Decreto 2194 / 2015
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 26522
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 10-Oct-2009 |
Descripción
REGULACIONREGULANSE LOS SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL EN TODO EL AMBITO TERRITORIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. CUMPLIDOS LOS PLAZOS ESTABLECIDOS POR EL ARTICULO 156, DEROGANSE LA LEY 22.285, SUS NORMAS POSTERIORES DICTADAS EN CONSECUENCIA, EL ARTICULO 65 DE LA LEY 23.696, LOS DECRETOS 1656/92, 1062/98 Y 1005/99, LOS ARTICULOS 4º, 6º, 7º, 8º Y 9º DEL DECRETO 94/01, LOS ARTICULOS 10 Y 11 DEL DECRETO 614/01 Y LOS DECRETOS 2368/02, 1214/03 Y TODA OTRA NORMA QUE SE OPONGA A LA PRESENTE.
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Normativa / Número
Resolución 24 / 2015
AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL |
Fecha publicación 27-Feb-2015 |
Descripción
PLAN TECNICO DE FRECUENCIAS PARA TELEVISION DIGITAL TERRESTRE ABIERTAAPRUEBASE EL “PLAN TECNICO DE FRECUENCIAS PARA TELEVISION DIGITAL TERRESTRE ABIERTA DE LAS LOCALIDADES QUE CORRESPONDEN AL AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES Y LAS CIUDADES DE CORDOBA, DE LA PROVINCIA HOMONIMA; SANTA FE, DE LA PROVINCIA HOMONIMA; MENDOZA, DE LA PROVINCIA HOMONIMA; FORMOSA, DE LA PROVINCIA HOMONIMA; RESISTENCIA, DE LA PROVINCIA DE CHACO; COMODORO RIVADAVIA, DE LA PROVINCIA DE CHUBUT Y SAN MIGUEL DE TUCUMAN, DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN.
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Normativa / Número
Resolución 39 / 2015
AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL |
Fecha publicación 02-Mar-2015 |
Descripción
CONCURSO PUBLICO - APRUEBASE EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARESAPRUEBASE EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES, QUE REGIRA LOS LLAMADOS A CONCURSO PUBLICO PARA LA ADJUDICACION A PERSONAS FISICAS Y PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL CON FINES DE LUCRO, DE LICENCIAS PARA LA INSTALACION, FUNCIONAMIENTO Y EXPLOTACION DE SERVICIOS DE TELEVISION ABIERTA DIGITAL EN LA NORMA ISDB-T, CON CATEGORIAS B, C, D, E Y F, CUYA SEÑAL DE CONTENIDO SERA MULTIPLEXADA Y TRANSMITIDA POR UN LICENCIATARIO OPERADOR O AUTORIZADO OPERADOR (POR SI O DE CONFORMIDAD CON LA MODALIDAD PREVISTA POR EL DECRETO Nº 835/11).
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