ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Decreto 344/2002
Modifícase el Decreto Nº 172/2002, en relación con la retribución mensual que por todo concepto percibe el Presidente de la Nación.
Bs. As., 18/2/2002
VISTO los Decretos Nros. 23 del 23 de diciembre de 2001 y 172 del 23 de enero de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que mediante los citados decretos se dictaron normas vinculadas con las retribuciones del Presidente de la Nación y de los funcionarios que desempeñan cargos políticos en la órbita del PODER EJECUTIVO NACIONAL, fijando las mismas en la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000) mensuales como máximo.
Que resulta necesario aclarar, por razones de necesidad y urgencia, aspectos vinculados con las citadas retribuciones.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 3, de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 1º del Decreto Nº 172/02, aclaratorio del artículo 1º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001, por el siguiente:
"ARTICULO 1º. — La retribución mensual que, por todo concepto, percibe el Presidente de la Nación, es de PESOS TRES MIL ($ 3.000) una vez practicadas las deducciones correspondientes a la seguridad social y las de carácter impositivo, previstas en la legislación vigente.".
Art. 2º — Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Jorge M. Capitanich. — Jorge L. Remes Lenicov. — Rodolfo Gabrielli. — Jorge R. Vanossi. — Carlos F. Ruckauf. — José H. Jaunarena. — Alfredo N. Atanasof. — Graciela M. Giannettasio. — Ginés M. González García. — José I. de Mendiguren.