ENTIDADES FINANCIERAS
FONDOS DE COMERCIO EXTERIOR
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
12-Dic-2001
Resumen:
ESTABLECENSE NORMAS PARA CANALIZAR LOS FONDOS DEL COMERCIO EXTERIOR A TRAVES DEL SISTEMA FINANCIERO. EXCEPCIONES. DECRETOS NROS. 2581/64 (ART. 1RO.) Y 1555/86 (ART. 10).
Observaciones:
ABROGADO POR EL ARTICULO 1° DEL DECRETO 893/2017, B.O. 02/11/2017, PAGINA 23.