IMPUESTOS
REGLAMENTACION IVA - SERVICIOS DIGITALES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
24-Abr-2018
Resumen:
EL IMPUESTO RESULTANTE DE LA APLICACION DE LAS DISPOSICIONES PREVISTAS EN EL INCISO E) DEL ARTICULO 1° DE LA LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SUS MODIFICACIONES, SE HALLARA A CARGO DEL PRESTATARIO, YA SEA EN FORMA DIRECTA O A TRAVES DEL MECANISMO DE PERCEPCION A QUE SE REFIEREN LOS PARRAFOS SIGUIENTES, SEGUN EL CASO.
Observaciones:
ABROGADO POR EL ARTICULO 9° DEL DECRETO 813/2018, B.O. 11/09/2018, PAGINA 5. VIGENCIA: VER ARTICULO 10 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.