ACTIVIDAD MINERA
LEY 24196, ART. 8 - COMPLEMENTARIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
28-Feb-2003
Resumen:
INVERSIONES. EXCEPTUANSE DE LAS PREVISIONES DE DETERMINADAS NORMAS A LAS EMPRESAS QUE HUBIERAN OBTENIDO LA ESTABILIDAD CAMBIARIA EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 8RO. DE LA LEY NRO. 24.196, DURANTE LA VIGENCIA DEL DECRETO NRO. 530/91.