NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
DECRETOS 506/2023 Y 9/2024 - PRORROGA
Resumen:
PRORROGASE, DESDE EL 1° DE JULIO DE 2024 HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2025, INCLUSIVE, LA SUSPENSION DISPUESTA POR EL ARTICULO 1° DEL DECRETO N° 506 DEL 3 DE OCTUBRE DE 2023, RESULTANDO DE APLICACION, HASTA ESA FECHA, INCLUSIVE, PARA LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.) ALLI COMPRENDIDAS LA ALICUOTA DEL CERO POR CIENTO (0 %). PRORROGASE, DESDE EL 1° DE JULIO DE 2024 HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2025, INCLUSIVE, EL NIVEL DEL REINTEGRO A LA EXPORTACION (R.E.) ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 2° DEL DECRETO N° 9 DEL 3 DE ENERO DE 2024, PARA LOS PRODUCTOS ELABORADOS CON LECHE, LECHE BOVINA, BEBIDAS A BASE DE LECHE, CASEINA Y SUS DERIVADOS, ALCANZADOS POR LAS DISPOSICIONES DEL ARTICULO ANTERIOR.
Observaciones:
ABROGADO POR EL ARTICULO 5º DEL DECRETO 697/2024 DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL, B.O. 06/08/2024, PAGINA 12. VIGENCIA: VER ARTICULO 6º DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.