Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 507/94

Modificación del Decreto Nº 1594/92 por el que se estableciera la conformación organizativa del citado Departamento de Estado.

Bs. As., 8/4/94

VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1594 del 31 de agosto de 1992 y sus modificatorios y complementarios, se estableció la conformación organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que resulta necesario efectuar, en el citado Departamento de Estado, la reorganización de algunas de sus unidades dependientes, con el objeto de asegurar la eficaz concreción de los objetivos asignados al mismo.

Que el COMITE EJECUTIVO DE CONTRALOR DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA, ha tomado la intervención que le compete expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida, se dicta en virtud de las facultades emergentes del Artículo 86 – Inciso 1) de la Constitución Nacional y el artículo 8º de la Ley de Ministerios (t. o. 1992).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 1594/92 sus modificatorios y complementarios, por el cual se establece la nómina de Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la que quedará conformada del siguiente modo:

— SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES

SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

SUBSECRETARIA DE INVERSIONES

SUBSECRETARIA DE ECONOMIA LABORAL Y SOCIAL

SUBSECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

— SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMIA REGIONAL

SUBSECRETARIA DE DESREGULACION Y ORGANIZACION ECONOMICA

— SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA LEGAL

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL

— SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

SUBSECRETARIA DE RELACIONES FISCALES Y ECONOMICAS CON LAS PROVINCIAS

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE BIENES

— SECRETARIA DE FINANZAS, BANCOS Y SEGUROS

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

SUBSECRETARIA DE SEGUROS Y MERCADOS DE CAPITALES

SUBSECRETARIA DE GESTION EMPRESARIA

— SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

— SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SUBSECRETARIA DE ECONOMIA AGROPECUARIA

SUBSECRETARIA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y MERCADOS

— SECRETARIA DE ENERGIA

SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA

SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES

— SECRETARIA DE MINERIA

SUBSECRETARIA DE MINERIA

— SECRETARIA DE INDUSTRIA

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

— SECRETARIA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEREO, FLUVIAL Y MARITIMO

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

— SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

SUBSECRETARIA DE COMUNICACIONES

Art. 2º — Modifícase el Anexo I del Decreto Nº 1594/92 sus modificatorios y complementarios en la parte correspondiente a las SECRETARIAS DE COMERCIO E INVERSIONES, DE PROGRAMACION ECONOMICA, DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, DE HACIENDA, DE FINANZAS, BANCOS Y SEGUROS y de AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y sus Subsecretarías dependientes, las que quedarán redactadas tal como se detalla en las planillas anexas al presente artículo.

Art. 3º — Transfiérese a la SUBSECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA de la SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES la Dirección Nacional de Programación de la Integración Económica y sus unidades dependientes con sus cargos, dotación y créditos presupuestarios asignados, así como también los correspondientes a la Unidad Subsecretario de la ex-SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION SECTORIAL E INTEGRACION; esta transferencia incluye los cargos con funciones ejecutivas involucrados. Hasta tanto se realice la adecuación presupuestaria correspondiente, el gasto que demande la aplicación del presente artículo, se imputará a las partidas correspondientes del Programa 18 –SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA de la Jurisdicción 50.00- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 4º — Establécese que los gastos correspondientes a los Incisos 2 - Bienes de Consumo y 3 - Servicios no Personales de la SUBSECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA serán atendidos con las partidas pertinentes del programa 18 – SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del Presupuesto vigente para el ejercicio 1994.

Art. 5º — Establécese que la Dirección Nacional de Programación Sectorial y Regional y sus Unidades dependientes, que actuaran en la órbita de la ex-SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION SECTORIAL E INTEGRACION pasarán a depender de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA REGIONAL que se crea por el presente decreto.

Art. 6º — Establécese que la Dirección Nacional de Pesca y Acuicultura que desarrollara, hasta la fecha, sus actividades en la órbita de la ex-SUBSECRETARIA DE PESCA, dependerá de la SUBSECRETARIA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y MERCADOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 7º — Establécese que la Secretaría General del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIO PUBLICOS, dependerá directamente de la SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA.

Art. 8º — Establécese que las transferencias de las SUBSECRETARIAS DE NORMALIZACION PATRIMONIAL, DE GESTION EMPRESARIA y SECRETARIA GENERAL, que se realizan por el presente Decreto, incluyen las unidades dependientes, cargos, dotación y créditos presupuestarios asignados, esta transferencia incluye los cargos con funciones ejecutivas involucrados. Hasta tanto se realice la adecuación presupuestaria correspondiente el gasto que éstas demanden se imputará a las partidas presupuestarias de origen de la Jurisdicción 50.00 – MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 9º — Modifícase el Artículo 6º del Decreto Nº 2453 del 26 de noviembre de 1993, el que quedará redactado del siguiente modo:

"Establécese que el INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS dependerá de la SECRETARIA DE FINANZAS, BANCOS Y SEGUROS".

Art. 10. — Facúltase al ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos a realizar y mantener actualizado el texto ordenado de los Decretos relacionados con la conformación organizativa de su jurisdicción.

Art. 11. — Facúltase al ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos a asignar transitoriamente, hasta tanto se aprueben las estructuras organizativas definitivas, a los titulares de los cargos correspondientes a las áreas afectadas por el presente acto.

Art. 12. — Modifícase la distribución administrativa —Recursos Humanos— del Presupuesto General de la Administración Nacional de la Jurisdicción 50.00 – MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en la parte correspondiente a las áreas afectadas por el presente acto, de conformidad con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo.

Art. 13. — El MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, deberá elevar en un plazo no mayor a los SESENTA (60) días, a partir de la publicación del presente decreto, al PODER EJECUTIVO NACIONAL, el proyecto de estructura organizativa de las áreas afectadas por el presente acto.

Art. 14. — El gasto que demande la aplicación del presente decreto, será atendido con los créditos asignados a la jurisdicción 50.00 – MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 15. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Domingo F. Cavallo.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2º

SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES

OBJETIVOS

1. — Definir, ejecutar y controlar dentro del país, las políticas del Comercio Exterior de la Nación, en la programación de la estructura arancelaria, las políticas de defensa de la competencia leal internacional, entendiendo en las funciones inherentes a las negociaciones económicas y comerciales internacionales, ya sea bilaterales, regionales o multilaterales, en particular en los aspectos comerciales e industriales de la integración regional y/o convenios especiales con otros países.

2. — Definir, controlar y ejecutar la política comercial interna, en la organización y fiscalización del abastecimiento, en las políticas vinculadas como la lealtad comercial, la defensa del consumidor y la competencia y el funcionamiento de las economías regionales.

3. — Coordinar a los fines del comercio y la inversión, los distintos planes, programas y proyectos con los lineamientos de la política económica, así como también los correspondientes a la integración económica regional y hemisférica.

4. — Coordinar el análisis y conciliación del impacto de las políticas laborales y sociales sobre la marcha de la economía.

5. — Coordinar lo vinculado con la promoción y registro de inversiones extranjeras en el país.

6. — Centralizar y coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, así como también de las que surjan de su requerimiento, dirigidas a cualquier área de la jurisdicción ministerial.

SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

OBJETIVO

1. — Efectuar la propuesta, ejecución y control de la política comercial interna, supervisar las actividades relacionadas con la organización, análisis y seguimiento de los precios y mercados, fiscalización del abastecimiento y en especial, el seguimiento y fiscalización de todo lo relacionado con la lealtad comercial, metrología y la defensa del consumidor, defensa de la competencia y funcionamiento de las economías regionales.

SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

OBJETIVOS

1. — Proponer, ejecutar y realizar el control de gestión de la política de comercio exterior de la Nación.

2. — Entender en la formulación y ejecución de la política arancelaria.

3. — Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación, de seguro de crédito a la exportación y demás instrumentos relacionados con el comercio exterior y la promoción de exportaciones.

4. — Entender en lo referente a las prácticas antidumping, a las subvenciones y medidas compensatorias en el ámbito de su competencia.

5. — Entender en las negociaciones económicas y comerciales internacionales y en particular en lo referido a la integración regional y hemisférica en el ámbito de su competencia.

6. — Entender en la fijación de la política de promoción comercial y participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio en el exterior. A estos fines administrará servicios de estudio y asesoramiento en apoyo a las exportaciones, tales como oportunidades y acceso a mercados externos, actuales y potenciales áreas con normas de restricciones al comercio multilateral libre, estándares y procedimientos de exportación. Se procurará organizar estos servicios especializándolos por país y por región, o grupos de países según la importancia comercial de cada uno.

7. — Intervenir conjuntamente con las demás áreas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con competencia en la producción y los servicios, en la elaboración de la normativa y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.

8. — Centralizar y coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo relativo al comercio exterior y la integración regional y hemisférica.

SUBSECRETARIA DE INVERSIONES

OBJETIVOS

1. — Establecer y llevar a cabo un conjunto de estrategias y tácticas destinadas a atraer inversiones extranjeras a la REPUBLICA ARGENTINA, así como también, las vinculaciones operativas con los programas de promoción de inversiones extranjeras, existentes en exterior.

2. — Realizar publicaciones y organizar seminarios que permitan difundir oportunidades de inversión y, cuando corresponda, coordinar y participar en acciones de promoción con las cámaras extranjeras de comercio, fundaciones y otras entidades del sector privado o público en el ámbito nacional, provincial y/o municipal, a fin de maximizar la participación de los distintos sectores, en el programa de promoción de inversiones extranjeras y de servir de banco de datos para el inversor extranjero.

3. — Difundir lo relativo al proceso de privatización y sus resultados en el país y en el exterior.

4. — Llevar el registro de inversión de capitales extranjeros, sistematizando y organizando la información con el objeto de elaborar las estadísticas correspondientes.

5. — Coordinar las distintas acciones y procedimientos de privatización de los diferentes entes del Estado.

6. — Desarrollar un sistema de información centralizada sobre el proceso de privatización y sus resultados.

SUBSECRETARIA DE ECONOMIA LABORAL Y SOCIAL

OBJETIVOS

1. — Analizar y conciliar el impacto de la política laboral y social, sobre la marcha de la economía.

SUBSECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

OBJETIVOS

1. — Asistir al secretario en la coordinación, a los fines del Comercio Exterior y la Inversión, de los distintos planes, programas y proyectos con los lineamientos de política económica en el plano fiscal, monetario y de ingresos, así como también los correspondientes a la integración económica regional y hemisférica.

2. — Coordinar y desarrollar estudios destinados a la evaluación de la situación del comercio internacional, en sus aspectos reales y financieros y su relación con la política económica general y con la comercial externa en particular.

3. — Asistir al secretario de Comercio e Inversiones en la coordinación de los lineamientos de política y pautas de acción del Banco de Inversión y Comercio Exterior, así como también en el estudio y análisis sobre oportunidades de financiamiento externo para el comercio exterior y las inversiones.

4. — Intervenir en el seguimiento y negociación de los procesos de integración regional y hemisférica, en el desarrollo de gestiones ante bloques económicos y zonas de integración, así como en las negociaciones multilaterales y con los países de la Región ASIA - PACIFICO, a fin de mantener su consistencia con la política económica global.

SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA

OBJETIVOS

1. — Elaborar y proponer instrumentos para la programación y análisis de la política económica.

2. — Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía global, sectorial y regional.

3. — Evaluar y proponer prioridades de los proyectos de inversión pública y de los programas con financiamiento externo, manteniendo actualizado el plan anual de inversión.

4. — Coordinar la ejecución de las políticas definidas en el plano fiscal, monetario y de ingresos, a fin de asegurar la consistencia de la política económica.

5. — Coordinar la aplicación de las políticas de desregulación establecidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, tanto en lo relativo a la desregulación de procedimientos internos de la Administración, que coadyuven al logro de la política económica traza da, como en lo relativo al funcionamiento de la economía privada.

6. — Conducir, a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, el Sistema Estadístico Nacional y los Censos Nacionales, elaborar las estadísticas nacionales socio-económicas, y los análisis y estudios que deriven de ellas.

7. — Coordinar lo vinculado al Sistema de Cuentas Nacionales y los análisis y estudios que deriven de ellas.

8. — Programar y evaluar las políticas de gasto social consolidado, su financiamiento y su impacto sobre la población; efectuar diagnósticos y seguimiento de los niveles de vida de la población.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA

OBJETIVOS

1. — Coordinar la realización de análisis prospectivos que vinculen objetivos e instrumentos de políticas macroeconómicas.

2. — Conciliar los distintos planes, programas y proyectos con los lineamientos de la política económica en el plano fiscal, monetario y de ingresos.

3. — Efectuar el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía en el corto plazo.

4. — Coordinar la elaboración de las Cuentas Nacionales y los análisis y estudios que se derivan de ellas.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA REGIONAL

OBJETIVOS

1. — Formular el Programa Nacional de Desarrollo Regional.

2. — Coordinar con dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de otros Ministerios todos los aspectos relacionados con la programación económica regional.

3. — Ofrecer asistencia técnica a las provincias en la formulación de programas de desarrollo regional.

4. — Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para el apoyo del desarrollo regional.

5. — Coordinar la instrumentación de un banco único de datos económicos y sociales sobre provincias y economías regionales.

6. — Realizar estudios sobre las economías regionales.

7. — Actuar como unidad ejecutora de proyectos orientados al desarrollo regional.

SUBSECRETARIA DE DESREGULACION Y ORGANIZACION ECONOMICA

OBJETIVOS

1. — Efectuar la propuesta, seguimiento y control de aplicación de las políticas de desregulación económica tanto en lo concerniente a la propia gestión de la administración, así como también en lo que hace a aquellas actividades del sector privado sujetas a regulación.

2. — Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de incrementar la transparencia y la simplicidad funcional, modernizar las normas técnicas y adoptar, cuando fuere conveniente, marcos regulatorios que afiancen la competencia, los derechos del consumidor y aumenten la oferta de bienes y servicios.

SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. — Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción.

2. — Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas de la jurisdicción.

3. — Coordinar la aplicación de políticas administrativas y financieras en la jurisdicción ministerial.

4. — Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos y sumarios administrativos-disciplinarios.

5. — Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del sector público.

6. — Coordinar las actividades de la SECRETARIA GENERAL.

7. — Asesorar técnicamente a los entes reguladores o de control de empresas privatizadas de la jurisdicción.

SUBSECRETARIA LEGAL

OBJETIVOS

1. — Coordinar el servicio jurídico y mantener ordenados los textos de la normativa vinculada con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

2. — Intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. — Efectuar la compatibilización y coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción ministerial, así como la planificación de las actividades de la administración.

2. — Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos y la sustanciación de los sumarios administrativos-disciplinarios de la jurisdicción ministerial.

3. — Coordinar la ejecución del programa de propiedad participada.

SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1. — Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del TESORO NACIONAL.

2. — Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

3. — Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.

SECRETARIA DE HACIENDA

OBJETIVOS

1. — Dirigir la administración financiera del sector público nacional a través de los sistemas de presupuesto, tesorería, contabilidad y crédito público.

2. — Coordinar la aplicación de las políticas, administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

3. — Coordinar los aspectos fiscales, presupuestarios y económicos entre el GOBIERNO NACIONAL y los GOBIERNOS PROVINCIALES y la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

4. — Entender en todo lo concerniente a la administración de los bienes físicos de propiedad del ESTADO NACIONAL.

5. — Coordinar la administración y control del crédito público interno y externo y entender en la administración de proyectos financiados por organismos internacionales multilaterales.

6. — Coordinar el apoyo técnico al COMITE EJECUTIVO DE CONTRALOR DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA.

7. — Proponer la política salarial del sector público.

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS

1. — Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del SECTOR PUBLICO NACIONAL.

2. — Coordinar el desarrollo y aplicación del sistema de contabilidad gubernamental del sector público nacional.

3. — Coordinar el sistema de administración de fondos del SECTOR PUBLICO NACIONAL.

4. — Coordinar la política salarial del Sector Público.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES FISCALES Y ECONOMICAS CON LAS PROVINCIAS

OBJETIVOS

1. — Coordinar los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales de la relación entre el GOBIERNO NACIONAL y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales y diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión financiera de las provincias y municipios que permita su integración a las cuentas nacionales.

2. — Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados Provinciales, su infraestructura productiva, los procesos de privatizaciones y desregulación y en general, todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.

3. — Coordinar todo lo atinente a opciones de Cooperación y Asistencia Nacional e Internacional, Bilaterales y Multilaterales disponibles para las provincias y municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y financieras.

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE BIENES

OBJETIVOS

1. — Entender en la formulación, seguimiento y control de aplicación de las políticas relativas a los bienes físicos de propiedad del ESTADO NACIONAL y su periódica revisión.

2. — Entender en la administración de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL, su registración, conservación, mantenimiento, reasignación y en la racionalización de los espacios físicos.

3. — Entender en la disposición de los bienes físicos declarados innecesarios para la gestión estatal, mediante la transferencia, concesión o locación, venta, permuta y cualquier otra forma que implique transferencia o no de dominio.

4. — Entender en la incorporación de bienes físicos al patrimonio del ESTADO NACIONAL, a través de la adquisición, aceptación de donación, permutas, herencias vacantes y cualquier otro procedimiento que indique ingreso.

5. — Proponer la asignación y reasignación de los bienes en función de las políticas que se fijen al respecto.

6. — Diseñar e implementar los inventarios de los bienes físicos de propiedad del ESTADO NACIONAL que se consideren necesarios.

7. — Implementar y mantener actualizado un sistema de información que facilite la operación de la gestión de administración, disposición e incorporación de bienes físicos del o al ESTADO NACIONAL, según el caso.

8. — Presidir la COMISION DE VENTAS DE INMUEBLES ESTATALES creada por Decreto Nº 2137/91.

9. — Decidir sobre la iniciación de acciones judiciales inherentes a la administración de los bienes estatales colocados bajo su jurisdicción.

SECRETARIA DE FINANZAS, BANCOS Y SEGUROS

OBJETIVOS

1. — Preservar el crédito público.

2. — Coordinar la formulación, propuesta e implementación de las políticas relativas al financiamiento interno y externo del Estado Nacional.

3. — Supervisar las acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración productiva.

4. — Supervisar el desarrollo de los servicios financieros y de seguros en función de las políticas de apertura externa y desregulación.

5. — Coordinar las relaciones entre la Banca Oficial y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

6. — Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia.

7. — Coordinar las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES y la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

8. — Coordinar la venta de paquetes accionarios en jurisdicción del Estado nacional.

9. — Supervisar y coordinar la aplicación de todo acto, contrato, gestión o negociación de financiamiento a celebrarse por la Nación, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago en moneda extranjera.

10. — Coordinar el ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital en empresas donde el Estado participe como socio minoritario.

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS

1. — Ejecutar las políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno del ESTADO NACIONAL, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales, extranjeros, multinacionales, públicos o privados.

2. — Entender en la programación y administración de los proyectos financiados por organismos internacionales de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

SUBSECRETARIA DE SEGUROS Y MERCADO DE CAPITALES

OBJETIVOS

1. — Ejecutar las políticas relativas al financiamiento de la reestructuración productiva y al desarrollo de los servicios financieros y de seguros.

SUBSECRETARIA DE GESTION EMPRESARIA

OBJETIVOS

1. — Instrumentar las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado sea socio minoritario, e instruir a los representantes del Estado nacional en las citadas empresas.

2. — Intervenir en todos aquellos proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas a la gestión empresaria y en resguardo de los intereses de la participación accionaria del Estado nacional.

3. — Ejecutar las acciones para coordinar la venta de paquetes accionarios en poder del Estado nacional.

4. — Intervenir en los procesos de reconversión empresaria, su elaboración, coordinación y ejecución.

5. — Efectuar la coordinación del saneamiento de pasivos, por todo concepto, respecto del Estado Nacional, de empresas privadas sujetas a procesos de reconversión.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

OBJETIVOS

1. — Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera, forestal y agroindustrial, coordinando y conciliando los intereses del Gobierno Nacional, de las Provincias y de los diferentes subsectores.

2. — Promover la utilización y conservación de los recursos naturales destinados a la producción agrícola, ganadera, forestal y pesquera a fin de acrecentar el capital productivo del país y el desarrollo económico del sector.

3. — Realizar el seguimiento de la producción, de los mercados nacionales e internacionales y de los programas, proyectos y actividades de los organismos descentralizados del sector, a fin de evaluar su desempeño y realimentar los procesos de formulación de políticas y toma de decisiones.

4. — Controlar la aplicación de los marcos regulatorios y el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector agropecuario que son brindados por el sector privado.

SUBSECRETARIA DE ECONOMIA AGROPECUARIA

OBJETIVOS

1. — Coordinar el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la actividad agropecuaria, la evaluación de sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad.

2. — Efectuar el control de gestión del sector público agropecuario a fin de asesorar al Secretario sobre la ejecución de los planes, programas y proyectos en el marco político del área.

SUBSECRETARIA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y MERCADOS

OBJETIVOS

1. — Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de promoción, regulación, comercialización y fiscalización de la producción y de seguimiento de los mercados agrícola-ganaderos, forestales y agroindustriales.

2. — Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de fomento y regulación de la pesca y acuicultura, así como también la industrialización y comercialización de sus productos.

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