ENTIDADES FINANCIERAS
LEY N° 19130 - SU REGLAMENTACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
28-Jul-1971
Resumen:
ESTABLECENSE LAS MEDIDAS MINIMAS DE SEGURIDAD, QUE DE ACUERDO CON LA LEY N° 19130 DEBERAN ADOPTAR LAS CASAS BANCARIAS Y LAS CAJAS DE AHORRO DEL PAIS.