REGIMEN DE ZONA FRIA
LEY 27637 - SU REGLAMENTACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Ago-2021
Resumen:
DESIGNASE A LA SECRETARIA DE ENERGIA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, COMO AUTORIDAD DE APLICACION DE LA LEY N° 27.637. CREASE EL REGISTRO UNICO DE BENEFICIARIOS Y BENEFICIARIAS ESPECIALES DEL REGIMEN DE ZONA FRIA, EN EL QUE SE INCORPORARA A LAS USUARIAS Y LOS USUARIOS COMPRENDIDAS Y COMPRENDIDOS EN EL ARTICULO 4°, SEGUNDO PARRAFO, INCISOS 1 A 10 Y EN EL ARTICULO 6° DE LA LEY N° 27.637.