COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
Decreto 452/2006
Apruébase la Escala Salarial del Personal del citado organismo desconcentrado de la Secretaría de Industria.
Bs. As., 18/4/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0314483/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto Nº 2406 del 28 de diciembre de 1994 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 2406 del 28 de diciembre de 1994 y sus modificaciones se aprobó la estructura organizativa y la escala salarial correspondiente de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.
Que en el marco de la política salarial anunciada por el Gobierno Nacional se considera oportuno dar curso favorable a la presentación efectuada por la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR acerca de la actualización de su escala salarial por un principio de equidad dentro de la Administración Pública.
Que la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA dependiente del MNISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, es un organismo especializado que tiene como misión primaria, en el marco de la legislación vigente y de los Acuerdos firmados por la REPUBLICA ARGENTINA en la Organización Mundial de Comercio (OMC) y en el MERCOSUR, investigar los efectos del comercio internacional en el mercado interno y determinar la existencia de daño y causalidad.
Que es necesario dictar las medidas remunerativas acordes con la envergadura de las funciones que desarrolla su personal que ayuden a preservar el equipo profesional y técnico con alto grado de especialización que se ha formado en dicho Organismo.
Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha emitido el correspondiente dictamen.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINSTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase la Escala Salarial del Personal de la COMSION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º — Conviértanse los montos que percibe el personal beneficiario de las sumas no remunerativas y no bonificables oportunamente otorgadas por los Decretos Nros. 682 del 31 de mayo de 2004 y 1993 del 29 de diciembre de 2004, en una Suma Fija Remunerativa No Bonificable según el detalle que como Anexo II forma parte integrante de la presente medida.
Art. 3º — Déjanse sin aplicación a partir de la entrada en vigencia de la presente medida los Decretos Nros. 682/04 y 1993/04 en el ámbito de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.
ANEXO I
COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
ESCALA SALARIAL
CARGOS | SUELDO BASICO | DEDICACION FUNCIONAL | ADICIONAL FUNCION CARGO JERARQUICO | TOTAL ($) |
Auditor Interno | 1.800 | 1.800 | 3.600 | 7.200 |
Gerente A | 1.800 | 1.800 | 3.600 | 7.200 |
Gerente B | 1.500 | 1.500 | 3.000 | 6.000 |
Coordinador A | 1.320 | 1.320 | 2.922 | 5.562 |
Coordinador B | 1.200 | 1.200 | 2.544 | 4.944 |
Senior A | 2.247 | 2.247 | 4.494 | |
Senior B | 1.926 | 1.926 | 3.852 | |
Semi Senior A | 1.605 | 1.605 | 3.210 | |
Semi Senior B | 1.284 | 1.284 | 2.568 | |
Junior I | 963 | 963 | 1.926 | |
Junior II | 770 | 770 | 1.540 | |
Junior III | 514 | 514 | 1.028 | |
Administrativo I | 706 | 706 | 1.412 | |
Administrativo II | 514 | 514 | 1.028 | |
Administrativo III | 385 | 385 | 770 |
ANEXO II
COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
SUMA FIJA REMUNERATIVA NO BONIFICABLE
CARGOS | TOTAL ($) |
Junior II | 50 |
Junior III | 300 |
Administrativo I | 100 |
Administrativo II | 300 |
Administrativo III | 300 |