Decreto DNU 547 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 23041
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 04-Ene-1984 |
Descripción
PORCENTAJE DE PAGOESTABLECESE QUE EL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO SERA PAGADO SOBRE EL CALCULO DEL 50% DE LA MAYOR REMUNERACION MENSUAL DEVENGADA POR TODO CONCEPTO DENTRO DE LOS SEMESTRES QUE CULMINAN EN LOS MESES DE JUNIO Y DICIEMBRE DE CADA AÑO, PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA YACTIVIDADES PRIVADAS.
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Normativa / Número
Ley 26122
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 28-Jul-2006 |
Descripción
REGULACION DE TRAMITE Y ALCANCESREGULASE EL TRAMITE Y LOS ALCANCES DE LA INTERVENCION DEL CONGRESO RESPECTO DE DECRETOS QUE DICTA EL PODER EJECUTIVO.
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Normativa / Número
Ley 27541
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 23-Dic-2019 |
Descripción
LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACION PRODUCTIVADECLARASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA ECONOMICA, FINANCIERA, FISCAL, ADMINISTRATIVA, PREVISIONAL, TARIFARIA, ENERGETICA, SANITARIA Y SOCIAL, Y DELEGANSE EN EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, LAS FACULTADES COMPRENDIDAS EN LA PRESENTE LEY.
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Normativa / Número
Decreto DNU 260 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 12-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - DISPOSICIONESAMPLIASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA SANITARIA ESTABLECIDA POR LEY N° 27.541, EN VIRTUD DE LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) EN RELACION CON EL CORONAVIRUS COVID-19, POR EL PLAZO DE UN (1) AÑO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO. DISPOSICIONES. FACULTADES DE LA AUTORIDAD SANITARIA. AISLAMIENTO OBLIGATORIO. ACCIONES PREVENTIVAS. SUSPENSION TEMPORARIA DE VUELOS.
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Normativa / Número
Decreto DNU 297 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 20-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID -19) - DISPOSICIONESA FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLICA, LO QUE CONSTITUYE UNA OBLIGACION INALIENABLE DEL ESTADO NACIONAL, SE ESTABLECE PARA TODAS LAS PERSONAS QUE HABITAN EN EL PAIS O SE ENCUENTREN EN EL EN FORMA TEMPORARIA, LA MEDIDA DE “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” EN LOS TERMINOS INDICADOS EN EL PRESENTE DECRETO. LA MISMA REGIRA DESDE EL 20 HASTA EL 31 DE MARZO INCLUSIVE DEL CORRIENTE AÑO, PUDIENDOSE PRORROGAR ESTE PLAZO POR EL TIEMPO QUE SE CONSIDERE NECESARIO EN ATENCION A LA SITUACION EPIDEMIOLOGICA.
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