EXPROPIACIONES
LEY Nº 189 - PROMULGASE
Fecha de sanción
Resumen:
TENGASE POR LEY DE LA NACION, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y DESE AL REGISTRO NACIONAL.
Observaciones:
PUBLICADO EN REGISTRO NACIONAL DE LA REPUBLICA AGENTINA - 1863 - 1869 - TOMO V - (PARTE SEGUNDA 3 DE FEBRERO DE 1852 A 31 DE DICIEMBRE DE 1869). EL PRESENTE TEXTO CONSERVA LA REDACCION ORIGINAL DEL DECRETO.