ENERGIA ATOMICA
Decreto Nº 3.183/1977
Declárase de interés y apruébase los 'Objetivos y Politica Nuclear de la República Argentina'.
Bs. As., 19/10/77
VISTO lo propuesto por la Comisión Nacional de Energía Atómica, y
CONSIDERANDO:
Que a fin de preservar los intereses vitales de la Nación, se hace imprescindible promover las actividades nucleares tendientes a lograr su desarrollo integral.
Que para ello resulta conveniente adoptar una política integral en el campo nuclear, claramente definida, que permita orientar la actividad privada interna, así como también las relaciones, con otros países y organismos internacionales en esa materia.
Que, en consecuencia, es necesario que la Comisión Nacional de Energía Atómica regule sus actividades de investigación, producción, explotación de recursos naturales, capacitación de personal y adquisiciones e inversiones dentro de los objetivos y políticas a cumplir en el ámbito nuclear, enmarcados en el propósito y los objetivos básicos del Gobierno Nacional.
Por ello,
PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - Decláranse de interés para la Nación los 'Objetivos y Política Nuclear de la República Argentina', su instrumentación y ejecución.
Art. 2º - Apruébanse los 'Objetivos y Política Nuclear de la República Argentina', cuyo texto forma parte integral, como anexo I, del presente decreto.
Art. 3º - La Comisión Nacional de Energía Atómica propondrá al Poder Ejecutivo Nacional, dentro de los sesenta (60) días de la fecha las modificaciones orgánicas, funcionales y administrativas necesarias para la instrumentación y ejecución de los 'Objetivos y Política nuclear de la República Argentina'.
Art. 4º - Comuníquese, públiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Objetivo general:
Incrementar el esfuerzo científico, técnico e industrial en materia nuclear con fines pacíficos y el aprovechamiento de los recursos humanos y naturales del país, en este campo, para contribuir a consolidar el desarrollo nacional.
Objetivos particulares:
1. Desarrollar las aplicaciones útiles de la tecnología nuclear con fines pacíficos.
2. Desarrollar un programa continuado de investigación y realizaciones nucleares, con fines pacíficos.
3. Mejorar la posición de desarrollo relativo alcanzada en materia nuclear.
4. Lograr el incremento de personal científico y técnico especializado en el campo nuclear, asegurar su permanente capacitación y ocupación y promover su permanencia en el país.
5. Contribuir al desarrollo de la ciencia y técnica nacionales, mediante el aporte de los logros obtenidos en el campo nuclear.
6. Incrementar la producción de energía núcleo-eléctrica, contribuyendo al desarrollo del interior del país y al ahorro de hidrocarburos.
7. Desarrollar los planes nucleares con fines pacíficos dentro del marco de los tratados y acuerdos internacionales suscriptos por la República.
8. Desarrollar la protección de la población y del medio ambiente contra los posibles efectos de origen nuclear.
9. Incrementar la investigación y desarrollo relacionados con los combustibles nucleares.
10. Asegurar el autoabastecimiento de minerales nucleares.
Políticas:
1. Asignar el carácter de interés nacional de alta prioridad al desarrollo, producción, uso y control de la energía nuclear.
2. Realizar los estudios necesarios para determinar posibilidades y conveniencias de las distintas formas de uso pacífico de la energía nuclear en nuestro país, a fin de fijar las prioridades que correspondan.
3. Promover una creciente aplicación de la tecnología nuclear.
4. Formular los planes de investigación y desarrollo en el campo nuclear de corto, mediano y largo plazo, asegurando la continuidad en su ejecución y tendiendo a lograr la tecnología de la próxima generación de reactores nucleares más aptos para el país.
5. Promover el diseño y construcción de centrales nucleares, con incremento acelerado de la participación técnica e industrial nacional, para satisfacer la demanda futura de energía eléctrica.
6. Desarrollar una industria integral que asegure una producción adecuada de insumos nucleares de acuerdo con las necesidades nacionales.
7. Lograr los objetivos nucleares, teniendo en cuenta la conveniencia de mejorar lo posición de desarrollo relativo alcanzada.
8. Procurar la organización de un sistema latinoamericano de cooperación en el área nuclear.
9. Promover acuerdos bilaterales con otros países.
10. Difundir la propia capacidad y logros.
11. Promover el intercambio de información, suministros, insumos, instalaciones y asistencia técnica nuclear con los países latinoamericanos.
12. Desarrollar una estructura científico-técnica, con capacidad de propia realización que genere los conocimientos necesarios para alcanzar un alto nivel de aporte nacional en materia nuclear.
13. Promover una creciente participación de la industria e ingenierías nacionales en el equipamiento nuclear.
14. Difundir los programas de investigación y realizaciones nucleares para el mediano y largo plazo, asegurando su continuidad y la satisfacción de las necesidades de personal científico y técnico.
15. Propiciar el desarrollo de capacidades nacionales de diseño, proyecto, dirección, construcción, puesta en marcha y operación de las instalaciones requeridas por el programa nuclear.
16. Jerarquizar al personal científico y técnico, estimulando su especialización y permanencia en el país.
17. Formar regularmente especialistas en el área nuclear con la participación del Ministerio de Educación y de acuerdo con los requerimientos que formule la Comisión Nacional de Energía Atómica.
18. Utilizar los acuerdos internacionales y procurar nuevos acuerdos que permitan una adecuada capacitación del personal.
19. Desarrollar un sistema de transferencia, fluido y continuado para el aprovechamiento, por la ciencia y técnicas nacionales, de los logros obtenidos en el campo nuclear.
20. Promover una creciente aplicación de los radio-isótopos y de las radiaciones.
21. Incluir en el Plan Energético Nacional la participación de la energía núcleo-eléctrica, para satisfacer la demanda futura de energía eléctrica.
22. Optar por la tecnología del uranio natural para las centrales nucleares, previendo la posible participación de otros combustibles nucleares de acuerdo con el interés nacional.
23. Obtener el abastecimiento de suministros nucleares, dando creciente participación a la industria nacional.
24. Cuando sea tecnológicamente factible, ubicar los centros de estudio e instalaciones nucleares en el interior del país.
25. Definir la posición que debe sostener nuestro país en el plano internacional mediante la coordinación del área política y científico-técnica competentes.
26. Perfeccionar el sistema nacional de seguridad nuclear y protección radiológica, para la población en general y para el personal directamente afectado a tareas nucleares.
27. Regular el otorgamiento de licencias o autorizaciones, para la utilización de radio-isótopos y radiaciones y controlar su empleo, así como también la producción, almacenamiento, transporte y comercialización de combustibles nucleares, residuos y todos aquellos materiales que presenten riesgos para la salud de la población o perjudiquen el medio ambiente.
28. Hacer los estudios necesarios sobre medidas de seguridad y protección de la población para disminuir los efectos de un evento nuclear.
29. Lograr capacidad para realizar el ciclo de combustible en escala industrial.
30. Incrementar la participación de la industria nacional en el ciclo de combustible.
31. Incrementar la prospección, extracción y refinamiento de minerales de interés nuclear.
Decreto Nº 3.183/1977
Declárase de interés y apruébase los 'Objetivos y Politica Nuclear de la República Argentina'.
Bs. As., 19/10/77
VISTO lo propuesto por la Comisión Nacional de Energía Atómica, y
CONSIDERANDO:
Que a fin de preservar los intereses vitales de la Nación, se hace imprescindible promover las actividades nucleares tendientes a lograr su desarrollo integral.
Que para ello resulta conveniente adoptar una política integral en el campo nuclear, claramente definida, que permita orientar la actividad privada interna, así como también las relaciones, con otros países y organismos internacionales en esa materia.
Que, en consecuencia, es necesario que la Comisión Nacional de Energía Atómica regule sus actividades de investigación, producción, explotación de recursos naturales, capacitación de personal y adquisiciones e inversiones dentro de los objetivos y políticas a cumplir en el ámbito nuclear, enmarcados en el propósito y los objetivos básicos del Gobierno Nacional.
Por ello,
PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - Decláranse de interés para la Nación los 'Objetivos y Política Nuclear de la República Argentina', su instrumentación y ejecución.
Art. 2º - Apruébanse los 'Objetivos y Política Nuclear de la República Argentina', cuyo texto forma parte integral, como anexo I, del presente decreto.
Art. 3º - La Comisión Nacional de Energía Atómica propondrá al Poder Ejecutivo Nacional, dentro de los sesenta (60) días de la fecha las modificaciones orgánicas, funcionales y administrativas necesarias para la instrumentación y ejecución de los 'Objetivos y Política nuclear de la República Argentina'.
Art. 4º - Comuníquese, públiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA
Ramón G. Díaz Bessone.
Oscar A. Montes.
Juan J. Catalán.
José A. Martínez de Hoz.
Ramón G. Díaz Bessone.
Oscar A. Montes.
Juan J. Catalán.
José A. Martínez de Hoz.
ANEXO 1
OBJETIVOS Y POLITICA NUCLEAR DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Objetivo general:
Incrementar el esfuerzo científico, técnico e industrial en materia nuclear con fines pacíficos y el aprovechamiento de los recursos humanos y naturales del país, en este campo, para contribuir a consolidar el desarrollo nacional.
Objetivos particulares:
1. Desarrollar las aplicaciones útiles de la tecnología nuclear con fines pacíficos.
2. Desarrollar un programa continuado de investigación y realizaciones nucleares, con fines pacíficos.
3. Mejorar la posición de desarrollo relativo alcanzada en materia nuclear.
4. Lograr el incremento de personal científico y técnico especializado en el campo nuclear, asegurar su permanente capacitación y ocupación y promover su permanencia en el país.
5. Contribuir al desarrollo de la ciencia y técnica nacionales, mediante el aporte de los logros obtenidos en el campo nuclear.
6. Incrementar la producción de energía núcleo-eléctrica, contribuyendo al desarrollo del interior del país y al ahorro de hidrocarburos.
7. Desarrollar los planes nucleares con fines pacíficos dentro del marco de los tratados y acuerdos internacionales suscriptos por la República.
8. Desarrollar la protección de la población y del medio ambiente contra los posibles efectos de origen nuclear.
9. Incrementar la investigación y desarrollo relacionados con los combustibles nucleares.
10. Asegurar el autoabastecimiento de minerales nucleares.
Políticas:
1. Asignar el carácter de interés nacional de alta prioridad al desarrollo, producción, uso y control de la energía nuclear.
2. Realizar los estudios necesarios para determinar posibilidades y conveniencias de las distintas formas de uso pacífico de la energía nuclear en nuestro país, a fin de fijar las prioridades que correspondan.
3. Promover una creciente aplicación de la tecnología nuclear.
4. Formular los planes de investigación y desarrollo en el campo nuclear de corto, mediano y largo plazo, asegurando la continuidad en su ejecución y tendiendo a lograr la tecnología de la próxima generación de reactores nucleares más aptos para el país.
5. Promover el diseño y construcción de centrales nucleares, con incremento acelerado de la participación técnica e industrial nacional, para satisfacer la demanda futura de energía eléctrica.
6. Desarrollar una industria integral que asegure una producción adecuada de insumos nucleares de acuerdo con las necesidades nacionales.
7. Lograr los objetivos nucleares, teniendo en cuenta la conveniencia de mejorar lo posición de desarrollo relativo alcanzada.
8. Procurar la organización de un sistema latinoamericano de cooperación en el área nuclear.
9. Promover acuerdos bilaterales con otros países.
10. Difundir la propia capacidad y logros.
11. Promover el intercambio de información, suministros, insumos, instalaciones y asistencia técnica nuclear con los países latinoamericanos.
12. Desarrollar una estructura científico-técnica, con capacidad de propia realización que genere los conocimientos necesarios para alcanzar un alto nivel de aporte nacional en materia nuclear.
13. Promover una creciente participación de la industria e ingenierías nacionales en el equipamiento nuclear.
14. Difundir los programas de investigación y realizaciones nucleares para el mediano y largo plazo, asegurando su continuidad y la satisfacción de las necesidades de personal científico y técnico.
15. Propiciar el desarrollo de capacidades nacionales de diseño, proyecto, dirección, construcción, puesta en marcha y operación de las instalaciones requeridas por el programa nuclear.
16. Jerarquizar al personal científico y técnico, estimulando su especialización y permanencia en el país.
17. Formar regularmente especialistas en el área nuclear con la participación del Ministerio de Educación y de acuerdo con los requerimientos que formule la Comisión Nacional de Energía Atómica.
18. Utilizar los acuerdos internacionales y procurar nuevos acuerdos que permitan una adecuada capacitación del personal.
19. Desarrollar un sistema de transferencia, fluido y continuado para el aprovechamiento, por la ciencia y técnicas nacionales, de los logros obtenidos en el campo nuclear.
20. Promover una creciente aplicación de los radio-isótopos y de las radiaciones.
21. Incluir en el Plan Energético Nacional la participación de la energía núcleo-eléctrica, para satisfacer la demanda futura de energía eléctrica.
22. Optar por la tecnología del uranio natural para las centrales nucleares, previendo la posible participación de otros combustibles nucleares de acuerdo con el interés nacional.
23. Obtener el abastecimiento de suministros nucleares, dando creciente participación a la industria nacional.
24. Cuando sea tecnológicamente factible, ubicar los centros de estudio e instalaciones nucleares en el interior del país.
25. Definir la posición que debe sostener nuestro país en el plano internacional mediante la coordinación del área política y científico-técnica competentes.
26. Perfeccionar el sistema nacional de seguridad nuclear y protección radiológica, para la población en general y para el personal directamente afectado a tareas nucleares.
27. Regular el otorgamiento de licencias o autorizaciones, para la utilización de radio-isótopos y radiaciones y controlar su empleo, así como también la producción, almacenamiento, transporte y comercialización de combustibles nucleares, residuos y todos aquellos materiales que presenten riesgos para la salud de la población o perjudiquen el medio ambiente.
28. Hacer los estudios necesarios sobre medidas de seguridad y protección de la población para disminuir los efectos de un evento nuclear.
29. Lograr capacidad para realizar el ciclo de combustible en escala industrial.
30. Incrementar la participación de la industria nacional en el ciclo de combustible.
31. Incrementar la prospección, extracción y refinamiento de minerales de interés nuclear.