Presidencia de la Nación

Decreto DNU 547 / 2020

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Ley 23041

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 04-Ene-1984 Descripción
PORCENTAJE DE PAGO

ESTABLECESE QUE EL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO SERA PAGADO SOBRE EL CALCULO DEL 50% DE LA MAYOR REMUNERACION MENSUAL DEVENGADA POR TODO CONCEPTO DENTRO DE LOS SEMESTRES QUE CULMINAN EN LOS MESES DE JUNIO Y DICIEMBRE DE CADA AÑO, PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA YACTIVIDADES PRIVADAS.

Normativa / Número Ley 26122

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 28-Jul-2006 Descripción
REGULACION DE TRAMITE Y ALCANCES

REGULASE EL TRAMITE Y LOS ALCANCES DE LA INTERVENCION DEL CONGRESO RESPECTO DE DECRETOS QUE DICTA EL PODER EJECUTIVO.

Normativa / Número Ley 27541

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 23-Dic-2019 Descripción
LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACION PRODUCTIVA

DECLARASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA ECONOMICA, FINANCIERA, FISCAL, ADMINISTRATIVA, PREVISIONAL, TARIFARIA, ENERGETICA, SANITARIA Y SOCIAL, Y DELEGANSE EN EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, LAS FACULTADES COMPRENDIDAS EN LA PRESENTE LEY.

Normativa / Número Decreto DNU 260 / 2020

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 12-Mar-2020 Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - DISPOSICIONES

AMPLIASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA SANITARIA ESTABLECIDA POR LEY N° 27.541, EN VIRTUD DE LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) EN RELACION CON EL CORONAVIRUS COVID-19, POR EL PLAZO DE UN (1) AÑO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO. DISPOSICIONES. FACULTADES DE LA AUTORIDAD SANITARIA. AISLAMIENTO OBLIGATORIO. ACCIONES PREVENTIVAS. SUSPENSION TEMPORARIA DE VUELOS.

Normativa / Número Decreto DNU 297 / 2020

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 20-Mar-2020 Descripción
CORONAVIRUS (COVID -19) - DISPOSICIONES

A FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLICA, LO QUE CONSTITUYE UNA OBLIGACION INALIENABLE DEL ESTADO NACIONAL, SE ESTABLECE PARA TODAS LAS PERSONAS QUE HABITAN EN EL PAIS O SE ENCUENTREN EN EL EN FORMA TEMPORARIA, LA MEDIDA DE “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” EN LOS TERMINOS INDICADOS EN EL PRESENTE DECRETO. LA MISMA REGIRA DESDE EL 20 HASTA EL 31 DE MARZO INCLUSIVE DEL CORRIENTE AÑO, PUDIENDOSE PRORROGAR ESTE PLAZO POR EL TIEMPO QUE SE CONSIDERE NECESARIO EN ATENCION A LA SITUACION EPIDEMIOLOGICA.

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