MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 521/2005
Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la Subsecretaría de Organización de Ingresos Sociales de la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano.
Bs. As., 19/5/2005
VISTO el Expediente Nº E-5794-2005 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios, 373 del 31 de marzo de 2004, y 830 del 24 de junio de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 357/02 y modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias.
Que mediante el Decreto Nº 373/04, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por Decreto Nº 830/04 se creó la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que es necesario otorgar a la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, las competencias relacionadas con la implementación y dirección del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
Que, en virtud de lo precedentemente indicado, resulta necesario adecuar los objetivos de la mencionada SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES.
Que, atendiendo a la carga de trabajo que las responsabilidades de la mencionada Subsecretaría conllevan, y con el objeto de organizar y propender a un mejor y más eficiente logro de los objetivos fijados resulta menester aprobar la estructura organizativa correspondiente a su primer nivel operativo.
Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios la parte correspondiente a los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los que quedarán redactados conforme el detalle que como Planilla Anexa al presente artículo forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de acuerdo con el Organigrama, y Responsabilidad Primaria y Acciones, los que como Anexos I y II forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 3º — Sustitúyese el Anexo III, Dotación, del Decreto Nº 373/04 en la parte correspondiente a la Dotación de Planta Permanente-Escalafón 300-Decreto Nº 993/91-SINAPA de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará redactado conforme el detalle que como Anexo III forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 4º — En un plazo de SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente Decreto, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL deberá aprobar el proyecto de estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores a las que se aprueban por la presente medida, la que deberá prever como máximo un (1) cargo de conducción.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Alicia M. Kirchner.
ANEXO al Artículo 1º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
Objetivos:
1. Dirigir las acciones tendientes a asistir a la población en situación de vulnerabilidad social a través de los programas de ingreso social actualmente en ejecución o aquellos que se generen en el futuro.
2. Establecer las políticas y los lineamientos necesarios para la elaboración y ejecución de las acciones tendientes al desarrollo de programas de organización de ingresos sociales.
3. Planificar e instrumentar la ejecución, evaluación y control de los planes y programas con componentes de ingreso social, a efectos de contribuir a la mayor equidad social y a la promoción del desarrollo económico social sustentable.
4. Impulsar la gestión descentralizada de los planes y programas, bajo su jurisdicción; a través del fomento, capacitación y asistencia técnica, para la conformación y funcionamiento de los Consejos Consultivos provinciales, regionales y locales.
5. Entender en la organización, coordinación y administración del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
6. Articular con la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Economía Social las acciones relacionadas con la promoción del empleo social referentes a los emprendimientos productivos, de servicios, cooperativas, la capacitación y el fortalecimiento familiar.
7. Promover la permanente actualización de estrategias y herramientas de aplicación de las políticas de empleo e ingreso social.
8. Entender en el diseño y organización de los Centros de atención Territorial, de los Programas Sociales de Ingresos.
9. Asistir al Consejo Consultivo Nacional de Políticas Sociales, u otros organismos de la misma índole en los temas atinentes a las políticas y estrategias de programas de ingresos sociales.
ANEXO I
ANEXO II
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
Dirección de Gestión de Ingresos Sociales
Responsabilidad Primaria:
Asistir a la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES en la planificación, integración, gestión y ejecución de los programas de ingresos sociales.
Acciones:
1. Diseñar, implementar y gestionar planes y programas de ingresos sociales, tanto aquellos en ejecución como los que se transfieran al ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, propiciando la optimización de los recursos, y las acciones de atención a la población en situación de vulnerabilidad social.
2. Dirigir la gestión, control y el monitoreo del Programa Familias por la Inclusión Social (Programa de Atención a Grupos Vulnerables – componente de Ingreso para el Desarrollo Humano) y de los planes y programas de ingresos sociales en ejecución, o a crearse o transferirse al ámbito de la Subsecretaría.
3. Elaborar las actualizaciones y/o correcciones que se requieran para la mejora continua de los procesos, flujos y procedimientos de ejecución, control y monitoreo de los planes y programas de ingresos sociales; y asimismo, diseñar e implementar circuitos operativos que permitan asegurar la protección y la atención a los beneficiarios ante situaciones especiales.
4. Instalar y administrar una base de datos a fin de registrar a los beneficiarios de los planes y programas de ingresos sociales a cargo de la Subsecretaría; como asimismo, procesar y analizar la asignación de beneficios, detectando e informando fallas u errores, y realizando las modificaciones que correspondan.
5. Entender en la realización, supervisión y contralor de las liquidaciones mensuales de los beneficios correspondientes a planes y programas de ingresos sociales, y de las respectivas órdenes de pago.
6. Asistir a la Subsecretaría de Organización de Ingresos Sociales en la actualización de planes y programas, promoviendo la revisión permanente de las estrategias y políticas de ingreso social.
7. Realizar el diseño e implementación de las acciones necesarias en atención a las demandas de educación, desarrollo de habilidades, y capacitación en emprendimientos productivos, de servicios, de cooperativas, y de fortalecimiento familiar, vinculadas a los programas de Ingreso Social, en coordinación con la Dirección Nacional de Fortalecimiento Social.
8. Promover la optimización del diseño, ejecución, monitoreo y evaluación de los planes y programas de ingresos sociales, en conjunto con las áreas competentes, favoreciendo acuerdos de asistencia profesional y técnica priorizando a las universidades públicas, y otros centros de investigación y formación del Estado.
9. Asistir al Consejo Consultivo Nacional de Políticas Sociales, u otros organismos de la misma índole, ante requerimientos de informes respecto de la evolución, o temas específicos, de los planes y programas de ingresos sociales.
10. Priorizar la gestión descentralizada, promoviendo la constitución y el fortalecimiento de los Consejos Consultivos provinciales, municipales y barriales, la formación de redes organizativas, y las vinculaciones con los actores sociales en el territorio.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
Dirección del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
Responsabilidad Primaria:
Asistir a la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES en la organización, coordinación y administración del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
Acciones:
1. Dirigir, coordinar, supervisar y planificar las acciones del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, abocado a la inscripción, registración, y otorgamiento del beneficio del monotributo social, a desocupados y/o personas o grupos de personas en situación de vulnerabilidad social.
2. Entender en las condiciones de pertinencia de la aplicación del monotributo social, de acuerdo a indicadores como: tipo de actividad, viabilidad técnica, y sustentabilidad económica de las actividades o proyectos a ejecutar, por los postulantes al monotributo social.
3. Recepcionar, gestionar y dar adecuada respuesta a las solicitudes de inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, de las personas físicas o jurídicas, de los integrantes de grupos asociativos con o sin financiamiento del Plan Manos a la Obra, y de asociados a cooperativas de trabajo.
4. Coordinar con el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), y con otras áreas del Gobierno Nacional, la constitución de las cooperativas, su incorporación en el Registro, y su inserción en los Programas que corresponda (Arraigo, Plan Federal de Emergencia Habitacional, Construcción de Centros Integradores Comunitarios, Programa Agua más Trabajo, etc.), con la pertinente derivación a la contraparte del financiamiento de las obras.
5. Efectuar la solicitud de Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), en caso que corresponda, y la consulta previa a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), respecto de la situación tributaria de los solicitantes, y la confección de la ficha social 'Las Familias Cuentan', para verificar la pertinencia de la incorporación en el Registro, desde el punto de vista tributario y de vulnerabilidad social del solicitante.
6. Emitir y registrar la credencial de Monotributista Social, responsabilizándose de la recepción de las mismas por los beneficiarios, instruyéndolos al pago de la misma y a la operatoria para mantenerse en alta en el sistema.
7. Ejecutar las tareas de identificación de la demanda de Monotributo Social, haciendo efectivas las respuestas a partir de una red territorial de referentes del Registro en cada Provincia y en la ciudad Autónoma de Buenos Aires y con trabajadores sociales asignados en cada caso, y articulación con la Dirección Nacional de Diseño y Evaluación de Programas de la Secretaría de Gestión y Articulación Institucional, y con las demás áreas que corresponda.
8. Realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación de cada una de las áreas de labor del Registro: inscripción y carga en el sistema; gestión; seguimiento, monitoreo y evaluación; planificación, capacitación y promoción, utilizando coeficientes técnicos de producción para medir el desempeño, e implementar los ajustes y rediseños que correspondan para lograr la mayor eficacia y eficiencia.
9. Asistir a la Subsecretaría de Organización de Ingresos Sociales para suministrar al Registro de Información, a través del Sistema de Georreferenciamiento.
10. Llevar a cabo acciones de promoción y capacitación con los equipos técnicos nacionales, provinciales y locales en relación a alcances, normativa, competencias, beneficios y obligaciones del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, en estrecha coordinación con las actividades de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Social.
11. Promover la reinserción social de desocupados u ocupados no formales, que emprendan la realización de proyectos productivos, de servicios, o de comercialización, vinculados al Desarrollo Local y la Economía Social, articulando acciones con la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Economía Social.
ANEXO III