EJECUCIONES HIPOTECARIAS
UNIDADES DE EMERGENCIAS LEGALES - CONSTITUCION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Feb-2003
Resumen:
CONSTITUYENSE POR EL PLAZO DE NOVENTA DIAS, LAS UNIDADES DE EMERGENCIA LEGALES EN EL AMBITO DE LOS MINISTERIOS DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE LA PRODUCCION, LAS QUE INTERVENDRAN A SOLICITUD DE LOS DEUDORES O ACREEDORES EN LOS CASOS DE EJECUCIONES. PROCEDIMIENTO DE CONCILIACION. MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. PERSONAS FISICAS DEUDORAS DE CREDITOS CUYA GARANTIA HIPOTECARIA SEA LA VIVIENDA UNICA, FAMILIAR Y PERMANENTE.