Decreto 252 / 2009
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
---|---|---|
Normativa / Número
Decreto 784 / 2009
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 30-Jun-2009 |
Descripción
DECRETO 252/09 - SUSPENDESE APLICACIONSUSPENDESE LA APLICACION DEL DECRETO Nº 252/09 POR EL PLAZO DE SESENTA DIAS, POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ALICUOTA CORRESPONDIENTE A IMPUESTOS INTERNOS PARA LOS PRODUCTOS ELECTRICOS Y/O ELECTRONICOS FABRICADOS POR EMPRESAS BENEFICIARIAS DEL REGIMEN DE LA LEY Nº 19.640.
|
Normativa / Número
Decreto 1162 / 2009
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 02-Sep-2009 |
Descripción
SUSPENSION DE APLICACION DE ALICUOTA - PRORROGAPRORROGASE LA SUSPENSION DE LA APLICACION DE LA ALICUOTA CORRESPONDIENTE A IMPUESTOS INTERNOS PARA LOS PRODUCTOS ELECTRICOS Y/O ELECTRONICOS FABRICADOS POR EMPRESAS BENEFICIARIAS DEL REGIMEN DE LA LEY Nº 19.640. PRORROGASE POR UN PERIODO DE SESENTA (60) DIAS CORRIDOS EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 1º DEL DECRETO Nº 784 DE FECHA 29 DE JUNIO DE 2009.
|
Normativa / Número
Decreto 1600 / 2009
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 03-Nov-2009 |
Descripción
APLICACION DE ALICUOTA - PRORROGA SUSPENSIONPRORROGASE LA SUSPENSION DE LA APLICACION DE LA ALICUOTA CORRESPONDIENTE A IMPUESTOS INTERNOS PARA LOS PRODUCTOS ELECTRICOS Y/O ELECTRONICOS FABRICADOS POR EMPRESAS BENEFICIARIAS DEL REGIMEN DE LA LEY Nº 19.640. PRORROGASE EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 1º DEL DECRETO Nº 1162 DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 2009.
|
Normativa / Número
Decreto 902 / 2021
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 31-Dic-2021 |
Descripción
DISPOSICIONESDEJASE TRANSITORIAMENTE SIN EFECTO EL GRAVAMEN PREVISTO EN EL ARTICULO 70 DE LA LEY DE IMPUESTOS INTERNOS, TEXTO ORDENADO EN 1979 Y SUS MODIFICACIONES, PARA LOS PRODUCTOS DEFINIDOS COMO “APARATOS RECEPTORES DE RADIODIFUSION QUE SOLO FUNCIONEN CON FUENTE DE ENERGIA EXTERIOR, DE LOS TIPOS UTILIZADOS EN VEHICULOS AUTOMOVILES” QUE SE CLASIFICAN EN LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.) 8527.21.00 Y 8527.29.00, CUANDO LOS REFERIDOS BIENES SEAN FABRICADOS POR EMPRESAS BENEFICIARIAS DEL REGIMEN DE LA LEY N° 19.640, SIEMPRE QUE ACREDITEN ORIGEN EN EL AREA ADUANERA ESPECIAL CREADA POR ESTA ULTIMA LEY.
|