo de Cooperación Aduanera), la Organización Mundial del Comercio (ex- GATT), la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), la Organización de Estados Americanos (OEA) y en las sesiones de otros organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de carácter técnico relacionados con los temas de su competencia.
8. Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA
OBJETIVOS
1. Intervenir en el diseño y propuestas de modificación del sistema impositivo aduanero y de los recursos de la seguridad social.
2. Intervenir en el diseño de regímenes de promoción económica, con responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines extra fiscales que se persigan a través de éstos.
3. Entender en el análisis e interpretación de las leyes, decretos y otras normas que afectan la estructura de los impuestos, en el seguimiento de su aplicación y en las propuestas de modificación de las bases imponibles, las alícuotas, las exenciones y de cualquier otro aspecto del sistema de determinación de los tributos.
4. Participar en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera, aplicando las normas nacionales en relación con las vigentes internacionalmente e intervenir en aquellos que afecten recursos de la seguridad social.
5. Participar en los procesos de integración regional, sobre los aspectos impositivos aduaneros referidos al equilibrio tributario.
6. Participar en los Comités Técnicos de la Organización para la Cooperación yel Desarrollo Económico (OCDE), en los temas vinculados con su competencia específica.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
1. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la programación de la política económica y la planificación del desarrollo.
2. Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la Jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.
3. Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.
4. Entender en la determinación de los objetivos de política económica y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional en el ámbito de su competencia.
5. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.
6. Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional.
7. Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento de los niveles de vida, de pobreza de la población, del empleo y la distribución del ingreso y coordinar la elaboración, propuesta y seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.
8. Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos; y de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.
9. Entender en la programación regional y sectorial de la política económica nacional, coordinando con las distintas jurisdicciones del ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad en los lineamientos estratégicos de la política económica para el desarrollo de largo plazo.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
OBJETIVOS
1. Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto internacional sobre la economía nacional.
2. Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.
3. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la economía real.
4. Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de coordinación de políticas macroeconómicas.
5. Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo, pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de acción para su mejoramiento, y asistir a la SECRETARIA DE POLÍTICA ECONÓMICA en la coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.
6. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico, así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la política económica.
7. Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el desempeño del sector externo.
8. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA y a las áreas correspondientes del MINISTERIO DE HACIENDAen la representación ante los grupos y comisiones de trabajo en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en el diseño y análisis de la política económica, considerando el impacto de los componentes presupuestarios y tributarios en el desarrollo productivo a nivel regional y sectorial.
2. Asistir al Secretario en el diseño de la programación microeconómica regional y sectorial, coordinando su accionar con las Jurisdicciones con competencia en la materia.
3. Intervenir en el diseño e implementación de instrumentos de seguimiento y análisis del impacto presupuestario de las iniciativas productivas a nivel regional y sectorial.
4. Evaluar los efectos de las iniciativas productivas a nivel regional y sectorial sobre los resultados fiscales, en coordinación con las áreas con competencia en la materia del ESTADO NACIONAL.
5. Entender en la elaboración de indicadores e informes periódicos y en el análisis de impacto de las medidas presupuestarias y tributarias en la microeconomía.
6. Realizar el análisis de rentabilidad, estructura de costos e incidencia de los impuestos nacionales o locales en la actividad microeconómica, como insumo para la definición de la política tributaria.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE FINANZAS
OBJETIVOS
1. Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales, extranjeros, públicos y privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.
2. Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.
3. Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público y efectuar su seguimiento.
4. Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la administración de la deuda pública y
ejercer con la SECRETARIA DE HACIENDA las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
5. Establecer las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y coordinar el análisis de los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.
6. Intervenir, en coordinación con la SECRETARIA DE HACIENDA,en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.
7. Intervenir, en coordinación con la SECRETARIA DE HACIENDA, en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.
8. Entender en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.
9. Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros, el desarrollo del mercado de capitales y al financiamiento de la actividad productiva.
10. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre al crédito público de la Nación Argentina.
11. Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de inversión pública con el fin de preservar el crédito público de la Nación e intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
12. Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de Participación Público-Privada, en la medida que involucre endeudamiento público.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y SERVICIOS FINANCIEROS
OBJETIVOS
1. Asesorar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.
2. Asistir al Secretario en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.
3. Asistir al Secretario en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público y en la ejecución de las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
4. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.
5. Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales y el registro del endeudamiento público.
6. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.
7. Asesoraren el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de la actividad productiva.
8. Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas a la inclusión financiera y en la la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.
9. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre tanto al mercado de capitales como al mercado asegurador.
10. Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la protección del consumidor en dicho ámbito.
11. Coordinar la participación del MINISTERIO DE HACIENDA y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los grupos intergubernamentales, foros financieros internacionales, y foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.
12. Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL, como así también los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA
OBJETIVOS
1. Ejercer las funciones asignadas por la Ley N° 27.328 y su Decreto Reglamentario N° 118/17.
2. Participar en la elaboración de programas y planes de desarrollo de proyectos de participación público-privada y promover propuestas tendientes a optimizar el funcionamiento general del régimen de participación público privada.
3. Entender en el establecimiento de criterios y parámetros para justificar la satisfacción del interés público, mediante el recurso a la modalidad de participación público-privada frente a otras alternativas contractuales disponibles.
4. Intervenir con relación a la factibilidad y justificación de cada contratación, mediante el régimen de participación público-privada.
5. Coordinar las intervenciones de los distintos integrantes del Sector Público Nacional que se requieran en las diferentes etapas del desarrollo de un proyecto de participación público-privada.
6. Entender en la implementación y administración de un registro que centralice toda la documentación relativa a cada uno de los proyectos de participación público-privada.
7. Intervenir en forma previa a la cesión, total o parcial, de un contrato de participación público-privada.
8. Elaborar informes sobre el estado de ejecución y cumplimiento de los contratos de participación público-privada en curso y de los proyectos que se considere conveniente desarrollar bajo dicha modalidad.
9. Entender en la selección de profesionales habilitados para integrar los Paneles Técnicos y efectuar el listado respectivo.
10. Intervenir en la identificación de las mejores prácticas de ética y transparencia para el desarrollo de proyectos de participación público-privada en coordinación con la OFICINA ANTICORRUPCIÓN dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
11. Ejercer las competencias y funciones que la Ley N° 24.354 y sus normas reglamentarias atribuyen a la Autoridad de Aplicación del SISTEMA NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS (SNIP) en relación a los proyectos de inversión pública ejecutados a través de contratos de participación público privada en los términos de la Ley N° 27.328.
12. Entender en el control de la formulación y evaluación de los proyectos de inversión realizados en las jurisdicciones, en cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del artículo 5° de la Ley N° 24.354, cuando se trate de proyectos de inversión pública ejecutados a través de contratos de participación público privada en los términos de la Ley N° 27.328.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro en el diseño e implementación de las políticas mineras, en lo referido a la interacción con las provincias, los municipios y la comunidad en su conjunto, procurando optimizar el impacto positivo de la minería para el desarrollo sostenible y minimizar sus riesgos.
2. Asistir al Ministro en el diseño e implementación de las políticas mineras, en lo referido a la interacción con los inversores y las empresas del sector, y en todas las acciones destinadas a promover el desarrollo de la minería en el país.
3. Formular el planeamiento estratégico del sector minero con objetivos de corto, mediano y largo plazo, apuntando al aprovechamiento racional de los recursos geológico-mineros en beneficio del desarrollo socio-económico integral de la Nación.
4. Proponer, ejecutar y controlar la política minera de la Nación tendiendo a la consecución de los objetivos de corto, mediano y largo plazo implícitos en la visión global.
5. Coordinar con las Provincias la aplicación de la política minera nacional, buscando consenso y participación a través de la ORGANIZACIÓN FEDERAL DE ESTADOS MINEROS (OFEMI) y el CONSEJO FEDERAL DE MINERÍA (COFEMIN).
6. Supervisar el accionar del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR).
7. Coordinar los programas de cooperación bilateral y multilateral, nacionales e internacionales, en apoyo al sector minero, informando sobre las mejores prácticas industriales, ambientales y sociales practicadas internacionalmente y fomentado su aplicación.
8. Entender en la elaboración, estructuración, administración, actualización y operación de un sistema nacional único de información minera.
9. Participar en las relaciones con los organismos internacionales y multilaterales en materia de su competencia.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
OBJETIVOS
1. Diseñar e implementar acciones y políticas que, en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo, promuevan las inversiones nacionales e internacionales en todas las etapas de la actividad minera.
2. Interactuar con los potenciales inversores y propiciar la concreción de sus inversiones facilitando y proveyendo información suministrada por el sistema nacional único de información minera, referida a los aspectos legales, geológicos, catastrales, de proyectos mineros y de actores de la industria minera argentina.
3. Entender en la instrumentación y administración de las acciones que surjan de la aplicación de las leyes nacionales referidas a la actividad minera y su normativa conexa, y ejercer los controles pertinentes.
4. Asistir a la Secretaríaen la relación con los inversores, las empresas mineras, organizaciones y cámaras del sector, actuando como enlace entre ellas y las distintas áreas del Gobierno Nacional.
5. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los organismos internacionales y multilaterales en materia de su competencia.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA
OBJETIVOS
1. Promover, en acuerdo con las provincias, el desarrollo de mejores prácticas ambientales y sociales para la sustentabilidad de la actividad minera, con arreglo a los estándares internacionales aplicables.
2. Promover, en acuerdo con las provincias, el desarrollo de la ciencia y la innovación aplicadas a la actividad minera.
3. Diseñar, elaborar e implementar herramientas de gestión que, junto con el sector privado y los gobiernos provinciales y municipales, maximicen los beneficios y minimicen los riesgos del impacto de los proyectos mineros en las comunidades aledañas, promoviendo para ello una adecuada participación de la comunidad.
4. Impulsar, en el ámbito de su competencia, programas de fortalecimiento institucional en coordinación con organismos nacionales, provinciales y municipales.
5. Coordinar con las autoridades nacionales y provinciales competentes, la identificación y el desarrollo de obras de infraestructura y logística que puedan potenciar el desarrollo de regiones mineras.
6. Elaborar herramientas y programas que incentiven, en un marco de competitividad, el desarrollo de proveedores de bienes y servicios a la actividad minera, promoviendo su interrelación con la ciencia y la innovación, para generar una potente cadena de valor que integre a la minería con el resto de los sectores productivos.
7. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los organismos internacionales y multilaterales con competencia en áreas de gestión de la Secretaría.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8°
VIII. MINISTERIO DE HACIENDA Organismos Descentralizados
TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Organismos Desconcentrados
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
Entes del Sector Público Nacional
SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
X. MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Organismos Descentralizados
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)
Organismos Desconcentrados
SECRETARÍA DE COMERCIO
COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO
COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
Entes del Sector Público Nacional
BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES
XXIV. MINISTERIO DE ENERGÍA
Organismos Descentralizados
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)
UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN YACYRETÁ (UESTY)
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CONEA)
Entes del Sector Público Nacional
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
COMISIÓN ARGENTINO- PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ
NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
EMPRENDIMIENTOS ENERGÉTICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA (EBISA)
ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA)
ENTE BINACIONAL YACYRETA
DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA
YPF SOCIEDAD ANÓNIMA
YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA
APARTADO VIII
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
- TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN -ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
- UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
- COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
- SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
ORGANISMOS DESCONCENTRADOS
-INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS ENTES DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL
- SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA
- BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
- BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
- BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
APARTADO X
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
- INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI)
- INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)
- SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)
ORGANISMOS DESCONCENTRADOS
- COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
- UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO
- COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR ENTES DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL
- BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
- CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES
APARTADO XXIV
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
- ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
- ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)
- UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN YACYRETÁ (UESTY)
- COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CONEA)
ENTES DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL
- COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
- COMISIÓN ARGENTINO-PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ
- ENTE BINACIONAL YACYRETÁ
- NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A
- EMPRENDIMIENTOS ENERGÉTICOS BINACIONALES S.A. (EBISA)
- ENERGÍA ARGENTINA S.A. (ENARSA)
- DIOXITEK S.A.
- YPF SOCIEDAD ANÓNIMA
- YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Decreto 585/2018
Modificación. Decreto N° 174/2018.
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-29904876-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y Nº 575 de fecha 21 de junio de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 y modificatorios se aprobó, entre otros aspectos, el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional hasta nivel de Subsecretaría estableciendo sus respectivas competencias.
Que a través del Decreto Nº 575/18 se suprimió el MINISTERIO DE FINANZAS, concentrando sus competencias en el MINISTERIO DE HACIENDA.
Que, asimismo, por el referido Decreto se transfirieron las competencias relativas a la política minera del ámbito del entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGIA, a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que como consecuencia de dicha modificación, resulta pertinente modificar el artículo 6° del Decreto Nº 1344/07 en relación al Órgano Responsable de la coordinación de los Sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional.
Que, por otra parte, resulta necesario realizar modificaciones en los objetivos de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a fin de excluir su intervención en los aspectos relativos a la normatización y registración de productos y establecimientos elaboradores de alimentos.
Que, en virtud de las nuevas conformaciones ministeriales, resulta necesario adecuar el Decreto Nº 174/18 y modificatorios.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Suprímese, del Anexo I del artículo 1º, del Anexo II del artículo 2º, del Anexo III del artículo 3º y del Anexo IV del artículo 4º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el APARTADO IX, correspondiente al ex MINISTERIO DE FINANZAS.
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, por el siguiente:
“VIII. - MINISTERIO DE HACIENDA
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NORMATIVOS
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE REGULACIÓN FINANCIERA
SECRETARÍA DE HACIENDA
- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA
SECRETARÍA DE FINANZAS
- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y SERVICIOS FINANCIEROS
SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA”
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada- aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por el siguiente:
“X- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y PLANEAMIENTO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE INDUSTRIA
- SUBSECRETARÍA DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SECRETARÍA DE COMERCIO
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
- SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA”
ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado XXIV, correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, por el siguiente:
“XXIV - MINISTERIO DE ENERGÍA
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURIFEROS
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
- SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA ENERGÉTICA”
ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese, del Anexo II –Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, conforme al detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-30220670- APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 6º.- Suprímense, del Anexo II –Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, en el Apartado XXIV correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, los Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO, de la SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA y de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA MINERA.
ARTÍCULO 7º.- Incorpóranse al Anexo II –Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, en el Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, los Objetivos de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA y de sus dependientes SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO y SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA, conforme al detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-30221683-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 8º.- Sustitúyense, del Anexo III - Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, el Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y el Apartado XXIV, correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, por los obrantes en planilla anexa al presente artículo (IF-2018-30222789-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 9º.-Sustitúyense, del Anexo IV – Conformación Organizativa de la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 4º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, el Apartado VIII, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, el Apartado X, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y el Apartado XXIV, correspondiente al entonces MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, actual MINISTERIO DE ENERGÍA, por los obrantes en planillas anexas al presente artículo (IF-2018-30223571-APN-DNDO#JGM, IF-2018-30224291-APN-DNDO#JGM e IF-2018-30225144-APN-DNDO#JGM), que forman parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 10.- Sustitúyese, del Anexo II –Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios, en el Apartado XI, correspondiente al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en la parte correspondiente a la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA, el Objetivo 5, por el siguiente: “5. Coordinar la actualización del Código Alimentario Argentino, así como el desarrollo y organización de la Comisión Nacional de Alimentos, de acuerdo a las competencias establecidas en la normativa vigente.”
ARTÍCULO 11.- Sustitúyese el Apartado I del Artículo 6° del Anexo al Decreto 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“I. Las funciones de Órgano Responsable de la coordinación de los sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas conjuntamente por la SECRETARÍA DE HACIENDA y la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del MINISTERIO DE HACIENDA.”
ARTÍCULO 12.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría del ex MINISTERIO DE FINANZAS, del MINISTERIO DE HACIENDA, del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 13.-Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente.
ARTÍCULO 14.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del dictado de la medida.
ARTÍCULO 15.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/06/2018 N° 45560/18 v. 26/06/2018
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5°
MINISTERIO DE HACIENDA
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
OBJETIVOS
1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.
2. Entender en la coordinación de las relaciones institucionales con Organismos y Autoridades en el ámbito Nacional, Provincial o Municipal, así como con los distintos sectores del ámbito público y privado, en el marco de las competencias asignadas al Ministerio.
3. Asistir en las relaciones con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y en lo referido a los proyectos legislativos de materia de la Jurisdicción y efectuar su seguimiento.
4. Asistir y asesorar al señor Ministro en la articulación entre las diferentes áreas del Ministerio.
5. Asistir al señor Ministro en todo lo concerniente a las relaciones institucionales, ceremonial, protocolo, prensa y difusión.
6. Supervisar todo lo vinculado con el servicio de información bibliográfica y documental de la jurisdicción en materia económica y técnica.
7. Coordinar las acciones vinculadas con el desarrollo e implementación de diseño web y contenidos digitales de la jurisdicción ministerial.
8. Coordinar las acciones vinculadas con la recuperación y conservación del patrimonio cultural de la Jurisdicción.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades del servicio jurídico permanente,y de apoyo legal,
técnico y administrativo de la jurisdicción ministerial.
2. Intervenir en la elaboración de los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones y disposiciones vinculadas con las actividades sustantivas del área de su competencia.
3. Dirigir el diseño y aplicación de la política administrativa, presupuestaria y financiera de la jurisdicción, la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos, de despacho y gestión de la documentación administrativa, y los sumarios administrativos disciplinarios.
4. Coordinar la aplicación de las medidas de normalización patrimonial del Sector Público Nacional.
5. Entender en la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.
6. Supervisar todo lo vinculado con la liquidación de los fondos fiduciarios que comprometen bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE HACIENDA, como así también de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.
7. Coordinar la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público.
8. Dirigir lo vinculado con los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia.
9. Entender en todo lo relativo a los Programas de Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, en lo que es materia de su competencia.
10. Entender en lo relativo a la defensa judicial y arbitral del ESTADO NACIONAL en el ámbito nacional e internacional, en lo que es materia de su competencia.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
OBJETIVOS
1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos.
4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de las actividades de administración.
5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos e informáticos y entender en la administración de los espacios físicos de la Jurisdicción ministerial.
6. Entender en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera- contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.
7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financi amiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.
8. Dirigir la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa así como coordinar todo lo vinculado con la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE HACIENDA, como así también de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.
9. Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.
10. Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas vigentes.
11. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en empresas con participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción y la representación del MINISTERIO DE HACIENDAen aquellos órganos societarios donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria.
12. Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDAy la gestión en sede administrativa vinculada con la cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.
MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NORMATIVOS
OBJETIVOS
1. Dirigir el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE HACIENDA, en lo que respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos y supervisar el accionar de los servicios jurídicos de los organismos descentralizados y entes en liquidación.
2. Intervenir en los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones y disposiciones que creen nuevas normas, o modifiquen normas vinculadas con la Jurisdicción.
3. Asesorar jurídicamente en materia impositiva, aduanera y presupuestaria.
4. Asesoraren cuestiones vinculados con materias administrativas, financieras y de empleo público.
5. Asesorar en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.
6. Asesorar respecto de la cancelación de pasivos mediante bonos de consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la Administración Pública Nacional.
7. Asesorar en los programas vinculados con la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.
8. Supervisar el despacho y gestión de la documentación administrativa.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
OBJETIVOS
1. Dirigir la defensa judicial del ESTADO NACIONAL en los asuntos litigiosos concernientes a la Jurisdicción y la contestación de los requerimientos del Poder Juridicial
2. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor delTesoro Nacional.
3. Dirigir la actividad sumarial administrativo-disciplinaria del MINISTERIO DE HACIENDA.
4. Coordinar y asesorar en la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en asuntos prejudiciales, judiciales y arbitrales, en el ámbito nacional, en lo que es materia de competencia del MINISTERIO DE HACIENDA.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE REGULACIÓN FINANCIERA
OBJETIVOS
1. Asesorar en los aspectos técnico-legales de las propuestas relativas a la coordinación y regulación de los servicios financieros, mercados de capitales, sistema de financiamiento colectivo e inclusión financiera.
2. Asesorar en el análisis legal de los contratos que se suscriban con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales y con inversores.
3. Asesorar en el análisis legal de las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL.
4. Asistir en el análisis de los aspectos legales de las acciones orientadas a preservar el crédito público.
5. Asesorar en el análisis de los aspectos legales, regulatorios y contractuales de las cuestiones vinculadas al régimen de Participación Público-Privada.
6. Asesorar en la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en asuntos prejudiciales, judiciales y arbitrales internacionales del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, coordinando su accionar, cuando correspondiere, con la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y otros organismos.
7. Coordinar el seguimiento de los asuntos litigiosos internacionales, en lo que es materia de su competencia.
8. Participar y asesorar en los aspectos legales de las negociaciones financieras y acuerdos de pago internacionales.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE HACIENDA
OBJETIVOS
1. Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.
2. Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad, y ejercer con la SECRETARÍA DE FINANZAS las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
3. Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.
4. Intervenir en la definición de las necesidades de financi amiento del Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
5. Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional.
6. Participar en el control y análisis presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas correspondientes de otras jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con competencia en la materia.
7. Participar en los procesos de modernización y transparencia del Estado Nacional en el ámbito de su competencia.
8. Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y económicos, en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y elaborar propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL.
9. Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales coparticipables y desarrollar en coordinación con el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, políticas y programas de asistencia a las mismas, en lo que es materia de su competencia.
10. Coordinar la participación del MINISTERIO DE HACIENDA y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los foros financieros internacionales y en los organismos internacionales de crédito, incluyendo al FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI).
11. Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda, al MINISTERIO DE HACIENDA en los grupos intergubernamentales o foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.
12. Entender en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.
13. Entender en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.
14. Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público No Financiero Provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Municipal, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de su endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.
15. Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.
16. Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
OBJETIVOS
1. Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector
Público Nacional.
2. Coordinar la implementación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.
3. Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.
4. Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Financiera.
5. Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
6. Asistir a la Secretaría de Hacienda en los procesos de modernización y transparencia del Estado Nacional en el ámbito de su competencia.
7. Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.
8. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisis presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las Jurisdicciones con competencia del Estado Nacional.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
OBJETIVOS
1. Asesorar en las negociaciones y en la representación del país ante los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.
2. Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales.
3. Entender en el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con los organismos financieros internacionales de crédito.
4. Entender en la programación, formulación, negociación y gestión de la cartera de préstamos con los organismos internacionales, multilaterales, bilaterales y regionales de crédito y la revisión de las operaciones de cartera existentes.
5. Entender en la supervisión de la administración de programas y proyectos con financiamiento externo del Sector Público Nacional y efectuar su seguimiento, evaluación y control.
6. Intervenir, en coordinación con las áreas competentes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el diligenciamiento de las actuaciones correspondientes a la aprobación y suscripción de Convenios de Donación y Cooperación Técnica no Reembolsable.
7. Participar en la programación presupuestaria en lo relativo a los proyectos y/o programas financiados con los organismos internacionales de crédito.
8. Intervenir en la programación de la cartera de préstamos con los organismos financieros internacionales, proponiendo las asignaciones en los programas y/o proyectos de inversión pública financiados con recursos externos.
9. Intervenir en la identificación de fuentes y modalidades de financiamiento externo de los programas y proyectos que conforman el Plan Nacional de Inversión Pública en el marco de la Ley N° 24.354 -Inversión Pública-.
10. Informar a la SECRETARIA DE HACIENDA las desviaciones detectadas en la ejecución de los proyectos y proponer medidas correctivas tendientes a resolver los desvíos detectados.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
OBJETIVOS
1. Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.
2. Participar en el diseño de regímenes de promoción económica, en lo atinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que se persigan a través de ellos.
3. Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera, en coordinación con las unidades competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
4. Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución de los recursos tributarios nacionales.
5. Dirigir el desarrollo e instrumentación de mecanismos de articulación y coordinación institucional con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), con las áreas pertinentes de los Gobiernos Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencias en materia tributaria.
6. Asistir al Ministro en la representación ante la Organización para la Cooperación yel Desarrollo Económico (OCDE), y participar en los Comités Técnicos vinculados con su competencia específica.
7. Participar en la Comisión Federal de Impuestos, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, en los distintos comités de la Organización Mundial de las Aduanas (ex- Consejo de Cooperación Aduanera), la Organización Mundial del Comercio (ex- GATT), la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), la Organización de Estados Americanos (OEA) y en las sesiones de otros organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de carácter técnico relacionados con los temas de su competencia.
8. Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA
OBJETIVOS
1. Intervenir en el diseño y propuestas de modificación del sistema impositivo aduanero y de los recursos de la seguridad social.
2. Intervenir en el diseño de regímenes de promoción económica, con responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines extra fiscales que se persigan a través de éstos.
3. Entender en el análisis e interpretación de las leyes, decretos y otras normas que afectan la estructura de los impuestos, en el seguimiento de su aplicación y en las propuestas de modificación de las bases imponibles, las alícuotas, las exenciones y de cualquier otro aspecto del sistema de determinación de los tributos.
4. Participar en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera, aplicando las normas nacionales en relación con las vigentes internacionalmente e intervenir en aquellos que afecten recursos de la seguridad social.
5. Participar en los procesos de integración regional, sobre los aspectos impositivos aduaneros referidos al equilibrio tributario.
6. Participar en los Comités Técnicos de la Organización para la Cooperación yel Desarrollo Económico (OCDE), en los temas vinculados con su competencia específica.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
1. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la programación de la política económica y la planificación del desarrollo.
2. Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la Jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.
3. Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.
4. Entender en la determinación de los objetivos de política económica y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional en el ámbito de su competencia.
5. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.
6. Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional.
7. Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento de los niveles de vida, de pobreza de la población, del empleo y la distribución del ingreso y coordinar la elaboración, propuesta y seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.
8. Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos; y de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.
9. Entender en la programación regional y sectorial de la política económica nacional, coordinando con las distintas jurisdicciones del ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad en los lineamientos estratégicos de la política económica para el desarrollo de largo plazo.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
OBJETIVOS
1. Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto internacional sobre la economía nacional.
2. Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.
3. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la economía real.
4. Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de coordinación de políticas macroeconómicas.
5. Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo, pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de acción para su mejoramiento, y asistir a la SECRETARIA DE POLÍTICA ECONÓMICA en la coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.
6. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico, así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la política económica.
7. Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el desempeño del sector externo.
8. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA y a las áreas correspondientes del MINISTERIO DE HACIENDAen la representación ante los grupos y comisiones de trabajo en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en el diseño y análisis de la política económica, considerando el impacto de los componentes presupuestarios y tributarios en el desarrollo productivo a nivel regional y sectorial.
2. Asistir al Secretario en el diseño de la programación microeconómica regional y sectorial, coordinando su accionar con las Jurisdicciones con competencia en la materia.
3. Intervenir en el diseño e implementación de instrumentos de seguimiento y análisis del impacto presupuestario de las iniciativas productivas a nivel regional y sectorial.
4. Evaluar los efectos de las iniciativas productivas a nivel regional y sectorial sobre los resultados fiscales, en coordinación con las áreas con competencia en la materia del ESTADO NACIONAL.
5. Entender en la elaboración de indicadores e informes periódicos y en el análisis de impacto de las medidas presupuestarias y tributarias en la microeconomía.
6. Realizar el análisis de rentabilidad, estructura de costos e incidencia de los impuestos nacionales o locales en la actividad microeconómica, como insumo para la definición de la política tributaria.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE FINANZAS
OBJETIVOS
1. Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales, extranjeros, públicos y privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.
2. Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.
3. Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público y efectuar su seguimiento.
4. Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la administración de la deuda pública y
ejercer con la SECRETARIA DE HACIENDA las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
5. Establecer las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y coordinar el análisis de los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.
6. Intervenir, en coordinación con la SECRETARIA DE HACIENDA,en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.
7. Intervenir, en coordinación con la SECRETARIA DE HACIENDA, en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.
8. Entender en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.
9. Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros, el desarrollo del mercado de capitales y al financiamiento de la actividad productiva.
10. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre al crédito público de la Nación Argentina.
11. Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de inversión pública con el fin de preservar el crédito público de la Nación e intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
12. Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de Participación Público-Privada, en la medida que involucre endeudamiento público.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y SERVICIOS FINANCIEROS
OBJETIVOS
1. Asesorar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.
2. Asistir al Secretario en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.
3. Asistir al Secretario en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público y en la ejecución de las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
4. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.
5. Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales y el registro del endeudamiento público.
6. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.
7. Asesoraren el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de la actividad productiva.
8. Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas a la inclusión financiera y en la la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.
9. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre tanto al mercado de capitales como al mercado asegurador.
10. Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la protección del consumidor en dicho ámbito.
11. Coordinar la participación del MINISTERIO DE HACIENDA y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los grupos intergubernamentales, foros financieros internacionales, y foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.
12. Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL, como así también los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA
OBJETIVOS
1. Ejercer las funciones asignadas por la Ley N° 27.328 y su Decreto Reglamentario N° 118/17.
2. Participar en la elaboración de programas y planes de desarrollo de proyectos de participación público-privada y promover propuestas tendientes a optimizar el funcionamiento general del régimen de participación público privada.
3. Entender en el establecimiento de criterios y parámetros para justificar la satisfacción del interés público, mediante el recurso a la modalidad de participación público-privada frente a otras alternativas contractuales disponibles.
4. Intervenir con relación a la factibilidad y justificación de cada contratación, mediante el régimen de participación público-privada.
5. Coordinar las intervenciones de los distintos integrantes del Sector Público Nacional que se requieran en las diferentes etapas del desarrollo de un proyecto de participación público-privada.
6. Entender en la implementación y administración de un registro que centralice toda la documentación relativa a cada uno de los proyectos de participación público-privada.
7. Intervenir en forma previa a la cesión, total o parcial, de un contrato de participación público-privada.
8. Elaborar informes sobre el estado de ejecución y cumplimiento de los contratos de participación público-privada en curso y de los proyectos que se considere conveniente desarrollar bajo dicha modalidad.
9. Entender en la selección de profesionales habilitados para integrar los Paneles Técnicos y efectuar el listado respectivo.
10. Intervenir en la identificación de las mejores prácticas de ética y transparencia para el desarrollo de proyectos de participación público-privada en coordinación con la OFICINA ANTICORRUPCIÓN dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
11. Ejercer las competencias y funciones que la Ley N° 24.354 y sus normas reglamentarias atribuyen a la Autoridad de Aplicación del SISTEMA NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS (SNIP) en relación a los proyectos de inversión pública ejecutados a través de contratos de participación público privada en los términos de la Ley N° 27.328.
12. Entender en el control de la formulación y evaluación de los proyectos de inversión realizados en las jurisdicciones, en cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del artículo 5° de la Ley N° 24.354, cuando se trate de proyectos de inversión pública ejecutados a través de contratos de participación público privada en los términos de la Ley N° 27.328.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 7°
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro en el diseño e implementación de las políticas mineras, en lo referido a la interacción con las provincias, los municipios y la comunidad en su conjunto, procurando optimizar el impacto positivo de la minería para el desarrollo sostenible y minimizar sus riesgos.
2. Asistir al Ministro en el diseño e implementación de las políticas mineras, en lo referido a la interacción con los inversores y las empresas del sector, y en todas las acciones destinadas a promover el desarrollo de la minería en el país.
3. Formular el planeamiento estratégico del sector minero con objetivos de corto, mediano y largo plazo, apuntando al aprovechamiento racional de los recursos geológico-mineros en beneficio del desarrollo socio-económico integral de la Nación.
4. Proponer, ejecutar y controlar la política minera de la Nación tendiendo a la consecución de los objetivos de corto, mediano y largo plazo implícitos en la visión global.
5. Coordinar con las Provincias la aplicación de la política minera nacional, buscando consenso y participación a través de la ORGANIZACIÓN FEDERAL DE ESTADOS MINEROS (OFEMI) y el CONSEJO FEDERAL DE MINERÍA (COFEMIN).
6. Supervisar el accionar del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR).
7. Coordinar los programas de cooperación bilateral y multilateral, nacionales e internacionales, en apoyo al sector minero, informando sobre las mejores prácticas industriales, ambientales y sociales practicadas internacionalmente y fomentado su aplicación.
8. Entender en la elaboración, estructuración, administración, actualización y operación de un sistema nacional único de información minera.
9. Participar en las relaciones con los organismos internacionales y multilaterales en materia de su competencia.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
OBJETIVOS
1. Diseñar e implementar acciones y políticas que, en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo, promuevan las inversiones nacionales e internacionales en todas las etapas de la actividad minera.
2. Interactuar con los potenciales inversores y propiciar la concreción de sus inversiones facilitando y proveyendo información suministrada por el sistema nacional único de información minera, referida a los aspectos legales, geológicos, catastrales, de proyectos mineros y de actores de la industria minera argentina.
3. Entender en la instrumentación y administración de las acciones que surjan de la aplicación de las leyes nacionales referidas a la actividad minera y su normativa conexa, y ejercer los controles pertinentes.
4. Asistir a la Secretaríaen la relación con los inversores, las empresas mineras, organizaciones y cámaras del sector, actuando como enlace entre ellas y las distintas áreas del Gobierno Nacional.
5. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los organismos internacionales y multilaterales en materia de su competencia.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SUBSECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD MINERA
OBJETIVOS
1. Promover, en acuerdo con las provincias, el desarrollo de mejores prácticas ambientales y sociales para la sustentabilidad de la actividad minera, con arreglo a los estándares internacionales aplicables.
2. Promover, en acuerdo con las provincias, el desarrollo de la ciencia y la innovación aplicadas a la actividad minera.
3. Diseñar, elaborar e implementar herramientas de gestión que, junto con el sector privado y los gobiernos provinciales y municipales, maximicen los beneficios y minimicen los riesgos del impacto de los proyectos mineros en las comunidades aledañas, promoviendo para ello una adecuada participación de la comunidad.
4. Impulsar, en el ámbito de su competencia, programas de fortalecimiento institucional en coordinación con organismos nacionales, provinciales y municipales.
5. Coordinar con las autoridades nacionales y provinciales competentes, la identificación y el desarrollo de obras de infraestructura y logística que puedan potenciar el desarrollo de regiones mineras.
6. Elaborar herramientas y programas que incentiven, en un marco de competitividad, el desarrollo de proveedores de bienes y servicios a la actividad minera, promoviendo su interrelación con la ciencia y la innovación, para generar una potente cadena de valor que integre a la minería con el resto de los sectores productivos.
7. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los organismos internacionales y multilaterales con competencia en áreas de gestión de la Secretaría.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8°
VIII. MINISTERIO DE HACIENDA Organismos Descentralizados
TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Organismos Desconcentrados
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
Entes del Sector Público Nacional
SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
X. MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Organismos Descentralizados
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)
SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)
Organismos Desconcentrados
SECRETARÍA DE COMERCIO
COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO
COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
Entes del Sector Público Nacional
BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES
XXIV. MINISTERIO DE ENERGÍA
Organismos Descentralizados
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)
UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN YACYRETÁ (UESTY)
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CONEA)
Entes del Sector Público Nacional
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
COMISIÓN ARGENTINO- PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ
NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
EMPRENDIMIENTOS ENERGÉTICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA (EBISA)
ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA)
ENTE BINACIONAL YACYRETA
DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA
YPF SOCIEDAD ANÓNIMA
YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA
APARTADO VIII
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
- TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN -ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
- UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
- COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
- SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
ORGANISMOS DESCONCENTRADOS
-INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS ENTES DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL
- SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA
- BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
- BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
- BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
IF-2018-3 0223 5 71 -APN-DNDO# JGM
APARTADO X
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
- INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI)
- INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)
- SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)
ORGANISMOS DESCONCENTRADOS
- COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
- UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO
- COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR ENTES DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL
- BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
- CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES
IF-2018-30224291 -APN-DNDO#JGM
APARTADO XXIV
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
- ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
- ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)
- UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN YACYRETÁ (UESTY)
- COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CONEA)
ENTES DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL
- COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
- COMISIÓN ARGENTINO-PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ
- ENTE BINACIONAL YACYRETÁ
- NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A
- EMPRENDIMIENTOS ENERGÉTICOS BINACIONALES S.A. (EBISA)
- ENERGÍA ARGENTINA S.A. (ENARSA)
- DIOXITEK S.A.
- YPF SOCIEDAD ANÓNIMA
- YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA
IF-2018-30225144-APN-DNDO#JGM